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Edic
JUSTICIA
PENAL
El nuevo modelo Procesal Penal Peruano
Proceso de Implementación
ETI-PENAL 2017-I
JUSTICIA
PENAL
ETI-PENAL 2017-I
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
PRESENTACIÓN
Por Decreto Supremo 007-2006-JUS, publicado en el diario oicial El Peruano, el
4 de marzo 2006, se dispuso que el uno de julio de dos mil seis, se iniciaría la
implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huaura. Asimismo,
se ordenó la conformación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del
Código Procesal Penal del Poder Judicial (Hoy Unidad de Equipo Institucional del
Código Procesal Penal). Hasta el día de hoy, han transcurrido once años desde esa
fecha y se ha logrado implementar este nuevo modelo en veintinueve Distritos
Judiciales del país.
El trabajo que se encomendó a la Unidad que presido, fue la conducción, planiicación,
coordinación, evaluación y monitoreo de los procesos de ejecución para consolidar
la reforma procesal penal a nivel nacional; así como el seguimiento de los procesos
de liquidación en todo el Perú. Además, se encargó elaborar propuestas de reformas
normativas vinculados a tópicos en materia penal, procesal penal y ejecución penal.
También se le comisionó la elaboración de documentos de gestión para mejorar el
Despacho Judicial, las capacidades de los Administradores y Subadministradores.
Finalmente, se le conió la capacitación constante de los operadores de justicia. No
podemos dejar de puntualizar que la Implementación del Código Procesal Penal
signiicó la creación de órganos jurisdiccionales, que requerían una opinión técnica
y especializada de la Unidad del Equipo Institucional del Código Procesal Penal.
Como podemos apreciar el trabajo fue arduo; sin embargo, satisfactorio porque el
Código Procesal Penal de corte acusatorio-adversarial representa un nuevo modelo
de justicia procesal penal (muy distinto al Código de Procedimientos Penales) que
releja un profundo compromiso con la democracia en un Estado Constitucional de
Derecho. Proporciona una respuesta eicaz y célere a la legislación penal sustantiva,
en ámbitos vinculados a la Criminalidad Organizada, Delitos de Corrupción de
Funcionarios, Tráico Ilícito de Drogas y Lavado de Activos; así como de la pequeña
delincuencia extendida en todas las ciudades del país, que generaron dentro de la
comunidad una sensación de inseguridad ciudadana. No obstante, esta respuesta
fue acompañada de una sólida y activa tutela de los derechos fundamentales de los
acusados, la efectiva protección de los derechos de la víctima y el respeto integral
del debido proceso. No podemos olvidar que el Proceso Penal constituye el vehículo
para que los jueces puedan aplicar el derecho sustantivo, y en ese sentido, brindar
una respuesta a las necesidades sociales en este ámbito.
El nuevo modelo airmó taxativamente los roles de los intervinientes, y le otorgó
al Ministerio Público la investigación del delito y la responsabilidad en la etapa de
investigación preparatoria (la policía se encuentra al servicio del iscal), eliminándose
el Juez Instructor, predominante en el viejo Código de Procedimientos Penales
de 1940. Sin embargo, se facultó a los jueces a que se encarguen de controlar
el ejercicio de la investigación del iscal y la decisión en cuanto a las medidas
cautelares de naturaleza personal y real; así como el juzgamiento del delito. Esto
signiicó que los magistrados actúen como árbitros y de manera objetiva e imparcial
frente a dos oponentes que van a expresar sus argumentos para generar íntima
convicción: el iscal y la defensa técnica del acusado.
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
En ese contexto, la presente revista representa la información del trabajo que se
realizó en los últimos seis meses del año 2017, matizados con datos estadísticos
del año 2016, de las diferentes áreas que integran la Unidad de Equipo Institucional
del Código Procesal Penal. El mandato que asumí como presidente de la Unidad
del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal se inició en el
año 2015, y me correspondió participar directamente en la Implementación del
Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Junín, Huancavelica, Ayacucho,
Apurímac, Ventanilla y Callao.
Es pertinente resaltar que el grupo que presido está integrado por profesionales,
entre abogados, ingenieros y comunicadores, que desde su creación han trabajado
arduamente para implementar el Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales
del país. Los componentes que integran el equipo son los siguientes: Gestoría,
Normativo, Monitoreo y Evaluación, Flagrancia, Capacitación y Difusión, quienes
se encuentran dirigidos por la Secretaría Técnica, a cargo del abogado Marco
Antonio Palomino Valencia, quien se encarga de la gestión de los proyectos de
implementación; así como de la planiicación de las actividades, recursos, tiempos,
costos y riesgos, para obtener los resultados programados.
Entre la importante información que se podrá encontrar en la revista podemos
mencionar las siguientes (entre otras): a. El número de órganos jurisdiccionales
creados: 658 Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados Unipersonales,
Juzgados Penales Colegiados y Salas Penales de Apelaciones b. El número de
procesos ingresados desde el año 2006: un millón cincuenta y un mil ochocientos
cuarenta y siete; así como el número de caso resueltos. c. La duración promedio de
los procesos comunes seguidos con el Código Procesal Penal y su comparación con
el Código de Procedimientos Penales de 1940. d. El número de procesos inmediatos
desde el año 2015 hasta la fecha (por Distrito Judiciales) y la cantidad de los que
han sido resueltos; así como el registro de las incidencias por cada uno de los
delitos. e. El tiempo o año en el que se implementó el Código Procesal Penal en
cada Distrito Judicial. f. El presupuesto que se empleó para la implementación del
nuevo modelo en cada Distrito Judicial y el monto total usado hasta la fecha. g. Las
disposiciones legales elaboradas y vinculados directamente con una mejor gestión
del Código Procesal Penal. h. Las diferentes capacitaciones realizadas y la difusión
constante del trabajo realizado por la Unidad de Equipo Institucional del Código
Procesal Penal. Esta información va permitir apreciar, cuantitativa y cualitativamente,
los logros y avances alcanzados; así como los problemas y desafíos.
Consideró que este balance es importante para saber cómo se ha ido consolidando
la implementación del Código Procesal Penal en el Perú, para generar una visión
global en aquellos Distritos Judiciales en los que aún no se ha incorporado el nuevo
modelo, y sobre todo para extraer la información necesaria con la inalidad de mejorar
la administración de justicia en el país. El contenido de esta revista va a ser muy
útil, además, para los jueces, iscales, abogados, efectivos de la Policía Nacional del
Perú e instituciones vinculadas de alguna forma con la reforma del sistema procesal
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
en el Perú. En ese sentido, nos resulta grato dejar en sus manos un elemento muy
valioso y conveniente para poder evaluar y comprender la implementación del
Código Procesal Penal.
Para inalizar esta breve presentación, quisiera agradecer a todas las personas que
integran la Unidad de Equipo Institucional del Código Procesal Penal por el aporte
que realizaron para que esta revista haya podido ser una realidad. Asimismo, le
agradezco al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por haber coniado en mi persona
para dirigir este proceso de implementación del Código Procesal Penal, que implicó
una reforma en nuestro sistema de administración de justicia.
Juez Supremo José Luis Lecaros Cornejo
Vocal Supremo y Presidente de la Unidad del Equipo Institucional del Código Procesal Penal del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
PRÓLOGO
Quiero empezar señalando que la Unidad del Equipo Técnico Institucional del
Código Procesal Penal, creado por Decreto Supremo 007-2006-JUS, publicado
en el diario oicial El Peruano, el 4 de marzo 2006, está integrado por un grupo
selecto de profesionales, entre abogados, ingenieros y comunicadores que trabajan
fervientemente en la implementación del Código Procesal Penal en los Distritos
Judiciales del país.
La labor que realizan signiica el compromiso y la intervención de todos los
integrantes de los diferentes componentes: Gestoría, Normativo, Monitoreo y
Evaluación, Flagrancia, Capacitación, Difusión y el área administrativa. Cuando se va
implementar el nuevo modelo en un Distrito Judicial, desde varios meses antes de la
realización se focalizan en la planiicación y coordinación, con la presidencia de las
respectivas Cortes. Esta implementación abarca el ámbito del dimensionamiento del
presupuesto, el número de órganos jurisdiccionales necesarios, la supervisión de
que los locales sean los adecuados, la distribución correcta de los ambientes donde
van a funcionar los órganos jurisdiccionales; así como la correcta implementación
de las mismas, hasta la revisión de la adquisición de los bienes muebles y la
contratación de las personas suicientes para el adecuado funcionamiento. También
se debe resaltar la constante difusión de todas las actividades que se realizan por
el área correspondiente.
Asimismo, implica la asesoría constante para formular el Plan de Liquidación de los
expedientes judiciales seguidos con el Código de Procedimientos Penales de 1940
y la prestación de capacitaciones en tópicos vinculados al nuevo modelo procesal
penal. Cabe acotar que, en la ceremonia de implementación del Código Procesal
Penal en la Corte Superior de Justicia del Callao, el presidente del Poder Judicial,
doctor Duberli Rodríguez Tineo, resaltó la labor realizada por la Unidad del Equipo
Técnico Institucional del Código Procesal Penal, presidida por el señor juez Supremo
JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO.
Por otro lado, una de las funciones trascendentes de la Unidad del Equipo Técnico
Institucional del Código Procesal Penal es el monitoreo de la consolidación del Código
Procesal Penal en aquellos lugares donde ya se implementó el nuevo modelo. En ese
sentido, la unidad programa y realiza visitas de monitoreo a las distintas Corte del
país, en un rango de 3 a 4 veces al mes (lo que signiica aproximadamente 18 viajes
al interior del país), con la inalidad de evaluar el funcionamiento del Código Procesal
Penal en esos lugares e identiicar los aciertos, las necesidades y los problemas,
para formular soluciones a corto, mediano y largo plazo.
La Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal (en su función
de consolidación del nuevo modelo) se preocupa por los problemas percibidos y
observados en las diferentes visitas realizadas a las distintas Cortes del país y
propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial disposiciones legales para mejorar la
aplicación del nuevo modelo y optimizar el rendimiento; así como también organiza
constantemente actividades de capacitación.
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
En la dirección de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal
Penal existe un gran líder, pero sobre todo una gran persona, representado por el
señor juez Supremo, doctor JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO, quien es el presidente
de la Unidad y miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, encargado de guiar
al equipo para lograr los objetivos y los resultados establecidos. El digno magistrado
me otorgó la conianza para secundarlo en su labor, en la calidad de Secretario
Técnico de la Unidad del Equipo Institucional del Código Procesal Penal. Para mí ha
sido muy grato poder colaborar con la importante labor desempeñada, por lo que
agradezco públicamente la conianza que me brindó el doctor José Luis Lecaros
Cornejo y los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para desempeñar
el cargo.
Espero que haya podido inluir a todos los integrantes de la Unidad para que puedan
crecer en su camino profesional y personal (para que se conduzcan con humildad,
transparencia, honradez, lealtad, compromiso, respeto, veracidad y gratitud); así como
haber sido capaz de gestionar en el tiempo correspondiente las metas propuestas
de manera eiciente, elegir las decisiones correctas valorando las consecuencias de
cada una de ellas en el ámbito del desempeño del cargo, desarrollar el talento de
cada uno de los integrantes del equipo y atender sus necesidades.
Por último, quisiera agradecer y reconocer la labor realizada por cada uno de los
miembros de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal,
para la elaboración de esta revista y por el apoyo que siempre brindaron para el éxito
de la gestión del doctor José Luis Lecaros Cornejo. No se olviden de trabajar como
un equipo unido y sólido, y apártense del trabajo individual, aislado y solitario, que no
les proporcionara éxitos en la vida. Gracias a los abogados RAFAEL ALEJANDRO ORÉ
DÍAZ, EDMAN RODRÍGUEZ VÁSQUEZ, JESÚS PACHECO DIEZ, PORFIRIA SIFUENTES
POSTILLOS, KAREN MALDONADO CHOTA, NORKA RAMÍREZ CHÁVEZ, MARCO CHIRE
VILLAFUERTE, ERICK SUCAPUCA QUISPE, LIZETH PAUCAR ORTÍZ, PEDRO BARTOLO
LEÓN, JULIO GALINDO VÁSQUEZ, MILAGROS FERNÁNDEZ VIEIRA , JANNET SELENE
PAREDES MORAN y CRIS INGUNZA ESPINOZA . Asimismo, a los ingenieros ANDY
FLORES NAVARRO, MIGUEL PANDURO ISUIZA, KAREN DE LA CRUZ PERALTA, LUIS
CRUZ GÁLVEZ y MARTÍN CORTEGANA VILLEGAS. También a los licenciados PILAR
SÁNCHEZ ORTEGA y CARLOS TENA FIELD. Finalmente, a los integrantes del área
administrativa HEZZELL ANTUANE BEJAR GUIZADO, SOFÍA PACHECO TENA, GIOVANNI
VIGNOLO RODRÍGUEZ y MIGUEL BERECHE JUÁREZ. El aporte de cada uno de ellos
sin excepción ha sido importante, fundamental y valioso desde el ámbito de las
labores que desempeñaron en las áreas a las que fueron asignados.
Gracias y que Dios los bendiga a todos.
Marco Antonio Palomino Valencia
Secretario Técnico de la Unidad del Equipo Institucional del Código Procesal Penal
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
EQUIPO TÉCNICO
SECRETARÍA TÉCNICA
COMPONENTE DE CAPACITACIÓN
Abogado Marco Antonio Palomino Valencia
Abogada Karen Maldonado Chota (encargada)
Abogado Erick Sucapuca Quispe
GESTORÍA ADMINISTRATIVA
COMPONENTE DE DIFUSIÓN
Abogado Edman Rodríguez Vásquez
COMPONENTE NORMATIVO
Abogado Rafael Oré Díaz (encargado)
Abogado Jesús Pacheco Diez
Abogada Poriria Sifuentes Postillos
Abogada Norka Ramírez Chávez
Abogada Cris Ingunza Espinoza
COMPONENTE DE MONITOREO Y EVALUACIÓN
Ingeniero Andy Flores Navarro (encargado)
Ingeniero Miguel Panduro Isuiza
Ingeniera Karen de la Cruz Peralta
Abogada Lizeth Paucar Ortíz
Abogado Pedro Bartolo León
Licenciada Pilar Sánchez Ortega (encargada)
Licenciado Carlos Tena Field
COMPONENTE DE FLAGRANCIA
Abogado Marco Chire Villafuerte (encargado)
Ingeniero Martín Cortegana Villegas
APOYO ADMINISTRATIVO
Licenciada Hezzel Bejar Guizado
Licenciada Sofía Pacheco Tena
Señor Giovanni Vignolo Rodríguez
Señor Miguel Bereche Juárez
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
ÍNDICE
GESTORÍA ADMINISTRATIVA
15
Antecedentes
Análisis general
Análisis al ejercicio iscal 2015
Análisis al ejercicio iscal 2016
Análisis al ejercicio iscal 2017
17
17
18
21
29
COMPONENTE NORMATIVO
33
Equipo normativo
35
COMPONENTE DE MONITOREO Y EVALUACIÓN
45
Presentación
Marco legal
Objetivos
Ámbito de aplicación
Responsables
Actividades
Pautas para el desarrollo de las visitas In situ
Avance de la implementación del Código Procesal Penal
Inversión Presupuestal
Cantidad de Órganos Jurisdiccionales
Carga Existente en depedencias Jurisdiccionales del CPP 1940
Órganos Jurisdiccionales Penales del CPP 2004
Duración de Procesos Penales
47
47
47
48
48
48
48
51
53
55
56
60
64
COMPONENTE DE FLAGRANCIA
65
Cuestiones preliminares
Objetivos
Estadísticas de los primeros seis meses del año 2017, sobre ingresos
vesus producción
Estadísticas sobre el proceso inmediato al año y medio de su
implementación
Detención preliminar y detención judicial en lagrancia
13
67
67
68
72
77
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
COMPONENTE DE CAPACITACIÓN
Antecedentes
Análisis
Avances de la labor en el periodo del 2015-2017
COMPONENTE DE DIFUSIÓN
Objetivos
Actividades correspondientes a los primeros seis meses del
presente año
FOTOS DE ACTIVIDADES ETI-CPP
14
81
83
83
84
89
91
91
101
GESTORÍA
ADMINISTRATIVA
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
ANTECEDENTES.
1.
El Poder Judicial en materia penal, forma parte integrante del Programa Presupuestal 0086 ¨Mejora de
los Servicios del Sistema de Justicia Penal¨, de corte multisectorial conjuntamente con el Ministerio
Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior.
2.
El Programa Presupuestal 0086: “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal”, es una
modalidad de ejecución presupuestal bajo un enfoque de Presupuesto por Resultados (PpR), con
participación multisectorial de varios operadores del Sistema de Justicia Penal, que para el caso del
Poder Judicial contiene un producto y cuatro actividades, con sus respectivos indicadores de producto
y de desempeño medibles cuantitativamente.
3.
En el presente informe de gestión se ha considerado el segundo semestre del año 2015 ejercicio iscal
2016, y el primer semestre del año 2017. En relación del Producto del Programa Presupuestal 0086,
para el caso del PODER JUDICIAL, se ha deinido como Casos resueltos por los Juzgados de Investigación
Preparatoria, Juzgados de Juzgamiento y Salas Penales de Apelaciones. En tanto que el indicador de
desempeño se ha planteado como Porcentaje del número de sesiones de audiencias realizadas por
los órganos jurisdiccionales que cumplen funciones como Juzgados de la Investigación Preparatoria,
Juzgados de Juzgamiento y Salas Penales de Apelaciones respecto al número de sesiones de audiencias
programadas. Asimismo mide el tiempo promedio de duración del proceso penal.
4.
En ese sentido el Programa Presupuestal 0086, se constituye así, en una estrategia de Gestión Pública que
vincula la asignación de recursos del Estado a productos y resultados medibles a favor de la población.
Es conocido como PpR Penal y tiene como inalidad la Mejora del Estado de Derecho en relación a las
personas naturales; así como brindar un eiciente y oportuno servicio del sistema de justicia penal.
5.
El presente informe, nos permite establecer las estrategias planteadas y los logros alcanzados en
temas de cumplimiento de metas, monitoreo y ejecución de presupuesto de los años 2015 - 2016,
y la evaluación del avance en la ejecución de los recursos económicos del año 2017, asignados al
Programa Presupuestal y el nivel de cumplimiento de los indicadores de producto y desempeño por
cada uno de los órganos jurisdiccionales del Nuevo Código Procesal Penal de los distritos judiciales
del territorio nacional; así como en aquellos donde se han implementado de forma parcial el NCPP y
donde se viene operando el sub sistema anticorrupción y crimen organizado.
ANÁLISIS GENERAL.
1.
Con fecha 31 de enero del 2006, se promulgó la Ley N° 28671, por el cual se postergó la entrada
en vigencia del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huaura para el 1 de julio del
2006, y se dispuso la adopción de medidas institucionales como la conformación de equipos
técnicos y comisiones distritales de implementación para la adecuada implementación de la
reforma procesal penal.
Asimismo, por Decreto Supremo N° 007-2006-JUS, se actualizó el calendario oicial de aplicación
progresiva del Código Procesal Penal y se estableció que el Poder Judicial, el Ministerio Público,
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
el Ministerio del Interior y la Academia de la Magistratura conformaran sus Equipos Técnicos
Institucionales de Implementación.
2.
En esa línea de ideas el Poder Judicial a in de impulsar, coordinar y monitorear el proceso de
implementación, mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 8 de marzo del 2006, con la inalidad
de desarrollar acciones para la implementación del nuevo modelo procesal penal, conformó el Equipo
Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal. Desde el año 2015, está
presidido por el doctor José Luis Lecaros, miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y vocal
supremo titular.
3.
Desde el inicio de la presidencia del doctor José Luis Lecaros Cornejo, todos los esfuerzos de la
Unidad del Equipo Técnico Institucional han estado dirigidos a desarrollar los instrumentos técnicos,
administrativos y tecnológicos que impulsen y faciliten la aplicación del nuevo modelo procesal penal.
Para lograr ese objetivo ha sido necesario que la Gestoría Administrativa formule el dimensionamiento
presupuestal anual; así como el dimensionamiento del presupuesto para los distritos judiciales donde
se implementaría el NCPP, y mantener una evaluación constante sobre la ejecución del presupuesto;
además de realizar el dimensionamiento de requerimientos adicionales, como fortalecimiento de
órganos jurisdiccionales a nivel nacional, creación de un sistema anticorrupción de alcance nacional,
dimensionamiento de presupuesto para los juzgados de lagrancia, juzgados tributarios y de medio
ambiente.
4.
El Programa Presupuestal 0086 “Mejora del Sistema de Justicia Penal” para el caso del Poder Judicial,
inancia la implementación y sostenibilidad de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Nuevo
Código Procesal Penal de 29 Distritos Judiciales en su totalidad y de 4 distritos Judiciales (Lima –
Callao) en materia de corrupción de funcionarios y crimen organizado a través del único producto:
Casos Resueltos por los Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados de Juzgamiento y Salas
Penales de Apelaciones”. Dicho Programa Presupuestal mide los siguientes indicadores:
4.1
Indicador de producción física: Número de resoluciones emitidas por los Juzgados de
Investigación Preparatoria, Juzgados de Juzgamiento y Salas Penales de Apelaciones”.
Unidad de Medida: Resolución. Meta: anual.
4.2
Indicador de Desempeño: Porcentaje (%) de sesiones de audiencias realizadas respecto a
las sesiones de audiencias programadas.
Unidad de Medida: Porcentaje (%) Meta: anual en %
4.3
Indicador de Desempeño: Tiempo promedio de duración del proceso común.
Unidad de Medida: Mes. Meta Promedio: meses.
ANÁLISIS AL EJERCICIO FISCAL 2015.
1.
Para el Ejercicio Fiscal 2015, el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) asignado al Poder Judicial dentro
del mencionado Programa Presupuestal, es de S/ 213’793,796.00 millones de soles, presupuesto que
fuera modiicado a S/ 277’248,611.00 millones de soles, distribuidos entre todos los distritos judiciales.
18
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
2.
Cumplimiento de Metas (Proyección al 31 de Diciembre - 2015), Durante el ejercicio iscal se ha
alcanzo 238,628 audiencias realizadas que representan el 69% de sesiones de audiencias realizadas
respecto de las programadas (345,838). La huelga judicial ha impactado en el cumplimiento de
la meta.
3.
Cantidad de Resoluciones emitidas: 187,400 se superó la meta programada en un 5% se programó la
emisión de 179,095 resoluciones.
4.
En cuanto a la ejecución de presupuesto se ejecutó S/. 275,425,266.00 Millones de Soles que
represente el 99.3% del presupuesto asignado para el año 2015
EVALUACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DE EJECUCIÓN FÍSICA Y FINANCIERA DE ENERO A
DICIEMBRE DE 2015
EJECUCIÓN FÍSICA
PROGRAMA
PRESUPUESTAL /
PRODUCTO / ACTIVIDAD
Unidad de
Medida
PROGRAMA
PRESUPUESTAL: 0086
“Mejora de los Servicios
del Sistema de Justicia
Penal”
Resolución
179,095
187,400
PRODUCTO: Casos
resueltos por los juzgados
de la investigación
preparatoria, juzgados
de juzgamiento y salas
penales de apelaciones.
Resolución
179,095
ACTIVIDAD 1: Actuaciones
en las etapas de
investigación, intermedia y
ejecución de sentencias.
Resolución
EJECUCIÓN FINANCIERA
Cantidad Cantidad Avance
Programada Ejecutada
%
PIA
PIM
Ejecución
Avance %
105%
S/. 213,793,796.00
S/. 277,248,611.00
S/. 275,425,266.00
99.30%
187,400
105%
S/. 213,793,796.00
S/. 273,773,016.00
S/. 273,171,985.00
99.80%
75,587
75,603
100%
S/. 21,598,520.00
S/. 40,815,573.00
S/. 40,640,765.00
99.60%
ACTIVIDAD 2: Actuaciones
Resolución
en la etapa de juzgamiento.
34,681
38,174
110%
S/. 22,047,315.00
S/. 37,062,400.00
S/. 37,034,755.00
99.90%
ACTIVIDAD 3: Actuaciones
en los procesos judiciales.
Resolución
56,751
62,250
110%
S/. 153,444,394.00
S/. 166,779,539.00
S/. 166,387,923.00
99.80%
ACTIVIDAD 4: Actuaciones
Resolución
en la fase de apelación.
12,076
11,373
94%
S/. 16,703,567.00
S/. 29,115,504.00
S/. 29,108,542.00
100%
S/. 213,793,796.00
S/. 277,244,183.00
S/. 275,425,266.00
99.30%
TOTAL
5.
OTRAS METAS ALCANZADAS DURANTE EL AÑO 2015.
5.1
Se elaboró y tramitó el proyecto de demanda presupuestal para la implementación
del NCPP en los Distritos Judiciales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Junín.Cumpliendo con el cronograma de aplicación del Código Procesal Penal establecido por D. S.
19
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
N° 003-2014-JUS, que dispone la aplicación total de la mencionada norma procesal a partir
del 1° de abril en los Distritos Judiciales Apurímac y Huancavelica, y a partir del 1° de julio
de 2015 en Ayacucho y Junín, el Ministerio de Economía y Finanzas transirió al Poder Judicial
un presupuesto de S/. 30’000,000.00 millones de soles, que ha permitido la implementación
de 65 órganos jurisdiccionales, 34 salas de audiencia, 83 plazas de magistrados y 361 plazas
de personal de apoyo a la función jurisdiccional para los 65 órganos jurisdiccionales del NCPP
en los Distritos Judiciales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Junín, según detalle.
IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL 2015 – D.S. N° 003-2014-JUS
IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL 2015 – D.S. N° 003-2014-JUS
Órganos Jurisdiccionales
APURÍMAC
AYACUCHO
HUANCAVELICA
JUNÍN
TOTAL
Juzgado de la Investigación Preparatoria
7
8
5
12
32
Juzgado Penal Unipersonal
5
5
5
9
24
Juzgado Penal Colegiado
1
1
0
3
5
Sala Penal de Apelaciones
1
1
1
1
4
TOTAL
14
15
11
25
65
Sala de Audiencias a Implementar
8
9
6
11
34
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2015
CUADRO DE PERSONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL 2015 – D.S.
N° 003-2014-JUS CSJ APURIMAC, HUANCAVELICA, AYACUCHO Y JUNIN
CUADRO DE PERSONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL 2015 – D.S.N°003-2014-JUS
PEA
APURÍMAC
HUANCAVELICA
AYACUCHO
JUNÍN
TOTAL
JUEZ SUPERIOR
3
3
3
3
12
JUEZ ESPECIALIZADO
15
10
16
30
71
18
13
19
33
83
ANALISTA II
2
2
2
2
8
ASISTENTE INFORMÁTICO
1
1
1
1
4
ASISTENTE DE ATENCIÓN AL PUBLICO
1
1
1
1
4
ASISTENTE DE CUSTODIA Y GRABACIÓN
1
1
1
1
4
ASISTENTE DE COMUNICACIONES
4
4
4
4
16
ESPECIALISTA JUDICIAL DE SALA
2
2
2
2
8
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO
26
20
28
48
122
ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIAS
14
11
15
25
65
ASISTENTE JURISDICCIONAL DE JUZGADO
28
22
30
50
130
79
64
84
134
361
TOTAL JUECES
TOTAL PERSONAL ADMINISTRATIVO
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2015
20
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
5.2
Se elaboró y tramitó el proyecto de demanda presupuestal para la implementación del
NCPP en el Distrito Judicial de Ventanilla.- Se asignó un presupuesto de S/. 5,111,000.00
para la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Ventanilla, el
mismo que permitió la creación y puesta en funcionamiento de 6 órganos jurisdiccionales a
partir del 1° de mayo del 2016.
IMPLEMENTACIÓN DE OO.JJ. DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL CSJ VENTANILLA
Órganos Jurisdiccionales
TOTAL
JIP
JUP
SPA
TOTAL
3
2
1
6
3
2
1
6
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2015.
6.
5.3
Realización de 12 Visitas de trabajo a las Cortes Superiores de Justicia sobre monitoreo y
evaluación de los indicadores del Programa Presupuestal 0086.
5.4
Se realizaron 12 talleres de Capacitación en Presupuesto por Resultados en el marco
de la Reforma Procesal Penal de modo presencial y virtual a los funcionarios de las Cortes
Superiores de Justicia del país.
5.5
Se desarrolló el Proyecto Piloto de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva.
Como sede piloto para la implementación de la Unidad de Flagrancia Delictiva se consideró a
la CSJ de Tumbes, por la disposición de la Comisión Distrital de Implementación del CPP del
Distrito Judicial de Tumbes y el compromiso asumido, que permitirá realizar un monitoreo más
luido y constante; además, porque geográicamente está ubicado en una zona estratégica de
línea de frontera con Ecuador. Este país ha implementado las Unidades de Flagrancia y existen
buenas relaciones entre autoridades peruanas y ecuatorianas, permitiendo el intercambio de
experiencia, sumado a ello la disponibilidad de ambientes, mobiliario y equipo informático
y personal jurisdiccional. Esta medida se plasmó sin presupuesto del Estado y solo con la
voluntad de los operadores de justicia, iniciativa del Poder Judicial que fue la antesala para
la dación del D. Leg. N° 1194.
5.6
Se dispuso la conversión de órganos jurisdiccionales para que conoscan de forma exclusiva
el proceso inmediato, a partir del 29 de noviembre de 2015, al amparo del Decreto Legislativo
N° 1194, publicado el 30 de agosto del 2015. Esta implementación no demando presupuesto
al Estado.
ANÁLISIS AL EJERCICIO FISCAL 2016
6.1
Para el Ejercicio Fiscal 2016, el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) asignado al Poder Judicial
dentro del mencionado Programa Presupuestal, fue de S/. 249,879,160.00 millones de soles,
presupuesto que fue modiicado a S/. 336,352,944.00 millones de soles, distribuidos entre
todos los distritos judiciales.
21
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
6.2
Durante el año 2016 los órganos jurisdiccionales responsables de la entrega del producto
del Programa Presupuestal 0086: “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal”,
lograron superar, tanto la meta del indicador de producción física como de los indicadores
de desempeño. En cuanto al cumplimiento de resoluciones se alcanzó el 105% y el nivel de
ejecución de presupuesto alcanzo el 99.8%, lo que contribuyo a mejorar el servicio de justicia
penal en todo el país.
EVALUACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DE EJECUCIÓN FÍSICA Y FINANCIERA DE ENERO A
DICIEMBRE DE 2016
EJECUCIÓN FÍSICA
EJECUCIÓN FINANCIERA
PROGRAMA
PRESUPUESTAL /
PRODUCTO / ACTIVIDAD
Unidad de
Medida
Meta
Anual
2016
Cantidad
Ejecutada
Avance
%
PIA
PIM
Ejecución
Avance
%
PROGRAMA
PRESUPUESTAL: 0086
“Mejora de los Servicios
del Sistema de Justicia
Penal”
Resolución
227,079
238,743
105%
S/. 249,879,160.00
S/. 336,352,944.00
S/. 335,600,112.04
99.8%
PRODUCTO:
Casos resueltos
por los Juzgados
de investigación
Preparatoria, Juzgados
de Juzgamiento y Salas
Penales de Apelaciones.
Resolución
227,079
238,743
105%
S/. 249,879,160.00
S/. 336,352,944.00
S/. 335,600,112.04
99.8%
ACTIVIDAD 1:
Actuaciones en las
etapas de investigación,
intermedia y ejecución
de sentencias.
Resolución
100,352
111,552
111%
S/. 47,821,667.00
S/. 49,225,043.00
S/. 49,019,147.84
99.6%
ACTIVIDAD 2:
Actuaciones en la etapa
de juzgamiento.
Resolución
46,053
54,007
117%
S/. 33,072,856.00
S/. 48,395,076.00
S/. 48,365,654.18
99.9%
ACTIVIDAD 3:
Actuaciones en los
procesos judiciales.
Resolución
66,246
60,013
91%
S/. 141,817,013.00
S/. 204,592,659.00
S/. 204,112,222.46
99.8%
ACTIVIDAD 4:
Actuaciones en la fase
de apelación.
Resolución
14,428
13,171
91%
S/. 27,167,624.00
S/. 34,140,166.00
S/. 34,103,087.56
99.9%
S/. 249,879,160.00
S/. 336,352,944.00
S/. 335,600,112.04
99.8%
TOTAL
22
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
GRÁFICO 1
INCREMENTO ANUAL DE AUDIENCIAS REALIZADAS (PROYECTADO A DICIEMBRE 2016)
250,000
202,473
200,000
150,000
100,000
50,000
80,587
45,413
42,102
41,007
11,718
0
2010-2011
2011-2012
2012-2013
2013-2014
2014-2015
2015-2016
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016.
GRÁFICO 2
AUDIENCIAS REALIZADAS ANUALMENTE (PROYECTADO A DICIEMBRE 2016)
600,000
485,910
500,000
405,323
400,000
300,000
202,850
161,843
200,000
108,023
100,000
119,741
62,610
0
2010
2011
2012
2013
2014
2015
2016*
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016.
6.3.
El tiempo promedio de duración del proceso común se mantiene en 7 meses; sin embargo
resulta necesario realizar un pronunciamiento en relación al tiempo promedio que incluya al
proceso inmediato.
23
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
6.4
OTRAS METAS ALCANZADAS
6.4.1 Se elaboró y tramitó el proyecto de demanda adicional para la
implementación de órganos jurisdiccionales de flagrancia, omisión a la
asistencia familiar y conducción en estado de ebriedad. Se solicitó al MEF la
suma de S/. 78,992,846.00 para la implementación de 146 órganos jurisdiccionales
para el trámite a exclusividad del proceso inmediato; sin embargo por Decreto
Supremo N° 141-2016 el Ministerio de Economía y Finanzas realizó la transferencia
de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, por la
suma de Treinta millones y 00/100 soles (S/. 30’000,000.00) a favor del pliego 004:
Poder Judicial, destinados al inanciamiento de las acciones descritas conforme a lo
indicado en la parte considerativa del citado Decreto Supremo.
6.4.2 En consonancia con el referido D.S. y estando a la trasferencia presupuestal ascendente
a S/. 11,754,447.00 millones de soles, se dispuso la creación e implementación de 32
órganos jurisdiccionales de lagrancia, omisión a la asistencia familiar y conducción
en estado de ebriedad en los Distritos Judiciales de Ancash, Arequipa, Ayacucho,
Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Del Santa, Huánuco, Huaura, Ica, La Libertad,
Lambayeque, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, San Martín, Sullana, Piura, Puno, Tacna,
Tumbes y Ucayali; así como la creación de implementación de 23 salas de audiencias
en los referidos Distritos Judiciales.
PRESUPUESTO SOLICITADO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES AL AMPARO
DEL D. LEG. 1194
PRESUPUESTO ESTIMADO REQUERIDO POR EL PODER JUDICIAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES AL
AMPARO DEL D. Leg. 1194
Personal y Obligaciones
Sociales
CAS
Bienes y Servicios
Bienes de Capital
TOTAL PRESUPUESTO 2016
S/. 18,697,169
S/. 23,547,482
S/. 13,542,965
S/. 23,205,230
S/. 78,992,846
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016
24
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
IMPLEMENTACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONES DE PROCESO INMEDIATO CON EL PRESUPUESTO
ASIGNADO (S/. 11, 754,447.00)
ORGANOS JURISDICCIONALES
DISTRITO JUDICIAL
Juzgados de Investigación
Preparatoria
Juzgados Penales
Unipersonales
Total Órganos Jurisdiccionales
ANCASH
1
1
2
AREQUIPA
1
1
2
1
1
AYACUCHO
CAJAMARCA
1
1
CALLAO
1
1
2
CAÑETE
-
1
1
CUSCO
1
1
2
DEL SANTA
1
1
2
HUANUCO
1
0
1
HUAURA
-
1
1
ICA
-
2
2
LA LIBERTAD
-
1
1
LAMBAYEQUE
1
1
2
LIMA ESTE
1
1
2
LIMA NORTE
1
0
1
LIMA SUR
1
1
PIURA
1
1
PUNO
1
1
2
SAN MARTIN
1
0
1
SULLANA
1
TACNA
1
TUMBES
1
0
1
1
1
UCAYALI
1
0
1
TOTAL
15
17
32
6.4.3 La implementación de órganos jurisdiccionales de proceso inmediato obedece a
información estadística del INEI1, realizado de un Estudio de la Victimización en el
Perú 2010-2013, en el área urbana del país. La percepción de inseguridad se presenta
en sentido creciente desde el año 2010, pasando de 79,2% en el año 2010 a 87,6%
en el año 2013.
6.4.4 Según el barómetro de las Américas2, en el año 2014 el Perú lideró la lista de países de
la región con mayor porcentaje de ciudadanos que han sido víctimas de la delincuencia
en el último año, alcanzando la tasa de victimización el 30.6%, como se muestra en el
siguiente gráico:
1
https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1194/libro.pdf
2
http://198.57.164.64/~ieporg/textos/DDT/Peru.Culturapolitica2014resumen.pdf
25
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
GRÁFICO 1: TASA DE VICTIMIZACIÓN EN LATINOAMÉRICA - 2014
Perú
Ecuador
Argentina
Venezuela
República Dominicana
México
Uruguay
Bolivia
Colombia
El Salvador
Honduras
Nicaragua
Guatemala
Estados Unidos
Brasil
Haití
Belice
Paraguay
Costa Rica
Chile
Canadá
Trinidad y Tobago
Panamá
Guyana
Jamaica
30.6%
27.5%
24.4%
24.4%
23.4%
23.4%
22.8%
22.2%
19.6%
18.6%
18.3%
17.2%
17.0%
16.7%
16.4%
15.7%
13.8%
12.8%
12.5%
11.9%
11.6%
9.6%
8.2%
7.4%
6.7%
0
10
20
30
40
Victimización por delincuencia
95% Intervalo de conianza (Efecto de diseño incorporado)
Fuente: Barometro de las Américas por LAPOP: 2014: vV.GM 14_0912
6.4.5 Antes de la Reforma Procesal Penal en el Perú, la resolución de los procesos demoraban
años. Crisis crónica y estructural de ineicacia e ineiciencia, sentida directamente por
los usuarios del servicio: la colectividad, los agraviados y procesados, canalizados a
través del “descontento ciudadano” por el incumplimiento de un deber consagrado
constitucionalmente: Artículo 44° de la Constitución “deberes primordiales del
Estado:[…] garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la
población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que
se fundamenta en la justicia[…]”.
6.4.6 Con la Reforma Procesal Penal los procesos demoran meses, y con la aplicación del
Decreto Legislativo N° 1194, los procesos demoran días e incluso solo horas. Esta
cualidad, es la más importante y más notoria ante los justiciables, que ven en el
proceso inmediato que al in tienen acceso a la justicia de manera eicaz y oportuna y
inalmente la víctima ve resarcido el daño ocasionado de forma inmediata y oportuna.
Además la aplicación del D. Leg. N°1194 ha permitido mejorar la imagen y credibilidad
de las instituciones como el Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, y con especial
énfasis en el Poder Judicial.
6.4.7 El Decreto Legislativo N° 1194, tiene como objetivo principal, simpliicar los
procedimientos procesales, eliminando aquellos actos que por sus propias
características no es necesario abundar en la investigación, por lo que está generando
que esa transformación de la Reforma Procesal Penal se acentúe y se desarrolle con
mayor eiciencia.
26
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
6.4.8 La penalización de la omisión a la asistencia familiar y del peligro común o conducción
en estado de ebriedad o drogadicción y su inclusión en el Proceso Inmediato, beneicia
a la población porque permite no solamente procesos más rápidos con sentencias
ejemplares, sino además también se da la disminución de incidencias que se ven
relejadas en las estadísticas por el carácter disuasivo de la norma.
6.4.9 Si bien, a partir de la Reforma Procesal Penal se generó una mayor descongestión
de casos, celeridad, transparencia, imparcialidad entre otras características que
hacen posible una mayor satisfacción del usuario de justicia, (debido al uso de
salidas alternativas o mecanismos de simpliicación procesal que permiten reducir
el tiempo en que se brinda la respuesta penal, combatir la morosidad procesal penal
y descongestionar el número de casos a la espera de juicio. Sin embargo, el Proceso
Inmediato ha sido el mecanismo procesal “que menos se ha aplicado durante la
vigencia de la reforma (apenas el 0.24% del total de denuncias ingresadas), impactando
negativamente en el Sistema de Justicia Penal3.
6.5
En cumplimiento al D.S. N° 03-2016-JUS que modiica el cronograma de implementación
del Código Procesal Penal, que dispone la vigencia de la referida norma a partir del 01 de
julio del año 2017, se ha formulado y tramitado los requerimientos presupuestales para la
implementación del Nuevo Código Procesal Penal para los Distritos Judiciales de Lima Este,
Lima Norte y el Callao, considerando que para dicho in es necesario S/. 152, 615,543.00
millones de soles, monto que beneiciará una población estimada de 5, 769,744 millones de
habitantes en los referidos distritos judiciales.
POBLACIÓN BENEFICIADA
DISTRITO JUDICIAL
POBLACIÓN
Lima Este
2.704.001
Lima Norte
2.483.712
Callao
582.031
TOTAL POBLACIÓN
5.769.744
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016
6.6
3
Se ha formulado y tramitado la demanda presupuestal para el fortalecimiento de los
órganos jurisdiccionales del Nuevo Código Procesal Penal a nivel nacional, a excepción de los
distritos recientemente implementados (Distritos Judiciales de Apurímac y Huancavelica, y a
partir del 1° de julio de 2015 en Ayacucho y Junín, y desde el 01 de mayo de 2016 Ventanilla)
considerando que para dicho in es necesario S/. 72,336,467.00 millones de soles, que
permitirá: renovación de kits de audio, equipos de cómputo, impresoras y mobiliario de los
órganos jurisdiccionales, la implementación de salas de audiencia, el fortalecimiento de los
recursos humanos de los órganos jurisdiccionales, incrementar la resolución de casos en
un 5% (actualmente está en 80%), alcanzar el 83% de audiencias realizadas (actualmente
está en 78%), y reducir en un 3% el nivel de frustración de audiencia (actualmente el nivel
es de 20%).
Exposición de Motivos Decreto Legislativo N° 1194
27
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
6.7
Se elaboró y tramitó el proyecto de demanda presupuestal para la implementación
del segundo tramo del NCPP en el Distrito Judicial de Ventanilla.- Se requirió al MEF
la asignación de Presupuesto ascendente a S/. 7,704,471.00 para la implementación del
segundo tramo del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Ventanilla, el mismo que
permitió la creación y puesta en funcionamiento de 6 órganos jurisdiccionales adicionales
a los ya existentes, a partir del 1° de mayo del 2016, implementación de seis (06) salas de
audiencia adicionales, creación de 69 puestos cas para personal jurisdiccional y administrativo,
incrementar la resolución de casos en un 5% (actualmente está en 80%), alcanzar el 83%
de audiencias realizadas (actualmente está en 78%), reducir en un 3% el nivel de frustración
de audiencia (actualmente el nivel es de 20%), lo que permitirá beneiciar a una población
estimada de 490,255 habitantes.
POBLACIÓN BENEFICIADA
DISTRITO JUDICIAL
POBLACIÓN
Ventanilla
490.255
TOTAL POBLACIÓN
490.255
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016
6.8
Para el cumplimiento de los requerimientos formulados en los ítems 6.5., 6.6. y 6.7 es
necesario que el MEF asigne para el año iscal 2017 un presupuesto de S/. 232, 656,471.00
millones de soles conforme se precia el cuadro adjunto.
PRESUPUESTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL NCPP-2017, SEGUNDO TRAMO DE VENTANILLA Y FORTALECIMIENTO DE OO.JJ.
DEL NCPP
DISTRITO JUDICIAL
INVERSIÓN
CALLAO
LIMA ESTE
S/ 152,615,534.00
LIMA NORTE
VENTANILLA (2do tramo)
S/ 7,704,471.00
FORTALECIMIENTO Y SOSTENIBILIDAD DE OOJJ DEL NCPP
S/ 72,336,467.00
TOTAL 2017
S/ 232,656,471.00
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016
6.9
Se elaboró la Guía de Consulta del PP 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de
Justicia Penal”, como herramienta de consulta para que los magistrados, funcionarios y
personal del Nuevo Código Procesal Penal a nivel nacional tengan lineamientos sobre la
entrega del producto, actividades y cumplimiento de indicadores y metas del mencionado
programa presupuestal para su correspondiente monitoreo y evaluación.
6.10
Se ha realizado visitas de monitoreo y actividades de capacitación en el marco del
Programa Presupuestal 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal” a 23
Distritos Judiciales a excepción de Arequipa, Cajamarca, Cusco, La Libertad, Loreto, Madre de
Dios, Pasco, Santa, Puno y Tacna
6.11
Se viene realizando el seguimiento, monitoreo y evaluación de la ejecución presupuestal del
28
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
Programa Presupuestal 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal” a nivel
nacional.
7.
6.12
Se ha elaborado y sustentado los contenidos mínimos del Programa Presupuestal 0086
“Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal” de los años 2014, 2015 y 2017 en lo
que corresponde al producto asumido por el Poder Judicial.
6.13
Se ha consolidado las metas de producción de los productos e indicadores del Programa
Presupuestal 0086 de las Cortes Superiores de Justicia para un mejor control de la entrega
del producto.
6.14
Participación en reuniones de trabajo como integrante del Equipo Técnico del Programa
Presupuestal 0086.
ANÁLISIS AL EJERCICIO FISCAL 2017
7.1
Para el Ejercicio Fiscal 2017, el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) asignado al Poder Judicial
dentro del mencionado Programa Presupuestal, fue de S/. 300,543,551.00 millones de soles,
presupuesto que fue modiicado a S/. 328,774,380.00 millones de soles, distribuidos entre
todos los distritos judiciales.
7.2
Se gestionó los recursos para la implementación del Código Procesal Penal en los distritos
judiciales de Lima y Callao, (01 de julio de 2017 Lima Norte, Lima Este y Callao) y (01 de Julio
de 2018 Lima, y Lima Sur)
7.3
Se capacitó a magistrados y personal de apoyo a la función jurisdiccional en los contenidos
mínimos del Programa Presupuestal 0086 “Mejora de los servicios de justicia penal” que le
corresponden al Poder Judicial, actividad alineada con el componente de capacitación.
7.4
Se garantizó el correcto uso de los recursos asignados al programa presupuestal por las
autoridades administrativas de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, mediante el
uso de Directivas y Talleres alineados a la programación de presupuesto.
7.5
Se Monitorea el avance en la ejecución financiera y cumplimiento de metas físicas y
cumplimiento de indicadores de desempeño por los órganos jurisdiccionales del NCPP,
alineados al programa presupuestal 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia
Penal” a nivel nacional, para lo cual se propone un cronograma de visitas de trabajo a las 33
Cortes Superiores de Justicia.
7.6
Se realizó la evaluación semestral del programa presupuestal para su correspondiente
elevación al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y remisión al MINJUS y MEF.
7.7
Se formuló el Dimensionamiento de presupuesto para proyectos de mejora en la
aplicación y fortalecimiento del Código Procesal Penal.
29
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
7.8
Se formuló el Dimensionamiento de demanda presupuestal para la creación e implementación
de órganos jurisdiccionales especializados en Corrupción de Funcionarios.
Atendiendo el informe del Componente de Monitoreo y Evaluación que recomienda la creación de
32 de órganos jurisdiccionales exclusivos y el fortalecimiento de 24 de ellos para el conocimiento
de los procesos por corrupción de funcionarios en los diferentes distritos judiciales, se ha
formulado el dimensionamiento presupuestal que asciende a S/. 20, 376,154.00 millones de soles,
considerando para ello, la asignación de magistrados para los juzgados, personal jurisdiccional,
mobiliario, equipo informático e implementación de 32 salas de audiencias.
DISTRIBUCIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES PARA EL TRÁMITE DE CORRUPCIÓN DE
FUNCIONARIOS A CREAR E IMPLEMENTAR
PROPUESTA DE CREACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONES DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS
DISTRITO
JUDICIAL
CREACIÓN DE JUZGADO
INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
CREACIÓN DE JUZGADO
UNIPERSONAL
JUZGADO DE INV. PREPARATORIA
EN ADIC. DE FUNCIONES
JUZGADO UNIPERSONAL EN
ADIC. DE FUNCIONES
CF
CF
CF
CF
TOTAL
ANCASH
1
1
2
AREQUIPA
1
1
2
CAJAMARCA
1
1
2
CUSCO
1
1
2
DEL SANTA
1
1
2
HUAURA
1
1
2
ICA
1
1
2
LA LIBERTAD
1
1
2
LAMBAYEQUE
1
1
2
LORETO
1
1
2
PIURA
1
1
2
PUNO
1
1
2
SULLANA
1
1
2
TACNA
1
1
2
TUMBES
1
1
2
UCAYALI
1
1
2
AMAZONAS
1
1
2
APURÍMAC
1
1
2
AYACUCHO
1
1
2
CAÑETE
1
1
2
HUANCAVELICA
1
1
2
HUÁNUCO
1
1
2
JUNÍN
1
1
2
MADRE DE DIOS
1
1
2
MOQUEGUA
1
1
2
PASCO
1
1
2
SAN MARTIN
1
1
2
VENTANILLA
1
1
2
12
12
56
ETI PENAL
TOTAL
16
Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016
30
16
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
7.9
Se ha formulado y tramitado la demanda presupuestal para el fortalecimiento de los
órganos jurisdiccionales del Nuevo Código Procesal Penal a nivel nacional, a excepción de
los distritos recientemente implementados (Distritos Judiciales de Apurímac y Huancavelica,
y a partir del 1° de julio de 2015 en Ayacucho y Junín, y desde el 01 de mayo de 2016
Ventanilla) considerando que para dicho in es necesario S/. 72,336,467.00 millones de
soles, monto que permitirá: renovación de kits de audio, equipos de cómputo, impresoras y
mobiliario de los órganos jurisdiccionales, la implementación de más salas de audiencia, el
fortalecimiento de los recursos humanos de los actuales órganos jurisdiccionales incrementar
la resolución de casos en un 5%(actualmente está en 80%), alcanzar el 83% de audiencias
realizadas (actualmente está en 78%), la reducir en un 3% el nivel de frustración de audiencia
(actualmente el nivel es de 20%).
7.10
Desarrollo de la Directiva de Ejecución de Presupuesto del PpR Penal, herramienta de
trabajo que permitirá uniformizar criterios en los requerimientos, para el correcto uso de los
recursos asignados en el Programa Presupuestal.
7.11
Taller de capacitación presencial (CSJ de Lima y Callao) y virtual (las 28 CSJ) sobre
los contenidos mínimos del PpR Penal, dirigido a los Administradores del NCPP y personal
responsable de la ejecución de presupuesto en coordinación con el MINJUS y MEF.
31
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
32
COMPONENTE
NORMATIVO
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
EQUIPO NORMATIVO
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con fecha 8 de marzo del 2006, conformó la Unidad de Equipo
Técnico Institucional del Código Procesal Penal, su inalidad fue la de fortalecer y consolidar el proceso de
implementación del mencionado Código, realizando las actividades tendientes a viabilizar la Reforma Procesal
Penal.
El nuevo modelo procesal penal, orientado al sistema acusatorio garantista de carácter oral y público, introduce
una serie de cambios en la organización y en las instituciones vinculadas con el proceso penal, pues redeine
las fases del proceso y los roles de los sujetos procesales. Este proceso se caracteriza por su celeridad,
eiciencia, eicacia y transparencia, garantizando el control ciudadano de las actuaciones de los operadores
de justicia. En tal sentido, los esfuerzos del Equipo Técnico se dirigen a su total entrada en vigencia, a in de
optimizar el servicio de Administración de Justicia, valiéndose para ello de sus diferentes componentes y
mecanismos de gestión.
La implementación del nuevo Código Procesal Penal, ha signiicado una fuerte inversión para el Estado, la
que se ha ejecutado de manera ordenada, adoptándose las medidas pertinentes a nivel institucional para
gestionar adecuada y eicientemente los fondos entregados.
En la actualidad, en los Distritos Judiciales en los que se encuentra en vigencia (luego de un proceso gradual y
planiicado de implementación, que permitió evaluar y gestionar los cambios) se expresó el compromiso de los
diferentes órganos de la especialidad, entre juzgados y salas penales; así como de órganos de distinta materia
como juzgados y salas mixtas y juzgados de paz letrados, que participaron asumiendo competencia con el
nuevo ordenamiento procesal penal. Esta implementación signiicó la creación de órganos jurisdiccionales de
atención exclusiva al nuevo Código Procesal Penal; así como de órganos jurisdiccionales liquidadores para
culminar con la carga procesal sujeta al Código de Procedimientos Penales de 1940, que una vez disminuida
permitió que se conviertan en dependencias de aplicación del nuevo Código Procesal Penal, superándose de
esta forma todo tipo de inconvenientes. El devenir en el tiempo ha signiicado acumular experiencia en las
diferentes sedes judiciales, lo que permitió lo siguiente: El intercambio, la difusión de las nuevas instituciones
procesales, el cambio de actitudes y el desarrollo de nuevas competencias y destrezas que el nuevo modelo
demanda, superándose paradigmas anteriores.
Esta superación se ha plasmado en eiciencia y eicacia, por los diferentes órganos jurisdiccionales y áreas
administrativas a nivel nacional que aplican el nuevo Código Procesal Penal. En este sentido, se advierte, por
ejemplo, el nivel alcanzado en cuanto a la organización de audiencias, lo que ha permitido elevar el número
de las que fueron realizadas y disminuir el número de las que se declararon frustradas; así como elevar la
producción de resoluciones emitidas y disminuir la carga procesal de los diferentes órganos jurisdiccionales.
Para obtener ese resultado, fue necesario contar con herramientas de gestión, tanto para el ámbito
administrativo como jurisdiccional, que permitieran salvar los distintos obstáculos que se presentaron
en el proceso de implementación del nuevo modelo procesal y generar tales logros. En contexto y con la
participación del Componente Normativo del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código
Procesal Penal, se han dictado diferentes resoluciones dirigidas a ello, como lo son por ejemplo: la Resolución
Administrativa N° 62-2015-CE-PJ “Lineamientos para la Programación y Gestión de Audiencias en la Etapa
de Juicio con el Código Procesal Penal”, la Resolución Administrativa N° 220-2016-CE-PJ “Cuadro de
Términos de la Distancia y su Reglamento, el Reglamento del Despacho Judicial, la Guía del Administrador
Judicial”, Resolución Administrativa N° 122-2016-CE-PJ “Lineamientos para la Ejecución de Actividades de
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
Capacitación de Órganos Jurisdiccionales Penales”. Además de estas el Reglamento de Costas y Costos
Procesales; propiciándose, además, la creación del ETI Distrital Especial y CDI Especial, la Unidad de Gestión
de Despacho de la Sala Penal Nacional, así como la implementación de la Coordinación Nacional de Flagrancia
y otras más cuyas características y beneicios analizaremos seguidamente.
1.
La Resolución Administrativa N° 62-2015-CE-PJ, “Lineamientos para la Programación y Gestión de
Audiencias en la Etapa de Juicio con el Código Procesal Penal”.
Tiene como inalidad optimizar la capacidad de producción de los órganos jurisdiccionales y el desarrollo
del juicio con la celeridad debida y dentro de los plazos de ley. Para ello, se incorporó diferentes
medidas con tales ines dirigidas a la distribución de la carga procesal, estimación de la duración
del juicio, programación, cancelación y reprogramación de audiencias, juicios en establecimientos
penitenciarios, supervisión de la programación de audiencias, notiicaciones, citaciones, elaboración
de actas, entre otras. Todas ellas están dirigidas al cumplimiento de los estándares y metas de
producción de los Juzgados Penales Unipersonales y Colegiados, aprobados por el Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial.
Dichas metas se han cumplido en la actualidad, esto es, se ha mejorado la organización de audiencias,
la que es más expeditiva, elevándose el número de las que fueron realizadas y disminuyendo el
número de las que se declararon frustradas, e incrementándose, adicionalmente, la producción de
resoluciones emitidas y disminuyendo la carga procesal de los diferentes órganos jurisdiccionales.
2.
La Resolución Administrativa N° 288-2015-CE-PJ, que aprobó el “Cuadro de Términos de la Distancia
y su Reglamento”.
Se constituyó en un documento normativo útil para los operadores de justicia y las partes que
intervienen en un proceso judicial, pues aprobó la metodología a emplear para estimar los plazos
procesales y coadyuvar al acceso a la justicia. En este documento constan las reglas y criterios
que le sirven de sustento y de aplicación, tomando en consideración la modernización del parque
automotor, la presencia de otros medios de transporte; así como la implementación de nuevas vías de
comunicación.
3.
La Resolución Administrativa N° 347-2015-CE-PJ, que Aprobó los siguientes instrumentos: el “Manual
de Organización y Funciones (MOF)”, para los órganos jurisdiccionales que conocerán los procesos
de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción;
el “Manual de Procedimientos Operativo (MAPRO)”, para los órganos jurisdiccionales que conocerán
los procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o
Drogadicción; el Modelo o Formato de Acta de Audiencia para cada uno de los estadios del proceso
inmediato, para los órganos jurisdiccionales que conocerán los procesos de Flagrancia, Omisión a la
Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción; la Guía de Uso de Ingresos
bajo el Decreto Legislativo N° 1194, que establece procedimientos obligatorios en el ingreso de la
información requerida para los órganos jurisdiccionales que conocerán los procesos de Flagrancia,
Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, y dispuso
diversas medidas Administrativas para los Distritos Judiciales en los cuales se aplica la totalidad del
Código Procesal Penal.
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
Esta Resolución Administrativa se dictó en mérito a la emisión del Decreto Legislativo N° 1194, que
reguló el Proceso Inmediato en casos de lagrancia y modiicó los artículos 446°, 447° y 448° del
Código Procesal Penal, señalando que por su naturaleza el proceso inmediato está diseñado para
casos que no revistan las características de complejidad o conexidad de delitos y que demandan
celeridad y compromiso en la tramitación de tales procesos por parte de los operadores judiciales.
Dentro de este contexto estableció dos escenarios: el primero circunscrito a los Distritos Judiciales
en los que ya se implementó el Código Procesal Penal, en los que el conocimiento del proceso
inmediato para casos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de
Ebriedad o Drogadicción, estará a cargo de todos los órganos jurisdiccionales del Código Procesal
Penal en adición a sus funciones, pero en las sedes donde exista más de un órgano jurisdiccional con
la misma competencia y de la misma instancia, el conocimiento de esos procesos será por órganos
jurisdiccionales a dedicación exclusiva.
Por otro lado, en los Distritos Judiciales en los que aún no se implementó la totalidad del Código
Procesal Penal, el conocimiento del proceso inmediato para casos de Flagrancia, Omisión a la
Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, estará a cargo de órganos
jurisdiccionales a exclusividad designados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
La citada Resolución Administrativa dispuso en relación a las implementaciones del nuevo modelo
procesal penal y del D.L. N° 1194, la creación de órganos jurisdiccionales exclusivos; así como
determinó que órganos jurisdiccionales penales y/o mixtos conocerán en adición a sus funciones los
mencionados procesos. Finalmente determinó que órganos jurisdiccionales se encargarán de liquidar
los procesos penales tramitados bajo las reglas del antiguo modelo procesal penal.
De la misma manera y considerando que el proceso inmediato constituye un mecanismo de
simpliicación procesal, que prescinde de la etapa de investigación preparatoria e intermedia, se
estableció el rol de los actores jurisdiccionales que conocerán de tales causas, quienes participaran
de un procedimiento célere y de características diferentes. En tal sentido se consideró necesario
la aprobación de un Manual de Procedimientos Operativo, para los órganos jurisdiccionales que
conocerán los procesos por Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de
Ebriedad o Drogadicción. En el mismo sentido y estando a esta diferente realidad, en las que el
personal jurisdiccional y administrativo cumplirán funciones especíicas en el conocimiento de tales
procesos, resultó necesario determinar las mismas para el cumplimiento de sus responsabilidades;
por ello se dispuso la aprobación de un Manual de Organización y Funciones, para los mencionados
órganos. Finalmente y ya en el área jurisdiccional, también se dispuso la aprobación de un Modelo o
Formato de Acta de Audiencias, para cada uno de los estadios del proceso inmediato, pues a pesar de
la vigencia del Código Procesal Penal, no se habían logrado establecer criterios únicos y homogéneos
en cuanto a su aplicación, ni estandarizado un formato o modelo de acta, que permita plasmar el
desarrollo de las diferentes audiencias a las que se contrae la norma procesal. Esto constituyó un
avance en cuanto a conseguir criterios uniformes en el desarrollo de las audiencias y la forma de
plasmarlas en un documento.
Siguiendo con el proceso de implementación del Decreto Legislativo N° 1194°, y a efectos de realizar
el seguimiento de la carga procesal que se tramitará como proceso inmediato, también se dispuso la
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
formulación de una Guía de Uso de Ingreso de Causas, que estableció procedimientos obligatorios, para
lo cual se utilizarán aplicativos y/o formatos manuales también obligatorios, a efectos de determinar
los índices de crecimiento de la carga procesal, discriminar las materias a que se reieren los procesos
inmediatos y la duración de los mismos, hasta la emisión de la sentencia deinitiva. La mencionada
información permitió utilizarla de diferentes maneras, no solo como aporte estadístico, sino también
para tomar decisiones oportunas en beneicio de la actividad jurisdiccional.
Es en atención a la información recabada y considerando las necesidades imperantes que se
dictaron las Resoluciones Administrativas N° 149-2016-CE-PJ, 170-2016-CE-PJ, 197-2016-CEPJ, 199-2016-CE-PJ y 069-2017-CE-PJ, mediante las cuales se incrementaron diferentes órganos
jurisdiccionales a nivel nacional, o se ampliaron la competencia de los ya existentes, para que,
manteniendo la prioridad, conozcan de los procesos inmediatos a dedicación exclusiva. La última de
estas resoluciones dictada este año, dispuso que los órganos jurisdiccionales a nivel nacional, (que
conocen del proceso inmediato) tanto de primera como de segunda instancia, amplíen su competencia
funcional para el conocimiento del proceso común a que se reiere el Código Procesal Penal, y/o
procesos en liquidación bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940, sin que tal
ampliación constituya dejar sin efecto la exclusividad señalada en la Resolución Administrativa N°
347-2015-CE-PJ, para la aplicación del Decreto Legislativo N° 1194.
4.
Resolución Administrativa N° 122-2016-CE-PJ, “Lineamientos para la Ejecución de las Actividades de
Capacitación de Órganos Jurisdiccionales Penales”.
Este Instrumento reconoce que para un eiciente servicio en la impartición de justicia, resulta prioritario
la permanente capacitación de jueces y personal jurisdiccional para el adecuado cumplimiento de
sus funciones. En tal sentido, era necesario un documento que estandarice los procedimientos para
todas las actividades académicas y regule la ejecución de las mismas. El contenido de la misma tiene
como objetivo, un adecuado cumplimiento del plan de capacitación; así como el establecimiento de
responsabilidades en cada nivel de competencia, las mismas que recaerá en la Administración del
Módulo Penal bajo la Dirección de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
Por ello su inalidad fue la implementación de módulos de capacitación en cada Corte Superior del
país, que desarrollando planes anuales se regirán por tales pautas.
5.
La Resolución Administrativa N° 154-2016-CE-PJ, Creó la Unidad de Gestión de Despacho para la
Dirección Judicial del Proceso de la Sala Penal Nacional, y autorizó la conformación de la Comisión de
Implementación Interinstitucional (CDI) en la Sala Penal Nacional.
Mediante este documento se reconoció que la Sala Penal Nacional tiene competencia para procesos
complejos a nivel nacional, que son distintos a los de cualquier otro Distrito Judicial del país. En ese
sentido, necesita de las herramientas suicientes para desempeñar sus funciones de manera eicaz,
por lo que se consideró necesaria la creación de la Unidad de Gestión de Despacho, como una unidad
de trabajo dentro de la organización administrativa de la Sala Penal Nacional, pero en concordancia
con el Manual de Organización y Funciones de los Órganos Jurisdiccionales Penales de las Cortes
Superiores de Justicia, y bajo la supervisión del Administrador del Módulo Penal, que deberá dar
cuenta al Magistrado Responsable de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal.
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ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
Por otro lado, se consideró pertinente la creación de la Comisión de Implementación Interinstitucional
(CDI) en la Sala Penal Nacional, con la inalidad de facilitar la implementación del Código Procesal Penal,
facultándose a la Magistrada Coordinadora y al Juez Superior Responsable de la Implementación del
Nuevo Código Procesal Penal de la Sala Penal Nacional, a que adopten las acciones pertinentes para
su correspondiente implementación.
6.
La Resolución Administrativa N° 220-2016-CE-PJ, “Guía del Administrador Judicial”. Documento que
tomando en consideración el marco conceptual del Despacho Judicial bajo la vigencia del Código
Procesal Penal, reconoce como actor importante al Administrador del Módulo Penal, quien necesita
de un instrumento de fácil comprensión para el desempeño de su labor, que le sirva, además, como
herramienta de capacitación y consulta permanente, optimizando sus capacidades. El Administrador,
independientemente de la responsabilidad que le corresponde a cada trabajador del Módulo, es el
encargado de supervisar y gestionar el nuevo Despacho Judicial Corporativo, por ello debe contar con
niveles de calidad y competitividad que le permitan manejar los recursos humanos y logísticos con
que cuenta, ofreciendo una atención integral a los órganos jurisdiccionales para el cumplimiento de
sus funciones, este instrumento ha empoderado al mencionado funcionario en el ejercicio de su labor;
estando en la actualidad sujeto a un mecanismo de evaluación sistemática, objetiva e integral en
cuanto al desempeño de su labor durante su gestión, en las diferentes áreas involucradas en el nuevo
despacho judicial, identiicando su rendimiento, capacidades y logro de las metas trazadas, como se
advierte de la Resolución Administrativa N° 108-2017-CE-PJ.
7.
La Resolución Administrativa N° 296-2016-CE-PJ, que Aprobó la Directiva N° 011-2016-CE-PJ,
“Lineamientos de Aplicación del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal
(ETI Distrital-CPP)”.
Por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, se aprobó la Nueva Estructura Organizacional
y Funcional de la Unidad Técnica1 Institucional de implementación del Código Procesal Penal, sin
embargo, se advirtió que las diversas contingencias y situaciones presentadas en cada sede judicial,
vinculadas a la implementación del nuevo modelo procesal, eran elevadas a conocimiento y solución
del Equipo Técnico Nacional, sin considerar que tales conlictos debían ser resueltos inicialmente
por el Equipo Técnico Distrital de cada sede como órgano de primera instancia. Por esas razones se
consideró necesario tener un instrumento que establezca lineamientos especíicos, relacionados con
las funciones y procedimientos a seguir por el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código
Procesal Penal en cada sede judicial del país. Esto permitió que las contingencias que se presenten,
sean resueltas inicialmente en cada sede judicial.
8.
La Resolución Administrativa N° 342-2016-CE-PJ, que dictó disposiciones para que el diligenciamiento
de las notiicaciones judiciales puedan realizarse por vía telefónica, incluidas las tramitadas vía exhorto.
Ante el alto índice de audiencias frustradas a nivel nacional, se advirtió que uno de los principales
factores que la generaban (en atención a la variada geografía del país) era la imposibilidad o demora
para transmitir las comunicaciones a los sujetos procesales en sus respectivos domicilios, pues
las mismas se encontraban en zonas rurales y/o alejadas y/o de difícil acceso, o en áreas urbanas
con serios problemas catastrales. Estas comunicaciones además, no eran tramitadas con la debida
diligencia y oportunidad por los Jueces de Paz, quienes carecían de recursos para diligenciarlas.
39
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
Igualmente se advirtió que en las notiicaciones realizadas por las áreas de comunicaciones de los
módulos penales, se incurrían en errores al consignar los datos de los sujetos procesales, a lo que se
agregaba que el personal no era el suiciente, careciendo de medios logísticos y presupuestarios para
sus respectivos desplazamientos.
Por estas razones y a in de no afectar el derecho de defensa; así como el debido proceso por falta de
notiicación o notiicación defectuosa, (considerando que la norma procesal permite que la notiicación
del acto procesal también pueda realizarse por cualquier otro medio idóneo, que ponga en conocimiento
de las partes de manera indubitable y efectiva el acto procesal pertinente) se dispuso la utilización de
las herramientas tecnológicas más generalizadas, como es el medio telefónico, para que las partes del
proceso conozcan oportunamente de los actos procesales dispuestos por el órgano jurisdiccional.
A tal efecto debe interactuarse coordinadamente con el Juez de Paz de la localidad donde se enviará la
comunicación, habilitándose la posibilidad de que los exhortos vía telefónica también puedan utilizarse
en zonas rurales, convalidándose esta forma de actuación de acuerdo a la previsión contenida en el
artículo 129°.2 del Código Procesal Penal.
En la mencionada Resolución Administrativa se estableció el procedimiento a seguir; así como el
empleo de formularios para consignar los datos requeridos que le den validez a la diligencia de
notiicación y citaciones judiciales, entre ellas las que se tramitan vía exhorto.
9.
La Resolución Administrativa N° 199-2015-CE-PJ, que aprobó el “Diseño Organizacional y Estructura
de Cargos de la Unidad Técnica Institucional de Implementación del Código Procesal Penal del Poder
Judicial”, incluyéndose dichos cargos en el Presupuesto Analítico de Personal, Cuadro de Asignación
de Personal y en la Estructura Orgánica Institucional del Poder Judicial, con sus herramientas de
gestión: Manual de Organización y Funciones y Reglamento de Organización y Funciones. Dispuso
asimismo, que la Gerencia General del Poder Judicial adopte las acciones pertinentes a in de habilitar
los recursos inancieros que demande la asignación de seis nuevas plazas y la implementación de la
nueva estructura de plazas y cargos funcionales del Equipo Técnico Institucional de Implementación
del Código Procesal Penal, manteniendo la permanencia del personal asignado a dicho Equipo
Institucional.
Para la mencionada asignación e implementación de la nueva estructura de plazas y cargos funcionales,
del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, se consideró que
ya se implementaron en el nuevo modelo procesal penal, 27 Distritos Judiciales de un total de 33,
representando el 40% de la carga procesal penal a nivel nacional. Aún falta implementar el Código
Procesal Penal en 6 Distritos Judiciales con esa fecha, que por sus índices de crecimiento poblacional
y comisión de delitos, soportarán el 60% de la carga procesal a nivel nacional. Esto signiica mayor
trabajo y responsabilidades y genera la necesidad de contar con los recursos y capital humanos
necesarios, que permitan no solo continuar con la labor de implementación en atención al cronograma
establecido, sino también cumplir para los próximos años con eiciencia y eicacia las labores de
implementación, coordinación, gestión, monitoreo, difusión, capacitación y evaluación de todos los
Distritos Judiciales; así como prestar atención a los mayores retos y compromisos que demandará la
implementación del Código Procesal Penal.
40
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
Se consideró continuar con la participación del equipo de profesionales y técnicos ya asignados al
Equipo Técnico, pues éstos ya han desarrollado los conocimientos y experiencia necesarias en la
ejecución de la reforma procesal penal; así como incorporar nuevos profesionales para el logro de tales
objetivos y resultados, que cuenten no solo con los conocimientos técnicos y experiencia necesarios,
sino que a su vez posean experiencia, destreza y habilidades en el proceso de implementación del
Código Procesal Penal.
10.
La Resolución Administrativa N° 014-2017-CE-PJ, que aprobó el “Reglamento del Nuevo Despacho
Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República”.
Este documento permitió constituir una forma de organización de trabajo moderno y eiciente, bajo
el contexto de un Despacho Judicial Penal Corporativo, sustentado en la separación de las funciones
jurisdiccional y administrativa, y elaborado conforme a los principios y normas del nuevo Código
Procesal Penal. Este reglamento busca instalar un sistema de gestión de calidad y mejorar el servicio
de justicia, caracterizado por la uniformidad, estandarización, predictibilidad y lexibilidad de los
procedimientos establecidos; motivando a los jueces y al personal administrativo a superar cualquier
situación no prevista o formalismo innecesario que impida el logro de los objetivos mencionados.
Asimismo, delimitó las funciones y estableció las responsabilidades del área jurisdiccional y del área
administrativa, la primera a cargo de los jueces en sus diferentes niveles, y la segunda a cargo y bajo
supervisión del Administrador del Código Procesal Penal, e integrada por todo el personal que realiza
las acciones administrativas de apoyo y soporte integral al área jurisdiccional, quienes trabajan en
equipo utilizando las diversas tecnologías de información y comunicación en las diferentes etapas del
proceso penal.
11.
El Externo N° 907-2017-CE-PJ, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, desactivó
la Coordinación Nacional para la Implementación de Órganos Jurisdiccionales de Flagrancia, Delitos
de Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, que fuera
constituida por Resolución Administrativa N° 314-2015-CE-PJ, y dispuso crear el Componente de
Implementación de Órganos Jurisdiccionales de Flagrancia, Delitos de Omisión de Asistencia Familiar
y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción.
La Coordinación Nacional para la Implementación de Órganos Jurisdiccionales de Flagrancia, Delitos
de Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, fue constituida
el 14 de octubre del 2015, y tuvo como sustento de creación el Decreto Legislativo N° 1194. En este
año, mediante el Informe N° 006-2017-NOR-ST-ETI-CPP/PJ, elaborado por el Componente Normativo
de la Secretaría Técnica de Implementación del Código Procesal Penal, se realizó un análisis del
funcionamiento de los órganos jurisdiccionales encargados de tramitar los procesos penales bajo las
normas del citado Decreto; así como de la labor desarrollada por la citada Coordinación Nacional.
Es así, que con la información proporcionada, el Consejero Responsable del Equipo Técnico
Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, consideró pertinente solicitar que la
referida Coordinación Institucional pase a integrar el mencionado equipo Técnico, como un componente
especíico encargado del proceso inmediato. En ese contexto, se desactivó la Coordinación Nacional,
y en su lugar, se creó el Componente de Implementación de Órganos Jurisdiccionales de Flagrancia,
41
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
Delitos de Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, como
órgano integrante del Equipo Técnico Institucional.
12.
La Resolución Administrativa N° 054-2017-CE-PJ, que aprobó el Plan Anual de Acciones 2017, del
Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal.
En cuanto al Componente Normativo, estableció los objetivos a desarrollar, para consolidar en los
actores involucrados en la reforma judicial de las áreas jurisdiccional y administrativa, el conocimiento
y desarrollo de las habilidades y destrezas necesarias, en el marco de los nuevos roles que les toca
desempeñar en el funcionamiento de la nueva estructura organizativa y de gestión judicial, basados
esencialmente en el desarrollo de audiencias, privilegiando la oralidad de los procesos.
Entre los objetivos planteados y desarrollados, tenemos: El fortalecimiento de los conocimientos de los
Jueces de la República, respecto al Código Procesal Penal, mejorando sus capacidades y destrezas y
uniicando los criterios de interpretación para lograr eiciencia. Otro de los objetivos fue la elaboración
de propuestas de reforma normativa en materia penal procesal penal y de ejecución penal. De igual
manera mejorar las capacidades y elevar el desempeño de los Administradores, Subadministradores
y personal administrativo. Asimismo identiicar las buenas prácticas en el manejo del Despacho
Judicial, promoviendo su implementación en los distintos Distritos Judiciales y fortalecer las mejoras
implementadas por el ETI Penal del Poder Judicial, con la inalidad de consolidar la reforma procesal
penal a nivel nacional.
Se estableció, además, las actividades que se deben realizar para lograr gradualmente los objetivos;
así como la metodología a emplear. Aquí tiene mucha importancia el trato directo con los mencionados
operadores del sistema de justicia, pues la elaboración de propuestas de reforma legislativa, la
elaboración de tutoriales, las reuniones, conversatorios y encuentros a realizarse; así como las visitas
de trabajo a las diferentes Cortes, se constituirán esencialmente (y como tiene que ser) en espacios
de diálogo y debate libre, de intercambio de ideas y experiencias, que permiten acceder a las metas
propuestas.
13.
La Resolución Administrativa N° 108-2017-CE-PJ, que Aprobó el “Sistema de Medición de Desempeño
Anual de los Administradores del Módulo Penal del Código Procesal Penal”.
Este instrumento normativo tiene como sustento la Resolución Administrativa N° 220-2016-CEPJ, que aprobó la Guía del Administrador del Código Procesal Penal, en la que se mencionó que el
Administrador se constituye en un funcionario con niveles de calidad y competitividad, para asumir el
manejo y la gestión organizacional de los recursos humanos y logísticos puestos a su disposición, con
capacidad de monitorear y hacer seguimiento mediante indicadores de desempeño, a las áreas de
apoyo que integran el Módulo Penal, con la inalidad de optimizar la prestación y calidad del servicio
de justicia.
No obstante, no se había establecido ni deinido los indicadores de medición que permitieran la
evaluación del desempeño del Administrador durante su gestión, en las diferentes áreas involucradas
en el nuevo despacho judicial.
42
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
Dentro de este contexto, en la Resolución Administrativa N° 108-2017-CE-PJ, se señaló una serie de
conceptos y planteó una evaluación especíica sobre la base de las diez áreas a cargo del Administrador,
lo que permitió una medición sistemática, objetiva e integral del desempeño de dicho funcionario,
identiicando su rendimiento, sus capacidades y el logro de las metas trazadas.
Esta evaluación está a cargo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, a
través de sus diversos componentes, quienes emitirán el informe correspondiente al Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, órgano que tomará la decisión correspondiente.
14.
La Resolución Administrativa N° 110-2017-CE-PJ, que dispuso las acciones a adoptar por los órganos
jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Callao,
que aún mantienen órganos jurisdiccionales a dedicación exclusiva para la tramitación de procesos
con reos en cárcel.
Desde el año 2014, se puso en debate la factibilidad de suprimir de las citadas Cortes Superiores
de Justicia, la sub especialidad de Juzgados Penales para Procesos con Reos Libres y Procesos con
Reos en Cárcel. La referida Resolución Administrativa reconoce que esta última sub especialidad, se
circunscribe a aquellos procesos en los que el sujeto activo del delito tiene un mandato de detención.
Los plazos procesales son perentorios y deben cumplirse y aplicarse con estricta observancia, pues
caso contrario, podría ocurrir la excarcelación del imputado por el vencimiento del plazo de detención.
Asimismo, la citada Resolución Administrativa meritúa las realidades y condiciones especiales de
carga procesal de ambas subespecialidades y concluye que es necesario seguir contando, por
ahora, con juzgados a dedicación exclusiva, como los Juzgados con Reos en Cárcel, para resolver
los procesos con celeridad y obtener un pronunciamiento oportuno. En consecuencia, se mantienen
vigentes ambas subespecialidades.
Con la inalidad de optimizar el uso de los recursos logísticos y presupuestales, se dispuso el uso
adecuado del Sistema de Administración de Registro de Audiencias (SIARA), para lograr una adecuada
programación y uso de las Salas de Audiencias ubicadas en los Establecimientos Penitenciarios; así
como la concurrencia de los jueces en la hora programada para las audiencias. Igualmente se dispuso
el adecuado uso de las Salas de Video Conferencias que tiene cada sede judicial y la observancia del
Decreto Legislativo N° 1206, especialmente la modiicatoria establecida en el artículo 72°, inciso 3 del
Código de Procedimientos Penales, referida al valor probatorio, para los efectos del juzgamiento, de
las diligencias actuadas a nivel policial con intervención del Ministerio Público y las practicadas por el
propio iscal, con asistencia del defensor, que no fueran cuestionadas, las que no deberán repetirse
una vez dictado el auto de procesamiento, salvo que su ampliación resulte indispensable.
15.
La Resolución Administrativa N° 111-2017-CE-PJ, que aprobó la Directiva N° 002-2017-CE-PJ, “Directiva
de Archivo de Expedientes Judiciales y/o Solicitudes en el Módulo Penal del Código Procesal Penal”.
A través de la Resolución Administrativa N° 748-2006-MP-FN, de 21 de junio del 2006, el Ministerio
Público, estableció el Reglamento de la Carpeta Fiscal. Sin embargo, el Poder Judicial no tenía un
instrumento alguno que regule el mecanismo para archivar los expedientes judiciales, que se generen
por la comunicación de investigación preliminar y/o inicio, conclusión de la investigación preparatoria,
o ante solicitudes presentadas al órgano jurisdiccional por personas inmersas en investigaciones.
43
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
En ese contexto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dictó la citada Directiva, que estableció los
lineamientos para el traslado del expediente judicial y solicitudes generadas dentro de la investigación
preliminar y/o preparatorias, a in de uniformizar el procedimiento y criterios a seguir por los órganos
jurisdiccionales a nivel nacional para archivar toda documentación y/o solicitudes que se generen en
sede judicial, y los que conforman el expediente judicial, que se encuentre con mandato expreso de
archivo provisional o deinitivo. Esto permitirá enviar los actuados correspondientes a la dependencia
de archivo.
16.
La Resolución Administrativa N° 112-2017-CE-PJ, que dejó sin efecto la Resolución Administrativa N°
034-2014-CE-PJ, en el extremo que dispuso excluir de la competencia para conocer los procesos de
Habeas Corpus, a los jueces que conforman los Juzgados Penales Liquidadores, que en adición a sus
funciones actúan como Juzgado de Investigación Preparatoria.
El tema central, incide en la competencia de los Juzgados Penales Liquidadores en relación a los
procesos de Habeas Corpus, pues por Resolución Administrativa N° 034-2014-CE-PJ, se les
excluyó de este conocimiento. En la resolución, la autoridad administrativa consideró en comento, la
Resolución Administrativa N° 288-2016-CE-PJ, que reguló la participación de los Juzgados Penales
Liquidadores en el turno judicial, En cuanto señaló que tratándose de Juzgados Penales Liquidadores,
sólo participarán del turno judicial penal los que en adición a sus funciones actúen como Juzgado de
Investigación Preparatoria. Dicha participación se realizará, igualmente, en los Distritos Judiciales en
los cuales no se encuentre vigente la totalidad del Código Procesal Penal.
En ese contexto, aplicando los principios de concentración, celeridad y economía procesal, se concluyó
que era contraproducente que se excluyera a los Juzgados Penales Liquidadores que en adición a sus
funciones actúan como Juzgados de Investigación Preparatoria, del conocimiento de los procesos
constitucionales de Hábeas Corpus. En tal sentido, se dejó sin efecto la Resolución Administrativa N°
034-2014-CE-PJ, en el extremo que dispuso la exclusión. Por tanto, los Juzgados Penales Liquidadores
conocerán de los procesos constitucionales de Habeas Corpus, siempre que en adición a sus funciones
actúen como Juzgados de Investigación Preparatoria.
44
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
COMPONENTE DE
MONITOREO Y
EVALUACIÓN
45
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
46
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
1.
PRESENTACIÓN
El Plan de Monitoreo y Evaluación es un instrumento de gestión de acuerdo con lo previsto en la
“Nueva Estructura Organizacional y Funcional la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código
Procesal Penal”, aprobada por R.A. Nº 061-2013-CE-PJ.
Así mismo, los distintos componentes de la Secretaría Técnica Institucional de Implementación del
Código Procesal Penal elaboraron sus respectivos planes operativos 2017, documentos de gestión que
contribuyen al fortalecimiento institucional, y que guardan estricta relación con el Plan de Desarrollo
Institucional 2009 – 2018, los lineamientos de Política para el cambio estructural en el Poder Judicial
elabora.das por el Acuerdo Nacional por la Justicia (ANJ), Plan Nacional de CERIAJUS y en las medidas
de acción para la reestructuración del Poder Judicial propuestas hechas por el Presidente de este
Poder del Estado.
2.
MARCO LEGAL
•
•
•
•
3.
Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y sus
modiicatorias.
Resolución Administrativa N° 0226-2012-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Poder Judicial.
Resolución Administrativa N° 0227-2012-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, que aprueban la Nueva estructura organizacional y
funcional la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
OBJETIVOS
3.1 OBJETIVO GENERAL
Asegurar y fortalecer la implementación del Código Procesal Penal y la aplicación del mismo
en donde se encuentre total o parcialmente implementado.
3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Monitorear y asegurar la realización efectiva de audiencias.
Monitorear y asegurar el cumplimiento de los estándares de producción.
Monitorear, asegurar y Fortalecer procedimientos de los servicios judiciales enmarcados en el
Código Procesal Penal.
Proponer mejoras e innovaciones en el Sistema Integrado Judicial con el in de contar con
información estadística en tiempo real.
Proponer nuevos aplicativos como herramientas a la aplicación del Código Procesal Penal.
Identiicar la información que se intercambia entre los demás actores de justicia y proponer
automatizarla mediante la interoperabilidad.
47
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
4.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente plan de monitoreo y evaluación comprenderá a los 33 Distritos Judiciales
5.
RESPONSABLES
El responsable de la ejecución del presente documento es el encargado del componente de Monitoreo
y Evaluación, en apoyo la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, a través
de la Secretaría Técnica Jurisdiccional.
6.
ACTIVIDADES
Las actividades que permitirán la ejecución del plan de monitoreo, son las siguientes:
•
•
•
•
7.
Visitas in Situ a cada Distrito Judicial según cronograma.
Levantamiento de información registrada en medios físicos y sistematizados, que debe ser
proporcionada por las Cortes Superiores de Justicia y la Gerencia General, según corresponda.
Procesar la información recopilada.
Entrega de Base de Conocimiento al Presidente la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código
Procesal Penal, para la toma de decisión.
PAUTAS PARA EL DESARROLLO DE LAS VISITAS IN SITU
7.1 GRUPO DE COORDINACIÓN
El Equipo Técnico Institucional de Implementación del CPP y su Secretaría Técnica Jurisdiccional, con
los respectivos Equipos Técnicos Distritales
7.2 PÚBLICO OBJETIVO PARA LAS REUNIONES DE TRABAJO
7.2.1
INTEGRANTES DEL EQUIPO TÉCNICO DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CPP
7.2.2
INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CPP-CDI
48
Presidente de la Corte Superior de Justicia.
Representante de los Jueces Superiores.
Representante de los Jueces especializados del CPP.
Representante de los Jueces de Paz Letrado.
Administrador del Módulo Penal
Presidente de la Corte Superior de Justicia.
Representante del Ministerio Público.
Representante de la Defensa Pública.
Representante de la Policía Nacional del Perú.
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
7.2.3
INTEGRANTES DE LAS ÁREAS JURISDICCIONALES Y ADMINISTRATIVAS DEL MÓDULO
PENAL DEL CPP
Magistrados del CPP (Salas Penales de Apelaciones, Juzgados Penales Unipersonales,
Juzgados de la Investigación Preparatoria y Juzgados de Paz Letrados)
Administrador y Sub-Administradores de los módulos penales.
Personal Jurisdiccional y administrativo de los módulos penales.
7.3 PROCESOS EN ANÁLISIS
Los procesos en estudio son los siguientes:
7.3.1
PROCESO DE DIGITALIZACIÓN
7.3.2
PROCESO DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
7.3.3
Tiempo promedio de respuesta para la consulta de un expediente
Tiempo promedio de respuesta para la lectura de un expediente
% aprobación de la Atención al Público
PROCESO DE REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS
7.3.6
% del personal de la Central de Comunicaciones que utilizan el SERNOT
Tiempo promedio de programar la entrega de una notiicación
Tiempo promedio de entrega de una notiicación al destinatario
Tiempo promedio de entrega de una notiicación al destinatario en lugares alejados
PROCESO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO
7.3.5
% de Órganos Jurisdiccionales que utilizan el SINOE
PROCESO DE NOTIFICACIÓN POR LA CENTRAL DE COMUNICACIONES
7.3.4
% de Documentos digitalizados vs total de documentos ingresados
% cumplimiento con el protocolo para la realización de audiencias
% de Órganos Jurisdiccionales que dictan Sentencia íntegra en Audiencia.
Cantidad promedio de sesiones de audiencia para llevar a cabo la Resolución de fondo
(resuelve incidentes, emite sentencias) en Órganos Jurisdiccionales del NCPP.
Uso de medios alternos en la de grabación de audiencias
Medios de grabación de audiencias para casos emblemáticos.
PROCESO DE RETORNO DE EXPEDIENTES DE SEGUNDA INSTANCIA (INDICADOR DE
CALIDAD).
% de resoluciones conirmadas en relación al total de apeladas.
49
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
7.3.7
PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS
7.3.8
PROCESO DE PROGRAMACIÓN DE TURNOS JURISDICCIONALES
7.3.9
% de Órganos Jurisdiccionales que utilizan el SIJ vs el total de Órganos Jurisdiccionales
del NCPP en el Distrito Judicial.
% de Órganos Jurisdiccionales que registran Hitos Estadísticos.
Cantidad de Interrupciones en los Sistemas de Información.
% de solicitudes de ampliación de días para la asociación de audio y/o acta de audiencia
al Sistema Integrado Judicial.
Cantidad de expedientes ingresados fuera del horario laboral
Cantidad de personas programadas para cubrir el turno vs funciones asignadas dentro
del turno.
PROCESO DE MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS A EQUIPOS INFORMÁTICOS
Cantidad de Programaciones de Mantenimientos Preventivos.
Cantidad de Registro de Mantenimientos Correctivos.
7.3.10 PROCESO DE ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN DE LA BASE DE DATOS
Cantidad de Backup al mes de la Base de Datos.
Tiempo promedio para la restauración de los Servicios Informáticos.
% de incremento mensual de datos en los servidores.
7.3.11 PROCESO DE ACERCAMIENTO DE LA JUSTICIA A LA CIUDADANÍA.
Cantidad de Órganos Jurisdiccionales establecidos en zonas geográicas de difícil acceso.
Cantidad mensual de Actividades del Programa “Justicia en tu comunidad” clasiicado
por niveles de Acceso que cubre el Distrito Judicial ( Nivel A – Sede Central y dentro de
la misma provincia de la Sede Central, Nivel B – Sedes periféricas a la Provincia de la
Sede Central, y Nivel C – Sedes en alejadas a la Sede Central)
7.3.12 PROCESO DE DIFUSIÓN E INFORMACIÓN
Cantidad mensual de Notas de Prensa que contengan información del NCPP.
% de Locales señalizados en su totalidad (N° de Oicinas, Mapa de Ubicación,
Señalización de Traslado)
7.3.13 PROCESO DE REGISTRO DE QUEJAS
50
Cantidad de quejas registradas mensualmente ante la ODECMA.
Cantidad de quejas registradas mensualmente en el Libro de Reclamaciones.
Tiempo promedio de respuesta para la atención de una queja.
8.
AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL
IMAGEN N° 01: LÍNEA DE TIEMPO SOBRE EL AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL EN TODOS LOS DELITOS
• Ica
• Cañete
• Puno
• Madre de Dios
• Ucayali
• Cusco
• Loreto
• Junín
• Santa
• Tumbes
• Huancavelica
• Arequipa • Sullana
• San Martín
• Pasco
• Ley
• Tacna
• Ayacucho • D. Leg. 1194
• Cajamarca
• Huánuco
• Piura
• Lima
30076
• Apurímac • Ventanilla • Callao • Lima Norte • Lima Este • Lima Sur
• Huaura • La Libertad • Moquegua • Lambayeque • Amazonas • Ley N° 29574 • Ancash
2006 2007
2008
2009
2010
2011
2012
2014 2015
2016
2017 2018 2019 2020
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
51
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
IMAGEN N° 02: GEOREFERENCIA DEL AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL
PARA TODOS LOS DELITOS.
52
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
IMAGEN N° 03: LÍNEA DE TIEMPO DEL AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL
PENAL SOLO PARA DELITOS POR CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS.
IMAGEN N° 04: PORCENTAJE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL A NIVEL
NACIONAL
13%
87%
9.
INVERSIÓN PRESUPUESTAL
La Inversión Presupuestal que el Poder Judicial ha realizado para la aplicación de la reforma procesal penal
resulta de suma importancia a efectos de analizar posteriormente los resultados que se han obtenido a la fecha:
53
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
HISTÓRICO DE PRESUPUESTO OTORGADO AL PpR PENAL - PJ
278,904,261
232,656,471
132,505,686
103,502,273
52,521,456
30,000,000
27,320,266
21,355,463
14,024,246
34,016,105
17,605,844
4,382,235
2006
2007
2008
2009
2010
2011
Entregado
2012
2014
2015
2016
9,335,838
2017
2018
Solicitado
Fuente: ETI-CPP-PJ
9,646,768
5,121,788
4,214,050
2,561,530
1,344,631
PERSONAL Y OBLIGACIONES
SOCIALES
1,492,256 1,307,964
BIENES Y SERVICIOS
DJ CALLAO
Fuente: Gerencia General del Poder Judicial
54
1,377,163 1,252,294
ACTIVOS NO FINANCIEROS
DJ VENTANILLA
SNEDCFP
TOTAL
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
10.
CANTIDAD DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES
10.1 ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENA
ÓRGANOS JURISDICCIONALES
ESPECIALIZADOS
ADICIÓN
Juzgados de la Investigación Preparatoria
309
137
Juzgados de Juzgamiento - Unipersonal
259
150
Juzgados de Juzgamiento – Colegiado
32
61
Salas Penales de Apelaciones
58
34
TOTAL
658
382
Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP
Actualizado: Julio del 2017
IMAGEN Nº. 05 ÓRGANOS JURISDICCIONALES QUE APLICAN EL NCPP A NIVEL NACIONAL
350
309
300
259
250
200
137
150
150
100
61
34
32
50
58
0
Juzgados de la
Investigación
Preparatoria
Juzgados de
Juzgamiento Unipersonal
ESPECIALIZADOS
Juzgados de
Juzgamiento –
Colegiado
Salas Penales de
Apelaciones
ADICION
La implementación del Código Procesal Penal del 2004 no solo consideró la creación de órganos
jurisdiccionales de atención exclusiva a la reforma procesal penal, si no que por razones de
restricciones presupuestales y a in de no vulnerar el principio de acceso a la justicia, se tuvo que
55
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
apoyar en dependencias judiciales de otras materias, como las Salas Superiores Mixtas, los Juzgados
Mixtos y Juzgados de Paz Letrado, etc. quienes cuentan con competencias territoriales en la geografía
más agreste de nuestro país. Sin embargo, esta situación de adición de funciones no ha dado los
resultados esperados en cuanto las exigencias del NCPP (en cuanto la celeridad). En este contexto,
la Unidad del Equipo Técnico del Código Procesal Penal durante el presente ejercicio presupuestal ha
venido contrarrestando esta deiciencia a través de la conversión de órganos jurisdiccionales penales
liquidadores que sin descuidar el trascendente y no menos importante proceso de liquidación (una
vez disminuida al máximo su carga procesal) han venido trasladándose como dependencias puras de
aplicación del Nuevo Código Procesal Penal.
10.2 ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES
ÓRGANOS JURISDICCIONALES
ESPECIALIZADOS
ADICIÓN
Juzgados Penales Liquidadores
36
156
Salas Penales Liquidadoras
12
44
TOTAL
48
200
Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP
Actualizado: A Julio del 2017
IMAGEN Nº. 06 ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES
156
160
140
120
100
80
60
44
36
12
40
20
0
1
Juzgados Penales Liquidadores
11.
2
Salas Penales Liquidadoras
CARGA EXISTENTE EN DEPENDENCIAS JURISDICCIONALES DEL CPP 1940
En gráicos siguientes observaremos la carga procesal acumulada con el CPP de 1940 a nivel nacional.
Debemos precisar que se ha considerado a las 228 dependencias jurisdiccionales penales que tienen
a su carga el proceso de liquidación a nivel nacional; es decir no solo a aquellas que tienen dedicación
única y exclusiva en la liquidación sino también a aquellos órganos jurisdiccionales que en adición de
56
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
funciones aún mantienen carga en materia penal bajo el Código de Procedimientos Penales. De ésta
forma podemos tener una visión completa sobre la cantidad de expedientes que en el Perú aún se
viene tramitando bajo los alcances del CPP de 1940.
11.1 PROCESOS PENALES LIQUIDADOS A NIVEL NACIONAL
Dentro del proceso de liquidación resulta también necesario observar cifras que nos permitan
evidenciar el avance que se ha realizado mediante el esfuerzo de órganos jurisdiccionales penales a
nivel nacional para tramitar los procesos bajo el alcance del Código de Procedimientos Penales.
Así tenemos que se ha logrado proyectar que concluirán con 15,852 expedientes del CPP 1940 al
término de abril del año 2017, llegando a un acumulado total desde el año 2006 de 300,638 casos
penales.
PROCESOS LIQUIDADOS
2006
1,323
2007
2008
8,686
2009
15,636
2010
31,682
2011
43,499
2012
29,716
2013
35,234
45,966
2014
2015
2016
2017*
35,574
24,328
28,994
15,852
Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP
Actualizado: Avance desde Enero a Abril del 2017
IMAGEN Nº. 07 PROCESOS LIQUIDADOS A NIVEL NACIONAL
Título del gráico
50,000
45,000
45,966
43,499
40,000
35,000
35,234
31,682
30,000
35,574
29,716
28,994
25,000
24,328
20,000
15,636
15,000
10,000
5,000
0
15,852
8,686
1,323
2006 2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
2015
2016 2017*
PROCESOS LIQUIDADOS
57
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
CANTIDAD DE PROCESOS LIQUIDADOS POR DISTRITO JUDICIAL EN EL PERIODO
ENERO – ABRIL 2017
DISTRITO JUDICIAL
CANTIDAD
AMAZONAS
30
ANCASH
185
APURIMAC
173
AREQUIPA
34
AYACUCHO
713
CAJAMARCA
37
CAÑETE
17
CUSCO
1
HUANCAVELICA
32
HUANUCO
57
HUAURA
3
ICA
37
JUNIN
2554
LA LIBERTAD
22
LAMBAYEQUE
54
LORETO
188
MADRE DE DIOS
4
MOQUEGUA
0
PASCO
13
PIURA
158
PUNO
28
SAN MARTIN
38
SANTA
110
SULLANA
25
TACNA
12
TUMBES
15
UCAYALI
50
VENTANILLA
84
TOTAL
5,284
Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP
Actualizado: Avance desde Enero a Abril del 2017
58
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
11.2 CANTIDAD DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES PENALES LIQUIDADORES SUBSISTENTES EN EL
ÁMBITO NACIONAL
CANTIDAD DE OOJJ POR DISTRITO JUDICIAL
ESPECIALIZADO
DISTRITO JUDICIAL
ADICIÓN
TOTAL
JUZGADO
SALA
JUZGADO
SALA
JUZGADO
SALA
AMAZONAS
0
0
6
2
6
2
ANCASH
0
1
16
0
16
1
APURÍMAC
3
0
11
2
14
2
AREQUIPA
0
0
4
2
4
2
AYACUCHO
6
2
16
0
22
2
CAJAMARCA
2
0
8
2
10
2
CALLAO
8
4
0
0
8
4
CAÑETE
0
0
3
1
3
1
CUSCO
0
0
4
3
4
3
HUANCAVELICA
1
1
15
1
16
2
HUANUCO
1
0
2
2
3
2
HUAURA
0
0
0
1
0
1
ICA
0
0
4
2
4
2
JUNIN
7
2
11
3
18
5
LA LIBERTAD
0
0
5
2
5
2
LAMBAYEQUE
2
0
3
2
5
2
LIMA
0
0
0
1
0
0
LORETO
3
1
5
1
8
2
MADRE DE DIOS
0
0
4
0
4
0
MOQUEGUA
0
0
1
0
1
0
PASCO
0
1
1
1
1
1
PIURA
0
0
6
1
6
1
PUNO
0
0
7
3
7
3
SAN MARTIN
0
1
5
3
5
4
SANTA
0
0
3
2
3
2
SULLANA
0
0
2
1
2
1
TACNA
0
0
3
1
3
1
TUMBES
0
0
1
1
1
1
UCAYALI
0
0
3
2
3
2
VENTANILLA
3
0
7
2
10
2
TOTAL
36
12
156
44
192
56
Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP
Actualizado: Julio del 2017
59
ORGANOS JURISDICCIONALES PENALES DEL CPP 2004
6
11
0
6
2
8
0
5
8
0
5
0
3
0
5
1
0
1
0
0
5
5
3
3
4
11
3
3
2
1
0
5
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
4
3
4
4
0
0
3
1
11
8
658
0
0
0
0
0
0
259
32
Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP
Actualizado: 31 de Mayo del 2017
58
7
106
0
0
0
1
0
5
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
1
0
0
0
0
0
0
0
1
0
1
0
0
0
0
0
3
0
1
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
3
0
1
0
2
0
1
0
1
0
0
0
3
0
CORTE SUPREMA
0
0
0
0
24
0
54
4
13
2
5
6
6
0
2
6
0
6
2
1
0
2
0
0
1
0
0
5
4
1
1
3
11
5
2
1
1
1
4
0
0
0
0
0
0
0
1
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
4
0
0
0
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3
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3
4
4
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1
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1
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1
2
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1
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1
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1
1
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2
0
2
1
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1
0
1
2
1
0
1
1
0
0
1
1
0
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0
0
0
0
1
1
1
2
1
1
1
0
2
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0
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0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
22
31
16
18
14
21
1
12
20
4
13
7
15
11
16
10
5
4
3
1
10
9
9
5
11
31
14
9
6
9
3
9
9
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
2
2
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
2
2
382
Juzgado Mixto en Adición
JUP
Juzgado Penal en Adición
JUP
95
1
Juzgado Penal Liquidador
en Adición Juzgado Penal
Colegiado
6
4
4
2
5
4
0
1
3
0
0
0
4
5
3
2
0
0
0
0
0
0
0
0
3
3
0
1
0
0
0
0
4
Juzgado Penal Unipersonal
en Adición Juzgado Penal
Liquidador
Juzgado Penal Liquidador
en Adición JUP
Juzgado de la Inv. Prep. En
Adición Liquidador
Sala Penal en Adición Sala
de Apelaciones
0
0
0
0
0
1
0
0
1
0
0
0
2
0
1
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
2
0
0
0
Sala Penal de Apelaciones
en Adición Sala Penal
Liquidadora
16
17
19
34
24
24
18
12
31
14
21
19
28
36
37
40
18
11
9
11
9
12
11
6
24
20
29
23
13
13
14
9
17
Sala Mixta en Adición Sala
de Apelaciones
2
1
1
4
1
1
1
1
2
1
1
1
3
2
3
3
3
1
1
2
1
1
1
0
3
2
2
2
1
1
1
2
2
Sala Mixta en Adición
Juzgado Penal Colegiado
1
1
1
2
1
1
1
0
2
0
2
1
2
3
2
2
0
0
0
0
0
1
0
0
1
1
1
1
1
1
1
1
1
Sala Penal Liquidadora en
Adición JCP o JPC adicion
SPLq
6
7
7
18
8
10
5
6
13
6
6
8
10
14
16
17
9
5
3
4
3
5
5
3
9
7
13
8
5
3
4
2
6
SPA
Juzgado Penal en Adición
Juzgado Penal Colegiado
309
7
8
10
10
14
12
11
5
14
7
12
9
13
17
16
18
6
5
5
5
5
5
5
3
11
10
13
12
6
8
8
4
8
JCO
Juzgado Penal Unipersonal
en Adición Juzgado Penal
Colegiado
1 SALA PENAL NACIONAL
2 SISTEMA NACIONAL DE CORRUP.
TOTAL
Sub - Total
JUP
Juzgado Mixto en Adición
JIP
Juz. Paz Letrado en Adición
JIP
Juzgado Penal en Adición
JIP
Juzgado Penal Colegiado
AMAZONAS
ANCASH
APURIMAC
AREQUIPA
AYACUCHO
CAJAMARCA
CALLAO
CAÑETE
CUSCO
HUANCAVELICA
HUANUCO
HUAURA
ICA
JUNIN
LA LIBERTAD
LAMBAYEQUE
LIMA
LIMA ESTE
LIMA NORTE
LIMA SUR
LORETO
MADRE DE DIOS
MOQUEGUA
PASCO
PIURA
PUNO
SAN MARTIN
SANTA
SULLANA
TACNA
TUMBES
UCAYALI
VENTANILLA
ADICION
JIP
Sala Penal de Apelaciones
NCPP
JCP SPA
Juzgado Mixto en Adición
Juzgado Penal Colegiado
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
DISTRITO JUDICIAL
JUP
Juzgado Penal Unipersonal
N°
JIP
Juzgado de la Investigacion
Preparatoria
60
IMAGEN Nº 08 ÓRGANOS JURISDICCIONALES QUE APLICAN EL NCPP A NIVEL NACIONAL
0
6
51
0
3
1
10
24
0
Sub Total
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
12.
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
12.1 DISTRITOS JUDICIALES IMPLEMENTADOS PARA TODOS LOS DELITOS
Distritos Judiciales con el NCPPP al 100%
Años
2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
2015
2016
2017*
Ingresos
2,624
6,320
16,698
33,667
64,374
93,183
100,306
106,153
146,862
185,943
225,504
70,213
Producción
567
3,606
8,633
18,777
40,424
68,387
67,990
80,886
122,150
141,554
185,384
58,179
%
22%
57%
52%
56%
63%
73%
68%
76%
83%
76%
82%
83%
Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP
(*)Actualizado: Avance desde Enero a Abril del 2017
IMAGEN Nº. 09 PROCESOS JUDICIALES CONCLUIDOS
PROCESOS JUDICIALES CONCLUIDOS
90%
83%
82%
83%
80%
73%
76%
70%
57%
60%
63%
76%
68%
56%
50%
52%
40%
30%
20%
22%
10%
0%
2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
2015
2016 2017*
Fuente: FEE- PJ Gráico elaborado por el ETI Penal
Actualizado: Proyectado a Abril del 2017
De los cuadros que preceden, es meritorio resaltar la eiciencia y eicacia que han mostrado las
diferentes dependencias jurisdiccionales y áreas administrativas del Nuevo Código Procesal Penal en
el ámbito nacional, en tanto se ha logrado alcanzar una producción procesal que en referencia a los
ingresos de carga que se presentaron durante el año 2015 han avanzado el 76%. Esto es consecuencia
del esfuerzo conjunto de Magistrados, servidores de apoyo jurisdiccional y administrativo ubicado en
cada Sala Penal Superior y Juzgados Especializado del NCPP; así como de los mecanismos de control,
monitoreo y evaluación realizada desde el Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal
Penal ETI Penal, pues durante todo el año hemos impulsado la misma política de trabajo en forma
descentralizada mediante los ETIS Distritales en los siguientes rubros:
1.
Sinceramiento de cifras en el FEE y el SIJ, mediante la comunicación directa con los Distritos
Judiciales sobre problemas advertidos en los inventarios de expedientes; alcanzándolos a la
Gerencia General para su actualización y corrección para próximos inventarios.
61
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
2.
Programa intensivo de cursos tutoriales de Capacitación dirigidos a todos los Distrito Judiciales
de país. Durante el año se logró llegar a las 33 Cortes Superiores de Justicia, con el desarrollo
de eventos cuya metodología particular abordaba temas realmente necesarios en cada sede,
en tanto los expositores (Magistrados con mejores prácticas en el modelo) realizaban un
día completo de levantamiento de diagnóstico, para que al siguiente día lo aborden en sus
exposiciones con temas desde la perspectiva de sus falencias o debilidades. Concluía el
evento con un conversatorio que permitía el intercambio de experiencias y precisar dudas
con el expositor sobre casos muy concretos, para inalmente suscribir un acta de acuerdo de
buenas prácticas en adelante.
3.
El seguimiento y monitoreo dispuesto desde el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
permitió que cada Juez Penal que asume la liquidación de proceso penales con el CPP de
1940 reportara de manera mensual ante el despacho del señor Consejero, Dr. José Luis
Lecaros Cornejo, tanto su avance en la liquidación en cifras (aspecto cuantitativo), como la
problemática que impide su mayor producción (aspecto cualitativo). Esto permitió corregir
situaciones que venían afectando una debida producción y ha contribuido a un mayor avance
(lo mismo ha ocurrido con los OOJJ del NCPP).
4.
Trabajo constante de empoderamiento con los administradores del NCPP, como áreas
impulsoras del sistema de agendamiento y realización de audiencias efectivas. En ese
sentido, se ha venido trabajando sistemas de control de audiencias por resultados y ello
ha originado una sana competencia entre los Distritos Judiciales, a in de alcanzar el menor
porcentaje de frustración de audiencias (valor bandera de la reforma procesal penal), lo que
indudablemente ha repercutido en el avance de procesos hasta su conclusión (mayor número
de audiencias realizadas efectivamente – mayor número de casos penales resueltos en
menor tiempo)
5.
Se ha tomado como prioridad reforzar la etapa de juzgamiento en el país; por ello el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial ha tenido un papel muy importante en la creación de órganos
colegiados exclusivos, mediante la conversión de juzgados penales liquidadores.
12.2 AUDIENCIAS REALIZADAS DESDE EL AÑO 2010 BAJO LOS ALCANCES DEL NCPP 2004
Considerando el nivel de organización que se requiere y los recursos que se tienen que desplegar para
llevar a cabo una audiencia efectiva dentro de la reforma procesal penal, amerita conocer en la realidad
nacional cuantas audiencias se llevan a cabo en un solo día, por ende cuantas de manera mensual,
inalmente cuantas se han programado durante cada año desde el año 2010 a in de determinar el
movimiento de todas las áreas del Código Procesal Penal.
Así tenemos hasta Mayo del 2017 un total de 263,297 audiencias realizadas en los diferentes órganos
jurisdiccionales del NCPP de las cuales se registró un 22% de frustración de audiencias a pesar de los
esfuerzos desplegados, sin embargo el lujo de audiencias por día en el territorio nacional hasta Mayo
del 2017 es de 2,394 audiencias diarias que van deiniendo diversos requerimientos penales.
62
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
AÑO
Cantidad de
Audiencias
Realizadas
Cantidad de
Audiencias en el
Mes (11)
Cantidad de
Audiencias en el
día (22)
Cantidad de
Audiencias
Frustradas
Cantidad de
Audiencias
Atendidas
Porcentaje de
Audiencias
Frustradas
Porcentaje de
Audiencias
realizadas
2010
62,610
5,692
259
21,197
83,807
25%
75%
2011
108,023
9,820
446
40,901
148,924
27%
73%
2012
119,741
10,886
495
45,759
165,500
28%
72%
2013
161,843
14,713
669
64,546
226,389
29%
71%
2014
202,850
18,440
838
58,879
261,729
22%
78%
2015
405,323
36,848
1,675
119,023
524,346
23%
77%
2016
507,338
46,122
2,096
151,578
658,916
23%
77%
2017*
263,297
52,659
2,394
74,356
377,653
22%
78%
TOTAL
1,567,728
576,239
2,447,264
Fuentes: Sistema Integrado Judicial – SIJ
(*)Actualizado: Avance desde Enero a Abril del 2017
90%
80%
70%
60%
50%
40%
30%
20%
10%
0%
75%
73%
72%
25%
27%
28%
1
2
3
71%
29%
4
Audiencias Frustradas
78%
77%
22%
23%
5
6
77%
23%
7
78%
22%
8
Audiencias Realizadas
63
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
13.
DURACION DE PROCESOS PENALES
7
DÍAS
DL 1194
Proc Inmed.
JIP - JPU ó JPC
28 MESES
1°
INSTANCIA
INSTRUCCIÓN - JUZGAMIENTO (SALAS PENALES)
Ordinario
23 MESES
1°
INSTANCIA
INSTRUCCIÓN - SENTENCIA (JUZGADOS PENALES)
Sumario
0
64
JIP - JPU ó JPC
13
MESES
Proceso
Común
1940
2004
13.1 COMPARATIVO EN DURACIÓN DE PROCESO ENTRE EL ANTIGUO CÓDIGO Y EL NCPP
5
10
15
20
25
30
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
COMPONENTE DE
FLAGRANCIA
65
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
66
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
COMPONENTE DE FLAGRANCIA
1.
CUESTIONES PRELIMINARES
A manera de introducción debe señalarse que el Decreto Legislativo número 1194, entro en
vigencia el 29 de noviembre del 2015 y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitió la Resolución
Administrativa número 347-2015-CE-PJ, a través de la cual se dictó lineamientos para el proceso
de implementación de los órganos jurisdiccionales a cargo del proceso inmediato.
El propósito de dicha norma fue brindar una respuesta irme, eicaz y pronta para luchar contra
la delincuencia común, pues con anterioridad a la emisión de la norma estos procesos duraban
mucho tiempo en resolverse. Actualmente, los delitos sometidos al proceso inmediato se resuelven
en horas o en pocos días, lo que lo convierte en un proceso célere y eicaz, y acorde con los
requerimientos de justicia penal que reclama la sociedad.
2.
OBJETIVOS
Desde la entrada en vigencia del citado Decreto Legislativo (2015) se ha implementado en los 33
Distritos Judiciales del país los órganos jurisdiccionales que conocen los procesos inmediatos: los
que conocen a exclusividad o en adición de funciones, sean estos como Juzgados de Investigación
Preparatoria, Juzgados Unipersonales o Colegiados y Salas de Apelaciones.
La responsabilidad de la gestión en este tópico se encuentra a cargo de la Secretaría Técnica de la
Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y bajo el control y supervisión
del señor doctor José Luis Lecaros Cornejo, juez Supremo Titular, miembro del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial y presidente de la Unidad del Equipo Técnico Institucional de Implementación del
Código Procesal Penal.
Actualmente, es esencial el monitoreo de la consolidación de los procesos inmediatos en el Perú.
En ese sentido, la unidad de lagrancia programa y realiza visitas de monitoreo a las distintas Corte
del país, con la inalidad de evaluar el funcionamiento del Código Procesal Penal en esos lugares e
identiicar los aciertos, las necesidades y los problemas, para formular soluciones a corto, mediano
y largo plazo.
Dentro de ese contexto, en los primero seis meses de este año, entre otros, se ha realizado el
monitoreo constante de los procesos inmediatos por delitos de lagrancia, pudiéndose advertir que
registra un incremento desde su entrada en vigencia e implementación. Al 27 de junio del 2017,
el número de procesos asciende a 81,344 requerimientos de incoación de proceso inmediato
ingresados, es decir se mantiene en un promedio de 4,784 procesos mensuales. Se tiene además
84,805 procesados al 27 de junio del 2017, lo cual reairma su plena vigencia y efectividad en el
juzgamiento y la descarga de procesos penales a cargo del Poder Judicial.
En los primero seis meses del 2017, se registra un crecimiento en el número de ingresos a
nivel nacional, ascendiendo la cifra a 28,769 requerimientos de incoación de proceso inmediato
67
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
ingresados, es decir con un promedio mensual de ingresos de 4,794 procesos desde el primero de
enero del año en curso; existiendo 29,615 procesados al 27 de junio del 2017.
Cabe resaltar que de las estadísticas reportadas correspondientes a ingresos se tiene que el Distrito
Judicial de Lambayeque es la Corte en la cual se produjo el más alto índice de ingresos a nivel
nacional durante los seis primeros meses del año en curso, con 3,876 requerimientos de incoación
de proceso inmediato registrados al 27 de junio del 2017, contándose además 3,942 procesados.
Acápite aparte es el alto promedio de ingresos que se registra en dicha Corte, pues según la
información estadística desde el 01 de enero del 2017 hasta el 27 de junio del 2017, mantiene
un promedio de 676 requerimientos de incoación de proceso inmediato mensuales. Esta cifra la
mantiene como la Corte Superior de Justicia a nivel nacional con mayor índice de ingresos tiene el
Proceso Inmediato.
En los que respecta a producción las estadísticas sobre Proceso Inmediato alcanzo el número
de 60,663 procesos resueltos, desde su entrada en vigencia el 29 de noviembre del 2015 hasta
el 27 de junio del 2017, registrando un efectividad de 74.57 % requerimientos de incoación de
procesos inmediatos ingresados que fueron resueltos, siendo el Distrito Judicial de Lima Sur, la
que reporto un incremento considerable en el número de ingresos por requerimientos de incoación
de proceso inmediato; con la salvedad de que el número de ingresos con la producción van de la
mano, alcanzándose un índice de 99.1% de procesos ingresados que han sido resueltos dentro de
los plazos indicados, lo cual merece destacarse.
3.
ESTADÍSTICAS DE LOS PRIMEROS SEIS MESES DEL AÑO 2017, SOBRE INGRESOS VERSUS
PRODUCCIÓN
REPORTE NACIONAL DEL 01 ENERO 2017 AL 27 DE JUNIO DEL 2017
CANTIDAD DE PROCESOS REGISTRADOS POR DISTRITO JUDICIAL
PROCESOS
%
PROCESOS
LAMBAYEQUE
3876
ICA
2545
PIURA
DISTRITO JUDICIAL
PROCESADOS
% PROCESADOS
13.473%
3942
13.311%
8.846%
2624
8.860%
1696
5.895%
1742
5.882%
AREQUIPA
1470
5.110%
1525
5.149%
LA LIBERTAD
1448
5.033%
1500
5.065%
DEL SANTA
1275
4.432%
1304
4.403%
LIMA ESTE
1248
4.338%
1269
4.285%
LIMA
1241
4.314%
1319
4.454%
HUANUCO
1113
3.869%
1133
3.826%
HUAURA
1106
3.844%
1135
3.833%
JUNIN
1059
3.681%
1069
3.610%
CUSCO
1010
3.511%
1058
3.573%
LIMA SUR
1006
3.497%
1064
3.593%
LIMA NORTE
978
3.399%
1031
3.481%
UCAYALI
902
3.135%
948
3.201%
68
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
TUMBES
816
2.836%
833
2.813%
SULLANA
762
2.649%
769
2.597%
LORETO
631
2.193%
669
2.259%
CAJAMARCA
570
1.981%
584
1.972%
PUNO
510
1.773%
520
1.756%
TACNA
495
1.721%
501
1.692%
CAÑETE
467
1.623%
469
1.584%
AYACUCHO
405
1.408%
418
1.411%
CALLAO
399
1.387%
409
1.381%
ANCASH
385
1.338%
393
1.327%
SAN MARTIN
227
0.789%
232
0.783%
APURIMAC
216
0.751%
219
0.739%
MADRE DE DIOS
215
0.747%
224
0.756%
HUANCAVELICA
176
0.612%
176
0.594%
MOQUEGUA
162
0.563%
168
0.567%
VENTANILLA
145
0.504%
151
0.510%
PASCO
128
0.445%
129
0.436%
AMAZONAS
87
0.302%
88
0.297%
TOTAL
28769
100.000%
29615
100.000%
REPORTE NACIONAL DEL 01 ENERO 2017 AL 27 DE JUNIO DEL 2017
REGISTRO DE DELITOS A NIVEL NACIONAL
DELITOS
PROCESOS
%
PROCESOS
PROCESADOS
% PROCESADOS
OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR
16892
58.716%
16892
57.039%
DELITOS DE PELIGRO COMUN
6908
24.012%
6930
23.400%
HURTO
1732
6.020%
2196
7.415%
LESIONES
1195
4.154%
1244
4.201%
ROBO
479
1.665%
616
2.080%
VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD
388
1.349%
406
1.371%
DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA
200
0.695%
214
0.723%
RECEPTACION
154
0.535%
187
0.631%
DELITO CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA
125
0.434%
133
0.449%
CORRUPCION DE FUNCIONARIOS
111
0.386%
112
0.378%
OFENSAS AL PUDOR PUBLICO
75
0.261%
76
0.257%
FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
49
0.170%
55
0.186%
VIOLACION A LA LIBERTAD DE TRABAJO
39
0.136%
42
0.142%
HOMICIDIO
39
0.136%
41
0.138%
ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES
37
0.129%
41
0.138%
DAÑOS
32
0.111%
40
0.135%
DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES
31
0.108%
41
0.138%
OTROS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO
31
0.108%
32
0.108%
69
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL
30
0.104%
31
0.105%
DELITOS CONTRA LA FE PUBLICA
26
0.090%
28
0.095%
VIOLACION DE DOMICILIO
25
0.087%
30
0.101%
USURPACION
24
0.083%
46
0.155%
CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
15
0.052%
16
0.054%
ATENTADOS CONTRA LA PATRIA POTESTAD
15
0.052%
15
0.051%
LIBRAMIENTO Y COBRO INDEBIDO
14
0.049%
17
0.057%
DELITOS MONETARIOS
14
0.049%
16
0.054%
ABIGEATO
13
0.045%
28
0.095%
EXTORSION
10
0.035%
13
0.044%
VIOLACION DE LA LIBERTAD PERSONAL
9
0.031%
9
0.030%
PROXENETISMO
8
0.028%
9
0.030%
ATENTADOS CONTRA EL SISTEMA CREDITICIO
7
0.024%
7
0.024%
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA
6
0.021%
6
0.020%
CONTRABANDO
6
0.021%
8
0.027%
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
5
0.017%
5
0.017%
DELITO COMETIDO POR FUNCIONARIO PUBLICO
5
0.017%
7
0.024%
DELITO INFORMATICO
3
0.010%
3
0.010%
ABORTO
3
0.010%
3
0.010%
DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
2
0.007%
3
0.010%
CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE COMUNICACIÓN Y OTROS
SERVICIOS PUBLICOS
2
0.007%
2
0.007%
DELITOS CONTRA LA PAZ PUBLICA
2
0.007%
2
0.007%
DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL
2
0.007%
2
0.007%
TRAFICO ILICITO DE PERSONAS
1
0.003%
2
0.007%
VIOLACION DE LA INTIMIDAD
1
0.003%
1
0.003%
CONTRA EL PATRIMONIO
1
0.003%
1
0.003%
INJURIA, CALUMNIA Y DIFAMACION
1
0.003%
1
0.003%
CONTRA LOS DERECHOS INTELECTUALES
1
0.003%
5
0.017%
DELITOS FINANCIEROS
1
0.003%
1
0.003%
TOTAL
28769
100.000%
29615
100.000%
FUENTE: SIJ Nacional
70
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
4.15%
1.66% 1.35%
4.08%
6.02%
OMISION DE ASISTENCIA
FAMILIAR
DELITOS DE PELIGRO COMUN
58.72%
24.01%
HURTO
LESIONES
ROBO
PRODUCCIÓN MENSUAL DE LOS JIP–CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
DE ENERO A JUNIO DE 2017
SEDE
ANSELMO
BARRETO LEON
SURCO
SURQUILLO
ORGANO JURISIDICCIONAL
ENE
FEB
MAR
ABR
MAY
JUN
TOTALES
3° Juzgado de Investigación Preparatoria
85
53
102
92
159
254
745
4° Juzgado de Investigación Preparatoria
79
70
108
82
149
270
758
5° Juzgado Penal Unipersonal
0
0
43
45
38
33
159
6° Juzgado Penal Unipersonal
0
0
45
43
39
32
159
7° Juzgado Penal Unipersonal
48
31
0
0
0
0
79
8°Juzgado Penal Unipersonal
46
32
0
0
0
0
78
Juzgado Penal Colegiado
7
4
0
7
1
3
22
Juzgado de Investigación Preparatoria de Surco
21
23
48
38
32
39
201
Juzgado Penal Unipersonal de Surco
9
3
12
5
14
12
55
Juzgado de Investigación Preparatoria de Surquillo
30
19
38
31
34
52
204
Total
2460
(*)7° y 8° Juzgado Unipersonal cierre turno hasta el 31 de junio
71
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
PRODUCCIÓN MENSUAL DE LOS JUP-CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
DE ENERO A JUNIO DE 2017
SEDE
ANSELMO
BARRETO
LEON
SURCO
SURQUILLO
ORGANO JURISIDICCIONAL
ENE
FEB
MAR
ABR
MAY
JUN
TOTALES
3° Juzgado de Investigación Preparatoria
31
87
44
53
64
36
315
4° Juzgado de Investigación Preparatoria
30
40
94
64
71
43
342
5° Juzgado Penal Unipersonal
1
3
2
16
25
18
65
6° Juzgado Penal Unipersonal
4
0
2
14
17
18
55
7° Juzgado Penal Unipersonal
13
21
38
23
31
17
143
(*)
8°Juzgado Penal Unipersonal
5
7
35
20
43
34
144
(*)
Juzgado Penal Colegiado
1
3
1
0
1
3
9
Juzgado de Investigación Preparatoria de Surco
21
15
50
39
33
23
181
Juzgado Penal Unipersonal de Surco
8
2
12
7
10
8
47
Juzgado de Investigación Preparatoria de
Surquillo
23
20
11
26
20
32
132
5° y 6° Juzgado Unipersonal a partir del 01 de marzo del presente año, asumió competencia para tramitar Procesos Inmediatos
como Juzgado Unipersonal, antes formaban Colegiado a exclusividad.
(*) 7° y 8° Juzgado Unipersonal con cierre turno hasta el 30 de junio.
4.
ESTADISTICAS SOBRE EL PROCESO INMEDIATO AL AÑO Y MEDIO DE SU IMPLEMENTACIÓN
PROCESOS REGISTRADOS POR DISTRITO JUDICIAL
72
DISTRITO JUDICIAL
PROCESOS
% PROCESOS
PROCESADOS
% PROCESADOS
LAMBAYEQUE
10234
12.581%
10497
12.378%
ICA
6983
8.585%
7191
8.479%
PIURA
4781
5.878%
5056
5.962%
LA LIBERTAD
4504
5.537%
4727
5.574%
AREQUIPA
4127
5.074%
4307
5.079%
DEL SANTA
3712
4.563%
3827
4.513%
HUAURA
3471
4.267%
3606
4.252%
LIMA
3430
4.217%
3747
4.418%
LIMA ESTE
3305
4.063%
3426
4.040%
CUSCO
3174
3.902%
3385
3.992%
JUNIN
3049
3.748%
3088
3.641%
HUANUCO
3019
3.711%
3093
3.647%
TUMBES
2553
3.139%
2644
3.118%
LORETO
2535
3.116%
2649
3.124%
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
LIMA NORTE
2471
3.038%
2650
3.125%
UCAYALI
2301
2.829%
2475
2.918%
SULLANA
2094
2.574%
2172
2.561%
LIMA SUR
2031
2.497%
2228
2.627%
CAJAMARCA
1773
2.180%
1828
2.156%
PUNO
1762
2.166%
1814
2.139%
ANCASH
1228
1.510%
1270
1.498%
TACNA
1211
1.489%
1253
1.478%
CAÑETE
1189
1.462%
1194
1.408%
AYACUCHO
1157
1.422%
1226
1.446%
CALLAO
1095
1.346%
1160
1.368%
MADRE DE DIOS
1068
1.313%
1103
1.301%
SAN MARTIN
632
0.777%
648
0.764%
HUANCAVELICA
484
0.595%
488
0.575%
APURIMAC
460
0.565%
468
0.552%
MOQUEGUA
429
0.527%
458
0.540%
PASCO
414
0.509%
421
0.496%
VENTANILLA
379
0.466%
411
0.485%
AMAZONAS
289
0.355%
295
0.348%
TOTAL
81344
100.000%
84805
100.000%
FUENTE: SIJ Nacional
PROCESOS REGISTRADOS POR DELITOS A NIVEL NACIONAL
DELITOS
PROCESOS
%
PROCESOS
PROCESADOS
%
PROCESADOS
OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR
44907
55.206%
44907
52.953%
DELITOS DE PELIGRO COMUN
20472
25.167%
20620
24.315%
HURTO
5610
6.897%
7204
8.495%
ROBO
2369
2.912%
3167
3.734%
LESIONES
2232
2.744%
2368
2.792%
VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD
1125
1.383%
1196
1.410%
DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA
859
1.056%
945
1.114%
CORRUPCION DE FUNCIONARIOS
594
0.730%
605
0.713%
RECEPTACION
550
0.676%
665
0.784%
DELITO CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA
484
0.595%
498
0.587%
OFENSAS AL PUDOR PUBLICO
318
0.391%
322
0.380%
HOMICIDIO
203
0.250%
207
0.244%
FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
170
0.209%
191
0.225%
VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL
167
0.205%
170
0.200%
DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES
128
0.157%
245
0.289%
ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES
125
0.154%
159
0.187%
OTROS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO
87
0.107%
91
0.107%
73
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
DAÑOS
86
0.106%
112
0.132%
USURPACION
79
0.097%
174
0.205%
DELITOS CONTRA LA FE PUBLICA
77
0.095%
82
0.097%
EXTORSION
77
0.095%
98
0.116%
VIOLACION A LA LIBERTAD DE TRABAJO
70
0.086%
81
0.096%
ABIGEATO
56
0.069%
100
0.118%
VIOLACION DE DOMICILIO
55
0.068%
62
0.073%
DELITOS MONETARIOS
50
0.061%
61
0.072%
CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
47
0.058%
52
0.061%
LIBRAMIENTO Y COBRO INDEBIDO
37
0.045%
41
0.048%
PROXENETISMO
32
0.039%
42
0.050%
ATENTADOS CONTRA LA PATRIA POTESTAD
32
0.039%
32
0.038%
VIOLACION DE LA LIBERTAD PERSONAL
31
0.038%
42
0.050%
DELITO COMETIDO POR FUNCIONARIO PUBLICO
23
0.028%
28
0.033%
CONTRABANDO
20
0.025%
23
0.027%
CONTRA EL PATRIMONIO
15
0.018%
17
0.020%
DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL
15
0.018%
17
0.020%
ABORTO
15
0.018%
19
0.022%
ATENTADOS CONTRA EL SISTEMA CREDITICIO
13
0.016%
13
0.015%
DELITOS CONTRA LA PAZ PUBLICA
12
0.015%
22
0.026%
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
11
0.014%
11
0.013%
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA
10
0.012%
12
0.014%
VENTA ILICITA DE MERCADERIAS
10
0.012%
10
0.012%
EXPOSICION A PELIGRO O ABANDONO DE PERSONAS EN PELIGRO
10
0.012%
11
0.013%
CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE COMUNICACIÓN Y OTROS
SERVICIOS PUBLICOS
9
0.011%
19
0.022%
DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
9
0.011%
11
0.013%
DELITO INFORMATICO
7
0.009%
8
0.009%
DELITOS CONTRA EL DERECHO DE SUFRAGIO
6
0.007%
6
0.007%
TRATA DE PERSONAS
5
0.006%
6
0.007%
CONTRA LOS DERECHOS INTELECTUALES
5
0.006%
11
0.013%
VIOLACION DE LA INTIMIDAD
4
0.005%
4
0.005%
INJURIA, CALUMNIA Y DIFAMACION
4
0.005%
4
0.005%
TRAFICO ILICITO DE PERSONAS
4
0.005%
6
0.007%
DELITOS FINANCIEROS
3
0.004%
3
0.004%
ELABORACION CLANDESTINA DE PRODUCTOS
2
0.002%
2
0.002%
CONTRA LA TRANQUILIDAD PUBLICA
1
0.001%
1
0.001%
CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES
1
0.001%
1
0.001%
DELITOS COMETIDOS POR PARTICULARES
1
0.001%
1
0.001%
TOTAL
81344
100.000%
84805
100.000%
FUENTE: SIJ Nacional
74
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
DELITOS A NIVEL NACIONAL
1.38%
8.43%
2.91%
OMISION DE ASISTENCIA
FAMILIAR
6.90%
DELITOS DE PELIGRO COMUN
55.21%
25.17%
HURTO
ROBO
VIOLENCIA Y RESISTENCIA
A LA AUTORIDAD
REPORTE NACIONAL DE PROCESOS RESUELTOS 2015 - 2016
dic15
ene16
feb16
mar16
abr16
may16
jun16
jul16
ago16
sep16
oct16
nov16
AMAZONAS
4
6
15
15
15
12
12
16
11
24
18
3
Distrito Judicial
nov-15
dic-16
ANCASH
10
11
10
16
26
20
36
37
42
61
66
48
32
APURIMAC
3
8
22
12
17
19
25
14
24
28
21
8
4
AREQUIPA
29
63
24
90
157
120
157
186
193
230
233
133
61
AYACUCHO
10
28
15
26
26
53
29
36
58
81
46
44
15
CAJAMARCA
5
35
49
62
79
48
91
75
105
101
108
67
4
65
2
16
36
40
32
35
63
38
44
31
7
CALLAO
CAÑETE
8
16
10
16
26
17
26
28
45
54
64
53
26
CUSCO
38
66
51
81
107
138
142
141
207
217
170
107
33
34
83
45
121
131
163
178
168
172
187
177
118
25
10
9
12
19
15
12
13
22
11
18
21
3
DEL SANTA
1
HUANCAVELICA
HUANUCO
9
77
32
94
112
119
152
126
150
169
149
106
17
HUAURA
38
71
104
140
153
131
177
156
197
207
162
131
53
ICA
67
109
76
194
195
279
281
206
290
342
384
294
32
JUNIN
15
22
82
116
79
104
126
119
149
155
180
115
27
LA LIBERTAD
27
110
93
197
163
152
161
163
174
229
217
141
27
LAMBAYEQUE
25
115
35
110
194
260
300
406
496
597
610
266
77
LIMA ESTE
17
58
58
56
81
106
111
124
113
172
173
133
104
LIMA NORTE
30
45
68
50
82
97
104
124
127
101
141
122
120
LIMA SUR
20
28
61
58
63
47
62
65
72
81
78
65
80
LORETO
17
48
16
50
42
87
77
76
67
85
107
34
MADRE DE DIOS
9
24
32
45
45
85
71
51
69
61
48
56
19
MOQUEGUA
6
19
21
18
23
21
12
10
25
30
20
13
8
PASCO
2
3
5
4
15
16
10
16
23
42
7
2
PIURA
43
70
33
150
159
182
152
188
234
261
320
187
50
PUNO
4
32
11
57
62
57
83
65
53
91
77
35
9
75
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
SAN MARTIN
4
10
11
11
12
16
18
21
18
30
34
19
5
SULLANA
15
26
10
46
47
64
79
89
111
144
150
88
30
TACNA
23
24
18
30
30
30
28
61
44
65
86
70
36
TUMBES
26
46
63
76
102
81
161
145
95
153
139
97
46
UCAYALI
11
26
41
49
47
62
53
93
73
152
130
135
59
VENTANILLA
1
7
15
22
7
11
15
14
21
22
17
12
14
550
1361
1132
2041
2341
2651
2979
3061
3536
4202
4229
2759
1025
Total
1
REPORTE NACIONAL DE PROCESOS RESUELTOS 2017
76
Distrito Judicial
ene-17
feb-17
mar-17
abr-17
may-17
jun-17
AMAZONAS
11
15
15
11
24
12
ANCASH
68
113
147
96
98
19
APURIMAC
31
30
31
30
44
56
AREQUIPA
264
200
297
341
366
133
AYACUCHO
73
85
88
88
101
31
CAJAMARCA
127
87
125
135
118
88
CALLAO
48
36
73
49
67
25
CAÑETE
77
39
102
96
108
84
CUSCO
151
129
220
211
282
64
DEL SANTA
98
217
248
311
350
76
HUANCAVELICA
12
24
54
37
32
34
HUANUCO
97
166
237
168
213
131
HUAURA
184
183
239
191
260
162
ICA
369
380
598
551
769
272
JUNIN
153
227
263
204
228
167
LA LIBERTAD
286
241
253
298
445
274
LAMBAYEQUE
446
726
748
759
996
765
LIMA ESTE
174
167
240
221
308
122
LIMA NORTE
107
85
165
157
254
125
LIMA SUR
91
82
98
65
45
61
LORETO
81
65
216
189
165
35
MADRE DE DIOS
37
71
60
51
95
36
MOQUEGUA
22
20
21
25
27
18
PASCO
25
17
23
22
26
16
PIURA
364
312
99
105
229
271
PUNO
64
79
118
108
143
66
SAN MARTIN
30
23
27
38
36
14
SULLANA
124
146
101
116
255
127
TACNA
57
98
86
78
92
87
TUMBES
148
148
193
149
223
161
UCAYALI
75
106
129
73
171
87
VENTANILLA
14
28
22
15
12
17
Total
3908
4345
5336
4988
6582
3636
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
INGRESOS VS RESUELTOS
7000
6605
6582
6000
5336
4898 4837
4786
5000
4742
4187
4000
5065
4520
4887
4202
3931
5064
46144988
4333
4229
3959
3908
4345
4137
4271
3536
3000
2000
2041
2341
2979 3061
1361
1132
1025
868
550
1
16
INGRESOS
5.
2759
1707
1000
0
2651
4078
3636
RESUELTOS
nov15
dic15
ene16
feb16
mar16
abr16
may16
jun16
jul16
ago16
sep16
oct16
nov16
dic16
INGRESOS
16
1707
4187
3931
4742
4898
4837
4786
4520
5065
4887
4333
3959
868
RESUELTOS
1
550
1361
1132
2041
2341
2651
2979
3061
3536
4202
4229
2759
1025
ene-17
feb-17
mar-17
abr-17
may-17
jun-17
INGRESOS
6605
4137
4614
4271
5064
4078
RESUELTOS
3908
4345
5336
4988
6582
3636
DETENCIÓN PRELIMINAR Y DETENCIÓN JUDICIAL EN FLAGRANCIA:
Resulta de relevancia para el aianzamiento y fortalecimiento del proceso Inmediato que se tomen
medidas pertinentes, a in de impulsar la adecuada aplicación de las normas existentes, como es el
caso del Decreto Legislativo número 1298, que regula el tratamiento y la aplicación de la Detención
Preliminar y la Detención Judicial en Flagrancia.
En ese sentido, desde el punto de vista del Poder Judicial, es necesario que se efectivicen procedimientos
técnicos, principalmente en el Sistema Informático Judicial (SIJ), a in de asegurar el adecuado tramite
y registro de las solicitudes de Detención preliminar y Detención Judicial de Flagrancia, regulados en
el Decreto Legislativo N° 1298 para el trámite de los Procesos Inmediatos.
Sobre el particular se debe de precisar que el Decreto Legislativo N° 1298 regula la Detención
Preliminar en los procesos penales tramitados de acuerdo al nuevo Código Procesal Penal, incluidos
77
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
los procesos inmediatos o por lagrancia delictiva – Decreto Legislativo N° 1194; siendo el caso que
bajo los alcances de dicha norma se faculta al representante del Ministerio Público (Fiscal provincial
penal) a in de que en el caso que habiendo realizado las investigaciones no obtenga los medios de
prueba dentro de las 24 horas -plazo para incoar proceso inmediato, pueda solicitar dentro de las 12
primeras horas al Juez de la Investigación Preparatoria de Flagrancia, la Detención Preliminar
del investigado hasta por 7 días, no siendo necesario que lo extienda por el total, sino por el plazo
que considere pertinente y necesario para obtener sus medios de prueba y así llevar dicha causa
como un Proceso Inmediato.
La presidencia de la Unidad del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal
Penal, solicitó a la administración del módulo penal de las Cortes Superiores de Justicia a nivel
nacional [Oicio Circular N° 24-2017-P-ETI PENAL-CPP/PJ], a in de que informen sobre la cantidad
de Detenciones Preliminares en Flagrancia que fueron solicitadas por el Ministerio Público desde la
entrada en vigencia de dicha norma, esto es el día 30 de enero del 2017, habiendo emitido informe a
la fecha 29 Cortes en los términos expuestos en los referidos informes.
En esa línea de ideas surge la necesidad de parte de las instituciones comprometidas con la
administración de justicia en materia penal, esto es Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de
Justicia y Ministerio del Interior, se de impulso a esta novísima institución como es el caso de la
Detención Preliminar en Flagrancia, para lo cual a iniciativa del Ministerio de Justicia se conforma la
Mesa de Trabajo para ver la problemática de la aplicación del Decreto Legislativo N° 1298 en los 33
Distritos Judiciales del país por los Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados Unipersonales o
Colegiados de Flagrancia y Salas de Apelaciones.
En tal sentido, a raíz de las tareas ijadas en la primera reunión de coordinación interinstitucional
del Grupo de Trabajo constituidos en el “Seguimiento, monitoreo y evaluación del Protocolo de
Actuación Interinstitucional para la aplicación del Decreto Legislativo N° 1298, que regula la
Detención Preliminar y la Detención Judicial En Flagrancia”, a la que asistió el señor doctor Marco
Antonio Palomino Valencia en su condición de Secretario Técnico de la Unidad Técnica Institucional de
Código Procesal Penal y se tomó como primera medida de parte de la Secretaria Técnica a su cargo
que se recabe la información antes mencionada, sobre la cual ha sido recogida en una pequeña base
de datos a cargo del ingeniero Martin Cortegana Villegas, quien se encargó de procesar la información
que el suscrito recabo y recopiló en los términos antes señalados.
A través de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código
Procesal Penal se emitió el Oicio Circular N° 34-2017-ST-ETI PENAL/PJ mediante el cual se requirió
a la administración del módulo penal de las 33 Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, a in de
que dentro del segundo día cumplan con informar respecto a la aplicación de la Detención preliminar
y la Detención Judicial en Flagrancia al amparo de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1298.
Respecto a la información solicitada, se incidió en que el informe debía versar sobre la cantidad de
requerimientos de Detención preliminar y Detención Judicial en Flagrancia presentados desde el 30
de enero del 2017, fecha desde la cual se encuentra en vigencia la referida norma en el territorio
nacional. Las Cortes Superiores de Justicia cumplieron con remitir la información solicitada, en
mérito de lo cual se brindó la información respectiva al Grupo de Trabajo Interinstitucional a cargo
78
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
del Ministerio de Justicia, el mismo que luego de su última reunión encargo al Poder Judicial que
incorpore en el Sistema Integrado Judicial las opciones de registro y seguimiento de las solicitudes
de Detención Preliminar y Detención Judicial en Flagrancia, con la inalidad de gestionar de mejor
manera el trámite de las mismas y medir la cantidad de requerimientos presentados por el Ministerio
Público.
En mérito de ello la Secretaria Técnica de la Unidad del Equipo Técnico Institucional de Implementación
del Código Procesal Penal, curso el oicio respectivo a la Gerencia de Informática de la Gerencia
General del Poder Judicial a in de que se efectivice dicho pedido en el más corto plazo, por lo que a
la fecha ya se produjo las reunión de trabajo con dicho in, estando próximos a que se concrete dicha
solicitud.
79
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
80
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
COMPONENTE DE
CAPACITACIÓN
81
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
82
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
ÁREA DE CAPACITACIÓN
1.
ANTECEDENTES
Con fecha 08 de febrero de 2017, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución
Administrativa número 054-2017-CE-PJ, aprueba el “Plan Anual de Acciones del Equipo Técnico
Institucional de Implementación del Código Procesal Penal”.
2.
ANÁLISIS
1.
La Reforma Procesal Penal signiicó un cambio normativo hacia la reconducción constitucional de
su normatividad y una transformación en la cultura jurídico-institucional. En efecto, la metodología
del Nuevo Código Procesal Penal admite diversas alternativas procesales que excluyen o
aceleran el juicio oral, para solucionar los conlictos penales (salidas alternativas y mecanismos
de simpliicación procesal), pero además supone la puesta en marcha de un nuevo modelo de
gestión, que se traduce en la implementación de despachos de carácter corporativo, innovación
cuya funcionalidad depende de la continua retroalimentación por parte de los funcionarios a
cargo.
2.
Este cambio cultural, se traduce en el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal,
aprobado en el año 2014 (mediante Decreto Supremo N° 003-2014-JUS). Dicho plan deine siete
ámbitos de intervención a trabajar por cada distrito judicial, así tenemos:
2.1
2.2
2.3
2.4
2.5
2.6
2.7
3.
El modelo de dirección a cargo de las Comisiones Distritales de Implementación.
La uniicación normativa de la aplicación del Código Procesal Penal.
El modelo de relación o alineamiento de la metodología de trabajo de los operadores.
La adecuación de las estructuras de las instituciones al nuevo modelo.
El mejoramiento de la gestión de los procesos.
El uso de tecnologías de información y comunicación.
La difusión interna y externa de los roles y beneicios del nuevo modelo procesal penal.
En ese contexto, el Decreto Supremo N° 002-2016-JUS, que modiica el “Calendario Oicial de
Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal” y oicializa el “Plan Interinstitucional de Capacitación
y Difusión del Código Procesal Penal”, en las Disposiciones Complementarias Finales, estableció lo
siguiente:
Primera. El “Plan Interinstitucional de Capacitación y Difusión del Código Procesal Penal” es de
aplicación obligatoria a nivel nacional en todos los órganos e instituciones involucradas en el proceso
de reforma procesal penal.
Segunda. La Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal,
asistirá técnicamente en coordinación con los Equipos Técnicos Institucionales de cada institución, a
las Comisiones Distritales en el proceso de implementación a nivel local del “Plan Interinstitucional de
Capacitación y Difusión del Código Procesal Penal”.
83
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
3.
AVANCES DE LA LABOR EN EL PERIODO DE 2015-2017
En el transcurso del periodo 2015-2017, se ha logrado capacitar a un aproximado de 7500 personas
entre Magistrados, Personal Jurisdiccional y Administrativo de la Especialidad Penal. Asimismo, se ha
transmitido los certámenes de capacitación, a través de video conferencia (polycom), a las diferentes
Cortes Superiores de Justicia, a nivel nacional.
En los años 2015-2017, se ha logrado gestionar pasantías nacionales e internacionales, mediante el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para las diferentes Cortes Superiores de Justicia del país.
En ese sentido, los resultados que se vienen obteniendo en el Componente de Capacitación de la
Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, en favor del Estado en el servicio
de Administración de Justicia Penal, buscando sensibilizar a la ciudadanía y los operadores, respecto
de la necesidad de consolidar la Reforma Procesal Penal, son gratiicantes. En ese contexto podemos
mencionar los siguientes eventos realizados:
2015
N°
NOMBRE
FECHA
17 de Abril de 2015
01
CURSO TALLER PRESUPUESTO POR
RESULTADOS EN EL MARCO DE LA
REFORMA PROCESAL PENAL
02
SEMINARIO INTERNACIONAL DE
DERECHO PROCESAL PENAL
RESPONSABLE
PÚBLICO OBJETIVO
CSJ Ancash - CSJ Callao (ETI Distrital)
200 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes.
15:00 – 18:00 horas
Del 28 al 30 de Abril de 2015
CSJ Lima Este - ETI PENAL
15:00 – 18:00 horas
EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA”
Del 15 de Mayo al 30 de Junio de
2015
03
CURSO FORMADOR DE FORMADORES
08:00 – 13:00 horas
200 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes.
ETI PENAL - AMAG
38 participantes
(Magistrados de las CSJ,
a nivel nacional)
Ancash - CSJ Callao (ETI Distrital)
200 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes.
14:00 – 18:00 horas
04
05
06
CURSO DE CAPACITACIÓN
ESPECIALIZADO EN EL CÓDIGO
PROCESAL PENAL
PASANTIA INTERNACIONAL DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
LIMA SUR
CURSO SOBRE SIMPLIFICACIÓN
PROCESAL Y PROCESOS ESPECIALES
EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL
17 de Julio de 2015
15:00 – 18:00 horas
CSJ Lima Sur - ETI PENAL
Del 31 de Agosto al 04 de Septiembre
de 2015
Del 26 de Agosto al 05 de Octubre
de 2015
08:00 – 13:00 horas
República de Panamá / República de
Costa Rica
ETI PENAL - AMAG
EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA”
25 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de la CSJ
de Lima Sur)
150 participantes
(Magistrados de las CSJ,
a nivel de Lima y Callao)
14:00 – 18:00 horas
07
EL SISTEMA DE COOPERACIÓN
JUDICIAL INTERNACIONAL EN
MATERIA PENAL
84
Del 17 de Octubre al 13 de Noviembre
15:00 – 18:00 horas
Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Callao
/ CSJ La Libertad / CSJ La Lambayeque
/ CSJ Piura)
150 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes.
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
08
09
10
11
12
TALLER DE CAPACITACIÓN:
ENTRADA EN VIGENCIA DEL
PROCESO INMEDIATO EN CASOS DE
FLAGRANCIA (D.LEG. N° 1194)
“I TALLER PARTICIPATIVO:
FORMADORES DEL ETI PENAL”
SEGÚN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL
(D.LEG. N° 957)
CURSO-TALLER “CAPACITACIÓN
PARA MAGISTRADOS Y PERSONAL
JURISDICCIONAL DE LOS NUEVOS
JUZGADOS EXCLUSIVOS DE
FLAGRANCIA EN APLICACIÓN DEL
D.LEG.N° 1194”
CURSO-TALLER “CAPACITACIÓN
PARA MAGISTRADOS Y PERSONAL
JURISDICCIONAL DE LOS NUEVOS
JUZGADOS EXCLUSIVOS DE
FLAGRANCIA EN APLICACIÓN DEL
D.LEG.N° 1194”
“EL PROCESO INMEDIATO EN
FLAGRANCIA: A QUINCE DÍAS DE LA
APLICACIÓN DEL D.LEG. N° 1194”
Del 30 de Octubre al 28 de Noviembre
de 2015
15:00 – 18:00 horas
ETI PENAL
EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA”
Del 26 al 27 de Noviembre de 2015
ETI PENAL
08:00 – 17:00 horas
GRAN “HOTEL BOLIVAR”
09 de Diciembre de 2015
Defensa Pública - ETI PENAL
15:00 – 18:00 horas
EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA”
Del 15 al 18 de Diciembre de 2015
15:00 – 18:00 horas
ETI PENAL
EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA” / SALA
N° 333 (Palacio de Justicia)
17 de Diciembre de 2015
CSJ Lima - ETI PENAL
17:00 – 19:00 horas
EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA”
150 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de las
CSJ, a nivel de Lima y
Callao)
38 participantes
(Magistrados de las CSJ,
a nivel nacional)
300 participantes
(Defensores Públicos de
los Distritos Judiciales
de Lima, Lima Norte,
Lima Sur, Lima Este,
Ventanilla y Callao)
150 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de las
CSJ, a nivel de Lima y
Callao)
200 participantes
(Jueces, Fiscales,
Procuradores, Abogados
y Asistentes Fiscales y/o
Jurisdiccionales)
2016
13
14
15
16
17
18
19
CONFERENCIA “EL PROCESO
INMEDIATO SEGÚN EL D.LEG. N°
1194”
I CONGRESO INTERNACIONAL DE
FLAGRANCIA
II CONGRESO INTERNACIONAL DE
FLAGRANCIA
III CONGRESO INTERNACIONAL DE
FLAGRANCIA
“I ENCUENTRO DE
ADMINISTRADORES, SUB
ADMINISTRADORES Y AGENDADORES
DE AUDIENCIA DEL NCPP”
“II TALLER PARTICIPATIVO:
FORMADORES DEL ETI PENAL”
SEGÚN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL
(D.LEG. N° 957)
CONFERENCIAS POR LA
IMPLEMENTACIÓN DEL NPP
(VENTANILLA)
Del 11 al 15 de Enero de 2016
CSJ Lima - ETI PENAL
15:00 – 18:00 horas
EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA”
Embajada Británica - ETI PENAL
500 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de las
CSJ, a nivel de Lima y
Callao)
ETI PENAL - CNF
500 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de las
CSJ, a nivel de Lima y
Callao)
ETI PENAL - CNF
500 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de las
CSJ, a nivel de Lima y
Callao)
Del 27 al 29 de Enero de 2016
15:00 – 18:00 horas
Del 08 al 09 de Marzo de 2016
15:00 – 18:00 horas
Del 11 al 12 de Abril de 2016
15:00 – 18:00 horas
Del 13 al 15 de Abril de 2016
ETI PENAL
08:00 – 18:00 horas
Centro de Convenciones “ROMERO”
Del 21 al 22 de Abril de 2016
ETI PENAL
08:00 – 18:00 horas
HOTEL WINMEIER
Del 21 al 22 de Abril de 2016
15:00 – 18:00 horas
200 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
CSJ Ventanilla - ETI PENAL
AUDITORIO “MEJOR ATENCIÓN AL
CIUDADANO”
95 participantes
(Personal administrativo,
a nivel nacional)
38 participantes
(Magistrados de las CSJ,
a nivel nacional)
200 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
85
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
20
21
COOPERACIÓN JURÍDICA
INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE
JUSTICIA
COOPERACIÓN JURÍDICA
INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE
JUSTICIA
Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Puno)
50 participantes (Jueces,
Personal Jurisdiccional y
Personal Administrativo,
Abogados y Estudiantes)
Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ
Ventanilla)
50 participantes (Jueces,
Personal Jurisdiccional y
Personal Administrativo,
Abogados y Estudiantes)
07 de Abril de 2016
15:00 – 18:00 horas
13 de Abril de 2016
15:00 – 18:00 horas
ETI PENAL – CNF
22
I SEMINARIO INTERNACIONAL DE
PROCESO INMEDIATO
Del 09 al 12 de Mayo de 2016
CSJ Lima – CSJ Lima Sur
15:00 – 18:00 horas
CSJ Lima Norte – CSJ Lima Este
500 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de las
CSJ, a nivel de Lima y
Callao)
CSJ Callao – CSJ Ventanilla
23
24
25
25
26
27
28
29
30
I CICLO DE CONFERENCIAS SOBRE
EL SISTEMA ACUSATORIO, DERECHO
PROBATORIO Y PROCESO INMEDIATO
Del 19 al 20 de Mayo de 2016
COOPERACIÓN JURÍDICA
INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE
JUSTICIA
16 de Junio de 2016
COOPERACIÓN JURÍDICA
INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE
JUSTICIA
23 de Junio de 2016
COOPERACIÓN JURÍDICA
INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE
JUSTICIA
15 de Julio de 2016
CURSO-TALLER EN MATERIA DE
INFORMÁTICA Y ESTADÍSTICA (OCMA)
PASANTÍA INTERNACIONAL DE
LOS FORMADORES DEL ETI PENAL
(Ecuador)
PASANTÍA INTERNACIONAL DEL ETI
PENAL – ETI DISTRITAL (Costa Rica)
CURSO FORMADOR DE FORMADORES
PARA EL REFORZAMIENTO DE
HABILIDADES DE FACILITACIÓN PARA
EL APRENDIZAJE
CONFERENCIA MAGISTRAL
INTERNACIONAL “LOS RETOS DE LA
ORALIDAD Y LOS NUEVOS MODELOS
DE GESTIÓN JUDICIAL”
ETI PENAL - CNF
500 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de las
CSJ, a nivel de Lima y
Callao)
Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Cusco)
50 participantes (Jueces,
Personal Jurisdiccional y
Personal Administrativo,
Abogados y Estudiantes)
Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Tacna)
50 participantes (Jueces,
Personal Jurisdiccional y
Personal Administrativo,
Abogados y Estudiantes)
Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Lima)
50 participantes (Jueces,
Personal Jurisdiccional y
Personal Administrativo,
Abogados y Estudiantes)
OCMA - ETI PENAL
80 participantes (Jueces,
Personal Jurisdiccional y
Personal Administrativo
de la OCMA)
República de Ecuador - ETI PENAL
13 participantes
(Formadores del ETI
PENAL)
República de Costa Rica - ETI PENAL
20 participantes
(Personal del ETI PENAL
- ETI DISTRITAL)
ETI PENAL - AMAG
30 participantes
(Formadores del ETI
PENAL)
15:00 – 18:00 horas
15:00 – 18:00 horas
15:00 – 18:00 horas
15:00 – 18:00 horas
Del 22 al 23 de Agosto de 2016
15:00 – 18:00 horas
Del 21 al 26 de Agosto de 2016
08:00 – 18:00 horas
Del 11 al 16 de Septiembre de 2016
08:00 – 18:00 horas
Del 25 al 27 de Noviembre de 2016
08:00 – 13:00 horas
14:00 – 18:00 horas
ETI PENAL
14 de Octubre de 2016
CSJ Lima Sur
15:00 – 18:00 horas
EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA”
ETI PENAL
31
VI CONGRESO INTERNACIONAL DE
DERECHO PROCESAL PENAL
Del 21 al 22 de Octubre de 2016
CSJ Piura
08:00 – 18:00 horas
COLEGIO DE INGENIEROS DE CD-PIURA
32
PASANTIA INTERNACIONAL DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
LIMA SUR
86
Del 21 al 25 de Noviembre de 2016
CSJ Lima Sur - ETI PENAL
08:00 – 18:00 horas
República de Argentina (Córdova)
500 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
500 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
15 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de la CSJ
de Lima Sur)
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
33
34
PASANTIA INTERNACIONAL DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
LIMA NORTE
IV CONGRESO INTERNACIONAL DE
FLAGRANCIA
Del 21 al 23 de Noviembre de 2016
CSJ Lima Norte - ETI PENAL
08:00 – 18:00 horas
República de Ecuador (Huaquillas)
Del 28 al 30 de Noviembre de 2016
ETI PENAL - CNF
15:00 – 18:00 horas
18 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de la CSJ
de Lima Norte)
500 participantes
(Magistrados y Personal
Jurisdiccional de las
CSJ, a nivel de Lima y
Callao)
2017
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
“II ENCUENTRO DE
ADMINISTRADORES, SUB
ADMINISTRADORES Y AGENDADORES
DE AUDIENCIA DEL NCPP”
CURSO-TALLER DE CAPACITACIÓN
SOBRE LOS CONTENIDOS DEL PpR
PENAL
Del 15 al 18 de Marzo de 2017
08:00 – 18:00 horas
Hotel&Resorts “VILLA SOL”
(Lunahuaná,Cañete,Lima)
Del 29 al 30 de Marzo de 2017
ETI PENAL
08:00 – 18:00 horas
Corte Suprema (Lima)
ETI PENAL
CURSO-TALLER EN MATERIA DE
INFORMÁTICA Y ESTADÍSTICA (OCMA)
Por deinir
CURSO VIRTUAL DE PROCESO
INMEDIATO: EN CASOS DE
FLAGRANCIA (D.LEG. N° 1194)
Del 06 de Marzo al 28 de Abril de
2017
CURSO POR LA ENTRADA EN
FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD
FLAGRANCIA EN LA CSJ CAJAMARCA
(PLAN PILOTO)
Corte Suprema (Lima)
15:00 – 18:00 horas
CSJ Cajamarca
CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN
DE PERSONAL DE APOYO A
LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL
(ADMINISTRATIVO)
Del 05 de Junio al 14 de Julio de 2017
COOPERACIÓN JUDICIAL
INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE
JUSTICIA (MINJUS)
Por deinir
CONFERENCIAS MAGISTRALES POR
LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL NCPP
PASANTÍA INTERNACIONAL
(COLOMBIA)
Sub Gerencia de Capacitación
ETI PENAL
Del 10 de Abril al 19 de Mayo de 2017
CURSO-TALLER DE O.J. EN ADICIÓN
DE FUNCIONES (FLAGRANCIA)
ETI PENAL
Del 30 al 31 de Marzo de 2017
CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN
DE PERSONAL DE JUECES
CAPACITADORES (FORMADORES DEL
ETI PENAL)
CURSO-TALLER DE NUEVOS
JUZGADOS EXCLUSIVOS
(ANTICORRUPCIÓN)
ETI PENAL
132 participantes
(Personal administrativo,
a nivel nacional)
60 participantes
(Personal administrativo,
a nivel nacional)
38 participantes
(Magistrados de las CSJ,
a nivel nacional)
1500 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
200 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
ETI PENAL
Por deinir
Consejo Ejecutivo
ETI PENAL
Por deinir
Consejo Ejecutivo
ETI PENAL
Por deinir
MINJUS
Del 06 al 07 de Abril de 2017
ETI PENAL
15:00 – 18:00 horas
Corte Suprema (Lima)
Del 27 al 28 de Abril de 2017
ETI PENAL
15:00 – 18:00 horas
Corte Suprema (Lima)
Del 12 al 16 de Junio de 2017
ETI PENAL
15:00 – 18:00 horas
CSJ Callao
Del 19 al 23 de Junio de 2017
ETI PENAL
08:00 – 18:00 horas
Consejo Ejecutivo
150 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
150 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
350 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
12 participantes
(Personal del ETI PENAL
- ETI DISTRITAL)
87
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
47
DIPLOMATURA DE ESPECIALIZACIÓN
EN EL NCPP
Del 13 de Julio al 22 de Noviembre
de 2017
15:00 – 18:00 horas
PASANTÍA INTERNACIONAL
(ECUADOR)
48
49
50
CONGRESO INTERNACIONAL DE
DERECHO PROCESAL PENAL (2017)
CURSO DE HABILIDADES BLANDAS
(COACHING)
88
ETI PENAL
Por deinir
AMAG
Del 20 al 24 de Noviembre de 2017
ETI PENAL
08:00 – 18:00 horas
Consejo Ejecutivo
Del 16 al 20 de Octubre de 2017
ETI PENAL
08:00 – 18:00 horas
CSJ San Martín
Por deinir
ETI PENAL
12 participantes
(Personal del ETI PENAL
- ETI DISTRITAL)
1500 participantes
(Jueces, Personal
Jurisdiccional y Personal
Administrativo, Abogados
y Estudiantes)
Por deinir
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
COMPONENTE DE
DIFUSIÓN
89
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
90
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
COMPONENTE DE DIFUSIÓN
1.
OBJETIVOS
Entre las principales funciones del componente de Difusión de la Unidad del Equipo Técnico Institucional
de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal (ETI-Penal), se encuentra el de informar y difundir
los avances y beneicios que trae consigo la implementac ión del Nuevo Código Procesal Penal, que
ya entró en vigencia en 29 Cortes Superiores de Justicia, siendo el último el Distrito Judicial del Callao.
La información que elaboramos va dirigido a distintas personas: magistrados, personal jurisdiccional,
administrativo del Poder Judicial (comunicación interna) y el público en general (comunicación
externa); así como a los integrantes de los organismo adjuntos, como los Ministerios de Justicia y
Derechos Humanos, del Interior y el Ministerio Público.
2.
ACTIVIDADES CORRESPONDIENTES A LOS PRIMEROS SEIS MESES DEL PRESENTE AÑO
Entre las principales actividades desarrolladas el presente año se encuentran: La implementación
del segundo tramo de Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Ventanilla (con un
presupuesto ascendente a S/ 5,120, 788.00 soles) y la Implementación del Nuevo Código Procesal en
la Corte Superior de Justicia del Callao, con un presupuesto ascendente a S/4,214,050.00 soles.
Para lograr los objetivos trazados, el componente de Difusión, previa coordinación con el Secretario
Técnico de la Unidad del ETI-Penal, en los primeros seis meses del presente año ha realizado las
siguientes actividades:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Elaborar las notas de prensa.
Editar los videos, que son difundidos a través de una serie de herramientas comunicativas, al correo
institucional del ETI-Penal, la página web del Poder Judicial, página web del ETI-Penal, Facebook,
Twitter, Blog, Google+ y Youtube. Esta herramienta esta vinculada con las actividades institucionales
que realizamos en el ente, que contiene información y tutoriales (de enseñanza en tópcios vinculados
al Código Procesal Penal).
Elaborar de forma quincenal un boletín interactivo. Este documento digital constituye un trabajo
innovador en el Poder Judicial, que más adelante detallaremos.
Elaborar elaborado tripticos y dipticos, que continen información del Nuevo Código Procesal Penal y
especialmente del Proceso inmediato (delitos de lagrancia).
La elaboración de la revista de ETI-CPP.
La elaboración de una agenda anual que contiene un directorio con los números telefónicos de las Cortes
Superiores de Justicia a nivel nacional, anexos del Palacio de Justicia, el mapa de la implementación
progresiva del Código Procesal Penal, el Flujograma del Proceso Inmediato y el lujograma del Proceso
común. Todos estos trabajos son subidos a las plataformas de la páginas web del ETI-Penal, el
Facebook, Twitter, Google+ y Youtube.
A continuación paso a detallar las características y beneicios de cada una de las herramientas
informativas que utiliza el componente en mención, los seguidores y el público objetivo a quien va
dirigido.
91
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
A.
FACEBOOK
Esta es una de las herramientas informativas con la que trabajamos y actualmente tenemos un
gran números de seguidores. Por ejemplo, el Facebook del ETI-Penal, tiene 10,364 “me gusta”
en cuando a las notas informativas. En la última nota periodistica publicada, vinculada a la
implementación del Nuevo Código Procesal en la Corte Superior de Justicia del Callao (mes de
julio de 2017), ésta fue vista por 5,697 personas.
10, 364 me gusta
5,697 personas
En la página del Facebook del ETI-Penal (además de publicar notas informativas) tambien
realizamos enlaces en vivo, que tienen bastante acogida. En ese contexto, el lunes 3 de julio
del presente año, se realizó la ceremonia de la implementación del Nuevo Código Procesal en la
Corte Superior de Justicia del Callao. Ese día, se realizaron tres enlaces de vivo y cada una tuvo
aproximadamente 3,365 visitas y 687 reproducciones (adjunto pantallazos).
2,234 personas
alcanzadas y 367
reproducciones
92
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
En la páginas del Facebook del ETI-Penal se publican, además, comunicados, fe de erratas,
saludos institucionales, se informan sobre las constantes visitas de monitoreo a las diferentes
Cortes de todo el país, que realizan el personal del ETI-Penal. Esas visitas tienen como finalidad
verificar los avances del Nuevo Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales donde ya se
encuentra implementado. Asimismo, se rebotan las noticias más importantes pubicadas por las
oficinas de imágen de las distintas Cortes Superiores de Justicia de todo el Perú, con las cuales
se tiene una coordinación constante.
Entre los seguidores en Facebook, contamos con empresas publicas y privadas, entre los que
podemos mencionar a TVPerú, el Programa Tus Derechos, la Presidencia del Consejo de Ministros
(PCM), el Ministerio del Interior; entre otros.
B.
PÁGINA WEB DEL ETI-PENAL
A inicios de este año, el componente de Difusión del ETI-Penal relanzó su nueva página web,
con una edición mucho más moderna e interactiva, y cuenta con secciones bien establecidas,
donde se informa de las actividades que realiza la institución. Hay una sección donde se publican
los videos; así como también los acuerdos, normas modificatorias, normas de implementación,
casaciones, estadísticas y directorios.
Los usuarios que visitan la página web del ETI-Penal pueden conocer también quienes conforman
dicho organismo y bajo que Decreto Legislativo se promulgó el Nuevo Código Procesal Penal
(NCP). Por último, contamos con una ventana interactiva, que informa a los usuarios de los
comunicados y resoluciones más importantes.
93
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
C.
PÁGINA WEB DEL PODER JUDICIAL Y PUBLICACIONES EN MEDIOS LOCALES
La gran mayoría de las notas de prensa y comunicados importantes, redactados por el componente de
Difusión del ETI-Penal, son publicados, previa coordinación con la oicina de la Dirección de Imagen
de la Corte Suprema, en la página web del Poder Judicial.
La coordinación con dicha oicina es permanente, no solo para la elaboración de notas de prensa,
sino también para los informes especiales, los cuales son publicados en la página web de la Corte
Suprema, como en su Facebook, Twitter y revistas institucional.
Gracias a esa coordinación, varias activiades del ETI-Penal han sido publicadas en varios medios de
comunicación nacional.
94
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
D.
TWITTER-PENAL
El Twiter del ETI-Penal se creó en el mes de enero de este año. Durante ese tiempo, al igual que en el
Facebook, se realizan publicaciones permanentes de todas las actividades que realiza la institución.
Entre nuestros seguidores contamos con abogados, académicos, la Defensoría de Derechos Humanos
de la Familia y la Academia de la Magistratura.
E.
BLOG Y GOOGLE+ DEL ETI-PENAL
El componente de Difusión del ETI-PENAL trabaja con las herramientas del BLOG y Google+, a las
que nos podemos conectar a través de la páginas del Google, contando con varios visitantes. Una
ventaja con que cuente este aplicativo es que, una vez publicada la información, solo con “googlear”
el nombre de la actividad que ha realizado el ETI-Penal, esta se puede visualizar inmediatamente, en
términos técnicos se señala que la noticia ya se encuentra en la nube informativa.
95
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
F.
CORREO INSTITUCIONAL DEL ETI-PENAL
A traves del groupwise o el corrreo institucional que maneja el ETI-PENAL, y que llega a todos
los servidores de justicia del Poder Judicial a nivel nacional, se difunden también las notas de las
actvidades que realiza el organismo.
96
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
G.
YOUTUBE.
El componente de Difusión del ETI-Penal, tiene una página de Youtube, donde se publican todos los
videos de las actividades realiza la institución; así como también videos tuturiales. En esta plataforma
tenemos cientos de visualizaciones.
H.
BOLETÍN INTERACTIVO ETI-PENAL
Entre las heramientas de difusión, y una de las más importantes, con que cuenta el ETI-Penal, es el
boletín interactivo. Se trata de un trabajo innovador (creado este año 2017), pues el lector puede
acceder a la información con solo tocar un botón e ir a la información que le interesa. Además, se
cuida el medio ambiente y es super económico, cero papel.
La segunda edición del BOLETIN
se encuentra también en la página
web de la Academia de la
97
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
I.
DÍPTICO DE FLAGRANCIA
Este año 2017, también se mejoró la diagramación e información que contenía el anterior díptico
relacionado a la ley de Flagrancia, el cual es remitido a todas las Cortes Superiores de Justicia del país
para su debida difusión.
J.
ELABORACIÓN DE VIDEOS
El Componente de Difusión del ETI-Penal elaboró un video respecto a la etapa de un juicio oral, cuyo
objetivo principal es fomentar las buenas prácticas y los resultados positivos que conlleva la correcta
aplicación de la Resolución Administrativa 062-2017-CE-PJ. Este material audiovisual cumple con el
objetivo de convertirse en un material de referencia para su importante gestión laboral diaria.
98
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
K.
EDICIÓN DE REVISTAS
El componente de Difusión elaboró tres publicaciones: la edición número 2 de la Revista ETI-Penal,
que contiene un balance de gestión del año 2016 del ETI-Penal, el Compendió de Publicaciones,
Resoluciones Administrativas, propuestas por los componentes de ETI-Penal y aprobadas por el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) y la Guía del Administrador, que como su nombre lo dice
es una guía que explica el rol de un administrador penal en el Nuevo.
99
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
100
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
FOTOS DE
ACTIVIDADES
ETI-CPP
101
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
102
REFORMA PROCESAL PENAL
VIDEOCONFERENCIA SOBRE PRESUPUESTO PORETI-PENAL
RESULTADO -(PpR)
CON LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS
103
ETI-PENAL
- REFORMA PROCESAL PENAL
INAUGURACIÓN
DE NUEVAS SEDES EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
VENTANILLA - SEGUNDO TRAMO
104
- REFORMA PROCESAL PENAL
PASANTE ABOGADA FRANCESA ETI-PENAL
VISITÓ ETI-PENAL
105
ETI-PENAL - REFORMA
PROCESAL PENAL
PASANTÍA
A LA RAMA JUDICIAL DE COLOMBIA
106
ETI-PENAL
- REFORMA PROCESAL PENAL
MESA DE DIÁLOGO DEL D.L 1348 SOBRE EL
ADOLESCENTE
INFRACTOR
107
ETI-PENAL PLENO
- REFORMA PROCESAL PENAL
JURISDICCIONAL NACIONAL PENAL Y PROCESAL PENAL
108
ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL
ENTREVISTA DE ELECCIÓN DE FORMADORES DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL
109
ENTREVISTA
VISITAPROCESAL
PREVIA PENAL
A LA IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL
ETI-PENAL -DE
REFORMA
PENAL EN EL DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO
110
ETI-PENAL
REFORMA PROCESAL PENAL
CURSO TALLER POR LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL
NCPP EN- LA
CORTE SUPERIOR
DEL CALLAO
111
ENTRADA EN VIGENCIA DEL NCPP EN EL DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO
II ENCUENTRO DE ADMINISTRADORES, SUBADMINISTRADORES, AGENDADORES DE AUDIENCIA
Y COORDINADORES DE CAUSA DEL NCPP
PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE MEDIDA DE INCAUTACIÓN ENTRE
EL PODER JUDICIAL Y LA SUNARP