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3 ° N ión Edic JUSTICIA PENAL El nuevo modelo Procesal Penal Peruano Proceso de Implementación ETI-PENAL 2017-I JUSTICIA PENAL ETI-PENAL 2017-I ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL PRESENTACIÓN Por Decreto Supremo 007-2006-JUS, publicado en el diario oicial El Peruano, el 4 de marzo 2006, se dispuso que el uno de julio de dos mil seis, se iniciaría la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huaura. Asimismo, se ordenó la conformación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal del Poder Judicial (Hoy Unidad de Equipo Institucional del Código Procesal Penal). Hasta el día de hoy, han transcurrido once años desde esa fecha y se ha logrado implementar este nuevo modelo en veintinueve Distritos Judiciales del país. El trabajo que se encomendó a la Unidad que presido, fue la conducción, planiicación, coordinación, evaluación y monitoreo de los procesos de ejecución para consolidar la reforma procesal penal a nivel nacional; así como el seguimiento de los procesos de liquidación en todo el Perú. Además, se encargó elaborar propuestas de reformas normativas vinculados a tópicos en materia penal, procesal penal y ejecución penal. También se le comisionó la elaboración de documentos de gestión para mejorar el Despacho Judicial, las capacidades de los Administradores y Subadministradores. Finalmente, se le conió la capacitación constante de los operadores de justicia. No podemos dejar de puntualizar que la Implementación del Código Procesal Penal signiicó la creación de órganos jurisdiccionales, que requerían una opinión técnica y especializada de la Unidad del Equipo Institucional del Código Procesal Penal. Como podemos apreciar el trabajo fue arduo; sin embargo, satisfactorio porque el Código Procesal Penal de corte acusatorio-adversarial representa un nuevo modelo de justicia procesal penal (muy distinto al Código de Procedimientos Penales) que releja un profundo compromiso con la democracia en un Estado Constitucional de Derecho. Proporciona una respuesta eicaz y célere a la legislación penal sustantiva, en ámbitos vinculados a la Criminalidad Organizada, Delitos de Corrupción de Funcionarios, Tráico Ilícito de Drogas y Lavado de Activos; así como de la pequeña delincuencia extendida en todas las ciudades del país, que generaron dentro de la comunidad una sensación de inseguridad ciudadana. No obstante, esta respuesta fue acompañada de una sólida y activa tutela de los derechos fundamentales de los acusados, la efectiva protección de los derechos de la víctima y el respeto integral del debido proceso. No podemos olvidar que el Proceso Penal constituye el vehículo para que los jueces puedan aplicar el derecho sustantivo, y en ese sentido, brindar una respuesta a las necesidades sociales en este ámbito. El nuevo modelo airmó taxativamente los roles de los intervinientes, y le otorgó al Ministerio Público la investigación del delito y la responsabilidad en la etapa de investigación preparatoria (la policía se encuentra al servicio del iscal), eliminándose el Juez Instructor, predominante en el viejo Código de Procedimientos Penales de 1940. Sin embargo, se facultó a los jueces a que se encarguen de controlar el ejercicio de la investigación del iscal y la decisión en cuanto a las medidas cautelares de naturaleza personal y real; así como el juzgamiento del delito. Esto signiicó que los magistrados actúen como árbitros y de manera objetiva e imparcial frente a dos oponentes que van a expresar sus argumentos para generar íntima convicción: el iscal y la defensa técnica del acusado. 5 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL En ese contexto, la presente revista representa la información del trabajo que se realizó en los últimos seis meses del año 2017, matizados con datos estadísticos del año 2016, de las diferentes áreas que integran la Unidad de Equipo Institucional del Código Procesal Penal. El mandato que asumí como presidente de la Unidad del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal se inició en el año 2015, y me correspondió participar directamente en la Implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Junín, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Ventanilla y Callao. Es pertinente resaltar que el grupo que presido está integrado por profesionales, entre abogados, ingenieros y comunicadores, que desde su creación han trabajado arduamente para implementar el Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales del país. Los componentes que integran el equipo son los siguientes: Gestoría, Normativo, Monitoreo y Evaluación, Flagrancia, Capacitación y Difusión, quienes se encuentran dirigidos por la Secretaría Técnica, a cargo del abogado Marco Antonio Palomino Valencia, quien se encarga de la gestión de los proyectos de implementación; así como de la planiicación de las actividades, recursos, tiempos, costos y riesgos, para obtener los resultados programados. Entre la importante información que se podrá encontrar en la revista podemos mencionar las siguientes (entre otras): a. El número de órganos jurisdiccionales creados: 658 Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados Unipersonales, Juzgados Penales Colegiados y Salas Penales de Apelaciones b. El número de procesos ingresados desde el año 2006: un millón cincuenta y un mil ochocientos cuarenta y siete; así como el número de caso resueltos. c. La duración promedio de los procesos comunes seguidos con el Código Procesal Penal y su comparación con el Código de Procedimientos Penales de 1940. d. El número de procesos inmediatos desde el año 2015 hasta la fecha (por Distrito Judiciales) y la cantidad de los que han sido resueltos; así como el registro de las incidencias por cada uno de los delitos. e. El tiempo o año en el que se implementó el Código Procesal Penal en cada Distrito Judicial. f. El presupuesto que se empleó para la implementación del nuevo modelo en cada Distrito Judicial y el monto total usado hasta la fecha. g. Las disposiciones legales elaboradas y vinculados directamente con una mejor gestión del Código Procesal Penal. h. Las diferentes capacitaciones realizadas y la difusión constante del trabajo realizado por la Unidad de Equipo Institucional del Código Procesal Penal. Esta información va permitir apreciar, cuantitativa y cualitativamente, los logros y avances alcanzados; así como los problemas y desafíos. Consideró que este balance es importante para saber cómo se ha ido consolidando la implementación del Código Procesal Penal en el Perú, para generar una visión global en aquellos Distritos Judiciales en los que aún no se ha incorporado el nuevo modelo, y sobre todo para extraer la información necesaria con la inalidad de mejorar la administración de justicia en el país. El contenido de esta revista va a ser muy útil, además, para los jueces, iscales, abogados, efectivos de la Policía Nacional del Perú e instituciones vinculadas de alguna forma con la reforma del sistema procesal 6 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL en el Perú. En ese sentido, nos resulta grato dejar en sus manos un elemento muy valioso y conveniente para poder evaluar y comprender la implementación del Código Procesal Penal. Para inalizar esta breve presentación, quisiera agradecer a todas las personas que integran la Unidad de Equipo Institucional del Código Procesal Penal por el aporte que realizaron para que esta revista haya podido ser una realidad. Asimismo, le agradezco al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por haber coniado en mi persona para dirigir este proceso de implementación del Código Procesal Penal, que implicó una reforma en nuestro sistema de administración de justicia. Juez Supremo José Luis Lecaros Cornejo Vocal Supremo y Presidente de la Unidad del Equipo Institucional del Código Procesal Penal del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 7 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 8 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL PRÓLOGO Quiero empezar señalando que la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, creado por Decreto Supremo 007-2006-JUS, publicado en el diario oicial El Peruano, el 4 de marzo 2006, está integrado por un grupo selecto de profesionales, entre abogados, ingenieros y comunicadores que trabajan fervientemente en la implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales del país. La labor que realizan signiica el compromiso y la intervención de todos los integrantes de los diferentes componentes: Gestoría, Normativo, Monitoreo y Evaluación, Flagrancia, Capacitación, Difusión y el área administrativa. Cuando se va implementar el nuevo modelo en un Distrito Judicial, desde varios meses antes de la realización se focalizan en la planiicación y coordinación, con la presidencia de las respectivas Cortes. Esta implementación abarca el ámbito del dimensionamiento del presupuesto, el número de órganos jurisdiccionales necesarios, la supervisión de que los locales sean los adecuados, la distribución correcta de los ambientes donde van a funcionar los órganos jurisdiccionales; así como la correcta implementación de las mismas, hasta la revisión de la adquisición de los bienes muebles y la contratación de las personas suicientes para el adecuado funcionamiento. También se debe resaltar la constante difusión de todas las actividades que se realizan por el área correspondiente. Asimismo, implica la asesoría constante para formular el Plan de Liquidación de los expedientes judiciales seguidos con el Código de Procedimientos Penales de 1940 y la prestación de capacitaciones en tópicos vinculados al nuevo modelo procesal penal. Cabe acotar que, en la ceremonia de implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia del Callao, el presidente del Poder Judicial, doctor Duberli Rodríguez Tineo, resaltó la labor realizada por la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, presidida por el señor juez Supremo JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO. Por otro lado, una de las funciones trascendentes de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal es el monitoreo de la consolidación del Código Procesal Penal en aquellos lugares donde ya se implementó el nuevo modelo. En ese sentido, la unidad programa y realiza visitas de monitoreo a las distintas Corte del país, en un rango de 3 a 4 veces al mes (lo que signiica aproximadamente 18 viajes al interior del país), con la inalidad de evaluar el funcionamiento del Código Procesal Penal en esos lugares e identiicar los aciertos, las necesidades y los problemas, para formular soluciones a corto, mediano y largo plazo. La Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal (en su función de consolidación del nuevo modelo) se preocupa por los problemas percibidos y observados en las diferentes visitas realizadas a las distintas Cortes del país y propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial disposiciones legales para mejorar la aplicación del nuevo modelo y optimizar el rendimiento; así como también organiza constantemente actividades de capacitación. 9 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL En la dirección de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal existe un gran líder, pero sobre todo una gran persona, representado por el señor juez Supremo, doctor JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO, quien es el presidente de la Unidad y miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, encargado de guiar al equipo para lograr los objetivos y los resultados establecidos. El digno magistrado me otorgó la conianza para secundarlo en su labor, en la calidad de Secretario Técnico de la Unidad del Equipo Institucional del Código Procesal Penal. Para mí ha sido muy grato poder colaborar con la importante labor desempeñada, por lo que agradezco públicamente la conianza que me brindó el doctor José Luis Lecaros Cornejo y los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para desempeñar el cargo. Espero que haya podido inluir a todos los integrantes de la Unidad para que puedan crecer en su camino profesional y personal (para que se conduzcan con humildad, transparencia, honradez, lealtad, compromiso, respeto, veracidad y gratitud); así como haber sido capaz de gestionar en el tiempo correspondiente las metas propuestas de manera eiciente, elegir las decisiones correctas valorando las consecuencias de cada una de ellas en el ámbito del desempeño del cargo, desarrollar el talento de cada uno de los integrantes del equipo y atender sus necesidades. Por último, quisiera agradecer y reconocer la labor realizada por cada uno de los miembros de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, para la elaboración de esta revista y por el apoyo que siempre brindaron para el éxito de la gestión del doctor José Luis Lecaros Cornejo. No se olviden de trabajar como un equipo unido y sólido, y apártense del trabajo individual, aislado y solitario, que no les proporcionara éxitos en la vida. Gracias a los abogados RAFAEL ALEJANDRO ORÉ DÍAZ, EDMAN RODRÍGUEZ VÁSQUEZ, JESÚS PACHECO DIEZ, PORFIRIA SIFUENTES POSTILLOS, KAREN MALDONADO CHOTA, NORKA RAMÍREZ CHÁVEZ, MARCO CHIRE VILLAFUERTE, ERICK SUCAPUCA QUISPE, LIZETH PAUCAR ORTÍZ, PEDRO BARTOLO LEÓN, JULIO GALINDO VÁSQUEZ, MILAGROS FERNÁNDEZ VIEIRA , JANNET SELENE PAREDES MORAN y CRIS INGUNZA ESPINOZA . Asimismo, a los ingenieros ANDY FLORES NAVARRO, MIGUEL PANDURO ISUIZA, KAREN DE LA CRUZ PERALTA, LUIS CRUZ GÁLVEZ y MARTÍN CORTEGANA VILLEGAS. También a los licenciados PILAR SÁNCHEZ ORTEGA y CARLOS TENA FIELD. Finalmente, a los integrantes del área administrativa HEZZELL ANTUANE BEJAR GUIZADO, SOFÍA PACHECO TENA, GIOVANNI VIGNOLO RODRÍGUEZ y MIGUEL BERECHE JUÁREZ. El aporte de cada uno de ellos sin excepción ha sido importante, fundamental y valioso desde el ámbito de las labores que desempeñaron en las áreas a las que fueron asignados. Gracias y que Dios los bendiga a todos. Marco Antonio Palomino Valencia Secretario Técnico de la Unidad del Equipo Institucional del Código Procesal Penal del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 10 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL EQUIPO TÉCNICO SECRETARÍA TÉCNICA COMPONENTE DE CAPACITACIÓN Abogado Marco Antonio Palomino Valencia Abogada Karen Maldonado Chota (encargada) Abogado Erick Sucapuca Quispe GESTORÍA ADMINISTRATIVA COMPONENTE DE DIFUSIÓN Abogado Edman Rodríguez Vásquez COMPONENTE NORMATIVO Abogado Rafael Oré Díaz (encargado) Abogado Jesús Pacheco Diez Abogada Poriria Sifuentes Postillos Abogada Norka Ramírez Chávez Abogada Cris Ingunza Espinoza COMPONENTE DE MONITOREO Y EVALUACIÓN Ingeniero Andy Flores Navarro (encargado) Ingeniero Miguel Panduro Isuiza Ingeniera Karen de la Cruz Peralta Abogada Lizeth Paucar Ortíz Abogado Pedro Bartolo León Licenciada Pilar Sánchez Ortega (encargada) Licenciado Carlos Tena Field COMPONENTE DE FLAGRANCIA Abogado Marco Chire Villafuerte (encargado) Ingeniero Martín Cortegana Villegas APOYO ADMINISTRATIVO Licenciada Hezzel Bejar Guizado Licenciada Sofía Pacheco Tena Señor Giovanni Vignolo Rodríguez Señor Miguel Bereche Juárez 11 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL ÍNDICE GESTORÍA ADMINISTRATIVA 15 Antecedentes Análisis general Análisis al ejercicio iscal 2015 Análisis al ejercicio iscal 2016 Análisis al ejercicio iscal 2017 17 17 18 21 29 COMPONENTE NORMATIVO 33 Equipo normativo 35 COMPONENTE DE MONITOREO Y EVALUACIÓN 45 Presentación Marco legal Objetivos Ámbito de aplicación Responsables Actividades Pautas para el desarrollo de las visitas In situ Avance de la implementación del Código Procesal Penal Inversión Presupuestal Cantidad de Órganos Jurisdiccionales Carga Existente en depedencias Jurisdiccionales del CPP 1940 Órganos Jurisdiccionales Penales del CPP 2004 Duración de Procesos Penales 47 47 47 48 48 48 48 51 53 55 56 60 64 COMPONENTE DE FLAGRANCIA 65 Cuestiones preliminares Objetivos Estadísticas de los primeros seis meses del año 2017, sobre ingresos vesus producción Estadísticas sobre el proceso inmediato al año y medio de su implementación Detención preliminar y detención judicial en lagrancia 13 67 67 68 72 77 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL COMPONENTE DE CAPACITACIÓN Antecedentes Análisis Avances de la labor en el periodo del 2015-2017 COMPONENTE DE DIFUSIÓN Objetivos Actividades correspondientes a los primeros seis meses del presente año FOTOS DE ACTIVIDADES ETI-CPP 14 81 83 83 84 89 91 91 101 GESTORÍA ADMINISTRATIVA ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL ANTECEDENTES. 1. El Poder Judicial en materia penal, forma parte integrante del Programa Presupuestal 0086 ¨Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal¨, de corte multisectorial conjuntamente con el Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior. 2. El Programa Presupuestal 0086: “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal”, es una modalidad de ejecución presupuestal bajo un enfoque de Presupuesto por Resultados (PpR), con participación multisectorial de varios operadores del Sistema de Justicia Penal, que para el caso del Poder Judicial contiene un producto y cuatro actividades, con sus respectivos indicadores de producto y de desempeño medibles cuantitativamente. 3. En el presente informe de gestión se ha considerado el segundo semestre del año 2015 ejercicio iscal 2016, y el primer semestre del año 2017. En relación del Producto del Programa Presupuestal 0086, para el caso del PODER JUDICIAL, se ha deinido como Casos resueltos por los Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados de Juzgamiento y Salas Penales de Apelaciones. En tanto que el indicador de desempeño se ha planteado como Porcentaje del número de sesiones de audiencias realizadas por los órganos jurisdiccionales que cumplen funciones como Juzgados de la Investigación Preparatoria, Juzgados de Juzgamiento y Salas Penales de Apelaciones respecto al número de sesiones de audiencias programadas. Asimismo mide el tiempo promedio de duración del proceso penal. 4. En ese sentido el Programa Presupuestal 0086, se constituye así, en una estrategia de Gestión Pública que vincula la asignación de recursos del Estado a productos y resultados medibles a favor de la población. Es conocido como PpR Penal y tiene como inalidad la Mejora del Estado de Derecho en relación a las personas naturales; así como brindar un eiciente y oportuno servicio del sistema de justicia penal. 5. El presente informe, nos permite establecer las estrategias planteadas y los logros alcanzados en temas de cumplimiento de metas, monitoreo y ejecución de presupuesto de los años 2015 - 2016, y la evaluación del avance en la ejecución de los recursos económicos del año 2017, asignados al Programa Presupuestal y el nivel de cumplimiento de los indicadores de producto y desempeño por cada uno de los órganos jurisdiccionales del Nuevo Código Procesal Penal de los distritos judiciales del territorio nacional; así como en aquellos donde se han implementado de forma parcial el NCPP y donde se viene operando el sub sistema anticorrupción y crimen organizado. ANÁLISIS GENERAL. 1. Con fecha 31 de enero del 2006, se promulgó la Ley N° 28671, por el cual se postergó la entrada en vigencia del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huaura para el 1 de julio del 2006, y se dispuso la adopción de medidas institucionales como la conformación de equipos técnicos y comisiones distritales de implementación para la adecuada implementación de la reforma procesal penal. Asimismo, por Decreto Supremo N° 007-2006-JUS, se actualizó el calendario oicial de aplicación progresiva del Código Procesal Penal y se estableció que el Poder Judicial, el Ministerio Público, 17 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL el Ministerio del Interior y la Academia de la Magistratura conformaran sus Equipos Técnicos Institucionales de Implementación. 2. En esa línea de ideas el Poder Judicial a in de impulsar, coordinar y monitorear el proceso de implementación, mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 8 de marzo del 2006, con la inalidad de desarrollar acciones para la implementación del nuevo modelo procesal penal, conformó el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal. Desde el año 2015, está presidido por el doctor José Luis Lecaros, miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y vocal supremo titular. 3. Desde el inicio de la presidencia del doctor José Luis Lecaros Cornejo, todos los esfuerzos de la Unidad del Equipo Técnico Institucional han estado dirigidos a desarrollar los instrumentos técnicos, administrativos y tecnológicos que impulsen y faciliten la aplicación del nuevo modelo procesal penal. Para lograr ese objetivo ha sido necesario que la Gestoría Administrativa formule el dimensionamiento presupuestal anual; así como el dimensionamiento del presupuesto para los distritos judiciales donde se implementaría el NCPP, y mantener una evaluación constante sobre la ejecución del presupuesto; además de realizar el dimensionamiento de requerimientos adicionales, como fortalecimiento de órganos jurisdiccionales a nivel nacional, creación de un sistema anticorrupción de alcance nacional, dimensionamiento de presupuesto para los juzgados de lagrancia, juzgados tributarios y de medio ambiente. 4. El Programa Presupuestal 0086 “Mejora del Sistema de Justicia Penal” para el caso del Poder Judicial, inancia la implementación y sostenibilidad de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Nuevo Código Procesal Penal de 29 Distritos Judiciales en su totalidad y de 4 distritos Judiciales (Lima – Callao) en materia de corrupción de funcionarios y crimen organizado a través del único producto: Casos Resueltos por los Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados de Juzgamiento y Salas Penales de Apelaciones”. Dicho Programa Presupuestal mide los siguientes indicadores: 4.1 Indicador de producción física: Número de resoluciones emitidas por los Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados de Juzgamiento y Salas Penales de Apelaciones”. Unidad de Medida: Resolución. Meta: anual. 4.2 Indicador de Desempeño: Porcentaje (%) de sesiones de audiencias realizadas respecto a las sesiones de audiencias programadas. Unidad de Medida: Porcentaje (%) Meta: anual en % 4.3 Indicador de Desempeño: Tiempo promedio de duración del proceso común. Unidad de Medida: Mes. Meta Promedio: meses. ANÁLISIS AL EJERCICIO FISCAL 2015. 1. Para el Ejercicio Fiscal 2015, el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) asignado al Poder Judicial dentro del mencionado Programa Presupuestal, es de S/ 213’793,796.00 millones de soles, presupuesto que fuera modiicado a S/ 277’248,611.00 millones de soles, distribuidos entre todos los distritos judiciales. 18 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 2. Cumplimiento de Metas (Proyección al 31 de Diciembre - 2015), Durante el ejercicio iscal se ha alcanzo 238,628 audiencias realizadas que representan el 69% de sesiones de audiencias realizadas respecto de las programadas (345,838). La huelga judicial ha impactado en el cumplimiento de la meta. 3. Cantidad de Resoluciones emitidas: 187,400 se superó la meta programada en un 5% se programó la emisión de 179,095 resoluciones. 4. En cuanto a la ejecución de presupuesto se ejecutó S/. 275,425,266.00 Millones de Soles que represente el 99.3% del presupuesto asignado para el año 2015 EVALUACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DE EJECUCIÓN FÍSICA Y FINANCIERA DE ENERO A DICIEMBRE DE 2015 EJECUCIÓN FÍSICA PROGRAMA PRESUPUESTAL / PRODUCTO / ACTIVIDAD Unidad de Medida PROGRAMA PRESUPUESTAL: 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal” Resolución 179,095 187,400 PRODUCTO: Casos resueltos por los juzgados de la investigación preparatoria, juzgados de juzgamiento y salas penales de apelaciones. Resolución 179,095 ACTIVIDAD 1: Actuaciones en las etapas de investigación, intermedia y ejecución de sentencias. Resolución EJECUCIÓN FINANCIERA Cantidad Cantidad Avance Programada Ejecutada % PIA PIM Ejecución Avance % 105% S/. 213,793,796.00 S/. 277,248,611.00 S/. 275,425,266.00 99.30% 187,400 105% S/. 213,793,796.00 S/. 273,773,016.00 S/. 273,171,985.00 99.80% 75,587 75,603 100% S/. 21,598,520.00 S/. 40,815,573.00 S/. 40,640,765.00 99.60% ACTIVIDAD 2: Actuaciones Resolución en la etapa de juzgamiento. 34,681 38,174 110% S/. 22,047,315.00 S/. 37,062,400.00 S/. 37,034,755.00 99.90% ACTIVIDAD 3: Actuaciones en los procesos judiciales. Resolución 56,751 62,250 110% S/. 153,444,394.00 S/. 166,779,539.00 S/. 166,387,923.00 99.80% ACTIVIDAD 4: Actuaciones Resolución en la fase de apelación. 12,076 11,373 94% S/. 16,703,567.00 S/. 29,115,504.00 S/. 29,108,542.00 100% S/. 213,793,796.00 S/. 277,244,183.00 S/. 275,425,266.00 99.30% TOTAL 5. OTRAS METAS ALCANZADAS DURANTE EL AÑO 2015. 5.1 Se elaboró y tramitó el proyecto de demanda presupuestal para la implementación del NCPP en los Distritos Judiciales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Junín.Cumpliendo con el cronograma de aplicación del Código Procesal Penal establecido por D. S. 19 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL N° 003-2014-JUS, que dispone la aplicación total de la mencionada norma procesal a partir del 1° de abril en los Distritos Judiciales Apurímac y Huancavelica, y a partir del 1° de julio de 2015 en Ayacucho y Junín, el Ministerio de Economía y Finanzas transirió al Poder Judicial un presupuesto de S/. 30’000,000.00 millones de soles, que ha permitido la implementación de 65 órganos jurisdiccionales, 34 salas de audiencia, 83 plazas de magistrados y 361 plazas de personal de apoyo a la función jurisdiccional para los 65 órganos jurisdiccionales del NCPP en los Distritos Judiciales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Junín, según detalle. IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL 2015 – D.S. N° 003-2014-JUS IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL 2015 – D.S. N° 003-2014-JUS Órganos Jurisdiccionales APURÍMAC AYACUCHO HUANCAVELICA JUNÍN TOTAL Juzgado de la Investigación Preparatoria 7 8 5 12 32 Juzgado Penal Unipersonal 5 5 5 9 24 Juzgado Penal Colegiado 1 1 0 3 5 Sala Penal de Apelaciones 1 1 1 1 4 TOTAL 14 15 11 25 65 Sala de Audiencias a Implementar 8 9 6 11 34 Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2015 CUADRO DE PERSONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL 2015 – D.S. N° 003-2014-JUS CSJ APURIMAC, HUANCAVELICA, AYACUCHO Y JUNIN CUADRO DE PERSONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL 2015 – D.S.N°003-2014-JUS PEA APURÍMAC HUANCAVELICA AYACUCHO JUNÍN TOTAL JUEZ SUPERIOR 3 3 3 3 12 JUEZ ESPECIALIZADO 15 10 16 30 71 18 13 19 33 83 ANALISTA II 2 2 2 2 8 ASISTENTE INFORMÁTICO 1 1 1 1 4 ASISTENTE DE ATENCIÓN AL PUBLICO 1 1 1 1 4 ASISTENTE DE CUSTODIA Y GRABACIÓN 1 1 1 1 4 ASISTENTE DE COMUNICACIONES 4 4 4 4 16 ESPECIALISTA JUDICIAL DE SALA 2 2 2 2 8 ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO 26 20 28 48 122 ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIAS 14 11 15 25 65 ASISTENTE JURISDICCIONAL DE JUZGADO 28 22 30 50 130 79 64 84 134 361 TOTAL JUECES TOTAL PERSONAL ADMINISTRATIVO Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2015 20 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 5.2 Se elaboró y tramitó el proyecto de demanda presupuestal para la implementación del NCPP en el Distrito Judicial de Ventanilla.- Se asignó un presupuesto de S/. 5,111,000.00 para la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Ventanilla, el mismo que permitió la creación y puesta en funcionamiento de 6 órganos jurisdiccionales a partir del 1° de mayo del 2016. IMPLEMENTACIÓN DE OO.JJ. DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL CSJ VENTANILLA Órganos Jurisdiccionales TOTAL JIP JUP SPA TOTAL 3 2 1 6 3 2 1 6 Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2015. 6. 5.3 Realización de 12 Visitas de trabajo a las Cortes Superiores de Justicia sobre monitoreo y evaluación de los indicadores del Programa Presupuestal 0086. 5.4 Se realizaron 12 talleres de Capacitación en Presupuesto por Resultados en el marco de la Reforma Procesal Penal de modo presencial y virtual a los funcionarios de las Cortes Superiores de Justicia del país. 5.5 Se desarrolló el Proyecto Piloto de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva. Como sede piloto para la implementación de la Unidad de Flagrancia Delictiva se consideró a la CSJ de Tumbes, por la disposición de la Comisión Distrital de Implementación del CPP del Distrito Judicial de Tumbes y el compromiso asumido, que permitirá realizar un monitoreo más luido y constante; además, porque geográicamente está ubicado en una zona estratégica de línea de frontera con Ecuador. Este país ha implementado las Unidades de Flagrancia y existen buenas relaciones entre autoridades peruanas y ecuatorianas, permitiendo el intercambio de experiencia, sumado a ello la disponibilidad de ambientes, mobiliario y equipo informático y personal jurisdiccional. Esta medida se plasmó sin presupuesto del Estado y solo con la voluntad de los operadores de justicia, iniciativa del Poder Judicial que fue la antesala para la dación del D. Leg. N° 1194. 5.6 Se dispuso la conversión de órganos jurisdiccionales para que conoscan de forma exclusiva el proceso inmediato, a partir del 29 de noviembre de 2015, al amparo del Decreto Legislativo N° 1194, publicado el 30 de agosto del 2015. Esta implementación no demando presupuesto al Estado. ANÁLISIS AL EJERCICIO FISCAL 2016 6.1 Para el Ejercicio Fiscal 2016, el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) asignado al Poder Judicial dentro del mencionado Programa Presupuestal, fue de S/. 249,879,160.00 millones de soles, presupuesto que fue modiicado a S/. 336,352,944.00 millones de soles, distribuidos entre todos los distritos judiciales. 21 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 6.2 Durante el año 2016 los órganos jurisdiccionales responsables de la entrega del producto del Programa Presupuestal 0086: “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal”, lograron superar, tanto la meta del indicador de producción física como de los indicadores de desempeño. En cuanto al cumplimiento de resoluciones se alcanzó el 105% y el nivel de ejecución de presupuesto alcanzo el 99.8%, lo que contribuyo a mejorar el servicio de justicia penal en todo el país. EVALUACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DE EJECUCIÓN FÍSICA Y FINANCIERA DE ENERO A DICIEMBRE DE 2016 EJECUCIÓN FÍSICA EJECUCIÓN FINANCIERA PROGRAMA PRESUPUESTAL / PRODUCTO / ACTIVIDAD Unidad de Medida Meta Anual 2016 Cantidad Ejecutada Avance % PIA PIM Ejecución Avance % PROGRAMA PRESUPUESTAL: 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal” Resolución 227,079 238,743 105% S/. 249,879,160.00 S/. 336,352,944.00 S/. 335,600,112.04 99.8% PRODUCTO: Casos resueltos por los Juzgados de investigación Preparatoria, Juzgados de Juzgamiento y Salas Penales de Apelaciones. Resolución 227,079 238,743 105% S/. 249,879,160.00 S/. 336,352,944.00 S/. 335,600,112.04 99.8% ACTIVIDAD 1: Actuaciones en las etapas de investigación, intermedia y ejecución de sentencias. Resolución 100,352 111,552 111% S/. 47,821,667.00 S/. 49,225,043.00 S/. 49,019,147.84 99.6% ACTIVIDAD 2: Actuaciones en la etapa de juzgamiento. Resolución 46,053 54,007 117% S/. 33,072,856.00 S/. 48,395,076.00 S/. 48,365,654.18 99.9% ACTIVIDAD 3: Actuaciones en los procesos judiciales. Resolución 66,246 60,013 91% S/. 141,817,013.00 S/. 204,592,659.00 S/. 204,112,222.46 99.8% ACTIVIDAD 4: Actuaciones en la fase de apelación. Resolución 14,428 13,171 91% S/. 27,167,624.00 S/. 34,140,166.00 S/. 34,103,087.56 99.9% S/. 249,879,160.00 S/. 336,352,944.00 S/. 335,600,112.04 99.8% TOTAL 22 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL GRÁFICO 1 INCREMENTO ANUAL DE AUDIENCIAS REALIZADAS (PROYECTADO A DICIEMBRE 2016) 250,000 202,473 200,000 150,000 100,000 50,000 80,587 45,413 42,102 41,007 11,718 0 2010-2011 2011-2012 2012-2013 2013-2014 2014-2015 2015-2016 Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016. GRÁFICO 2 AUDIENCIAS REALIZADAS ANUALMENTE (PROYECTADO A DICIEMBRE 2016) 600,000 485,910 500,000 405,323 400,000 300,000 202,850 161,843 200,000 108,023 100,000 119,741 62,610 0 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016* Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016. 6.3. El tiempo promedio de duración del proceso común se mantiene en 7 meses; sin embargo resulta necesario realizar un pronunciamiento en relación al tiempo promedio que incluya al proceso inmediato. 23 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 6.4 OTRAS METAS ALCANZADAS 6.4.1 Se elaboró y tramitó el proyecto de demanda adicional para la implementación de órganos jurisdiccionales de flagrancia, omisión a la asistencia familiar y conducción en estado de ebriedad. Se solicitó al MEF la suma de S/. 78,992,846.00 para la implementación de 146 órganos jurisdiccionales para el trámite a exclusividad del proceso inmediato; sin embargo por Decreto Supremo N° 141-2016 el Ministerio de Economía y Finanzas realizó la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, por la suma de Treinta millones y 00/100 soles (S/. 30’000,000.00) a favor del pliego 004: Poder Judicial, destinados al inanciamiento de las acciones descritas conforme a lo indicado en la parte considerativa del citado Decreto Supremo. 6.4.2 En consonancia con el referido D.S. y estando a la trasferencia presupuestal ascendente a S/. 11,754,447.00 millones de soles, se dispuso la creación e implementación de 32 órganos jurisdiccionales de lagrancia, omisión a la asistencia familiar y conducción en estado de ebriedad en los Distritos Judiciales de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Del Santa, Huánuco, Huaura, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, San Martín, Sullana, Piura, Puno, Tacna, Tumbes y Ucayali; así como la creación de implementación de 23 salas de audiencias en los referidos Distritos Judiciales. PRESUPUESTO SOLICITADO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES AL AMPARO DEL D. LEG. 1194 PRESUPUESTO ESTIMADO REQUERIDO POR EL PODER JUDICIAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES AL AMPARO DEL D. Leg. 1194 Personal y Obligaciones Sociales CAS Bienes y Servicios Bienes de Capital TOTAL PRESUPUESTO 2016 S/. 18,697,169 S/. 23,547,482 S/. 13,542,965 S/. 23,205,230 S/. 78,992,846 Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016 24 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL IMPLEMENTACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONES DE PROCESO INMEDIATO CON EL PRESUPUESTO ASIGNADO (S/. 11, 754,447.00) ORGANOS JURISDICCIONALES DISTRITO JUDICIAL Juzgados de Investigación Preparatoria Juzgados Penales Unipersonales Total Órganos Jurisdiccionales ANCASH 1 1 2 AREQUIPA 1 1 2 1 1 AYACUCHO CAJAMARCA 1 1 CALLAO 1 1 2 CAÑETE - 1 1 CUSCO 1 1 2 DEL SANTA 1 1 2 HUANUCO 1 0 1 HUAURA - 1 1 ICA - 2 2 LA LIBERTAD - 1 1 LAMBAYEQUE 1 1 2 LIMA ESTE 1 1 2 LIMA NORTE 1 0 1 LIMA SUR 1 1 PIURA 1 1 PUNO 1 1 2 SAN MARTIN 1 0 1 SULLANA 1 TACNA 1 TUMBES 1 0 1 1 1 UCAYALI 1 0 1 TOTAL 15 17 32 6.4.3 La implementación de órganos jurisdiccionales de proceso inmediato obedece a información estadística del INEI1, realizado de un Estudio de la Victimización en el Perú 2010-2013, en el área urbana del país. La percepción de inseguridad se presenta en sentido creciente desde el año 2010, pasando de 79,2% en el año 2010 a 87,6% en el año 2013. 6.4.4 Según el barómetro de las Américas2, en el año 2014 el Perú lideró la lista de países de la región con mayor porcentaje de ciudadanos que han sido víctimas de la delincuencia en el último año, alcanzando la tasa de victimización el 30.6%, como se muestra en el siguiente gráico: 1 https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1194/libro.pdf 2 http://198.57.164.64/~ieporg/textos/DDT/Peru.Culturapolitica2014resumen.pdf 25 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL GRÁFICO 1: TASA DE VICTIMIZACIÓN EN LATINOAMÉRICA - 2014 Perú Ecuador Argentina Venezuela República Dominicana México Uruguay Bolivia Colombia El Salvador Honduras Nicaragua Guatemala Estados Unidos Brasil Haití Belice Paraguay Costa Rica Chile Canadá Trinidad y Tobago Panamá Guyana Jamaica 30.6% 27.5% 24.4% 24.4% 23.4% 23.4% 22.8% 22.2% 19.6% 18.6% 18.3% 17.2% 17.0% 16.7% 16.4% 15.7% 13.8% 12.8% 12.5% 11.9% 11.6% 9.6% 8.2% 7.4% 6.7% 0 10 20 30 40 Victimización por delincuencia 95% Intervalo de conianza (Efecto de diseño incorporado) Fuente: Barometro de las Américas por LAPOP: 2014: vV.GM 14_0912 6.4.5 Antes de la Reforma Procesal Penal en el Perú, la resolución de los procesos demoraban años. Crisis crónica y estructural de ineicacia e ineiciencia, sentida directamente por los usuarios del servicio: la colectividad, los agraviados y procesados, canalizados a través del “descontento ciudadano” por el incumplimiento de un deber consagrado constitucionalmente: Artículo 44° de la Constitución “deberes primordiales del Estado:[…] garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia[…]”. 6.4.6 Con la Reforma Procesal Penal los procesos demoran meses, y con la aplicación del Decreto Legislativo N° 1194, los procesos demoran días e incluso solo horas. Esta cualidad, es la más importante y más notoria ante los justiciables, que ven en el proceso inmediato que al in tienen acceso a la justicia de manera eicaz y oportuna y inalmente la víctima ve resarcido el daño ocasionado de forma inmediata y oportuna. Además la aplicación del D. Leg. N°1194 ha permitido mejorar la imagen y credibilidad de las instituciones como el Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, y con especial énfasis en el Poder Judicial. 6.4.7 El Decreto Legislativo N° 1194, tiene como objetivo principal, simpliicar los procedimientos procesales, eliminando aquellos actos que por sus propias características no es necesario abundar en la investigación, por lo que está generando que esa transformación de la Reforma Procesal Penal se acentúe y se desarrolle con mayor eiciencia. 26 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 6.4.8 La penalización de la omisión a la asistencia familiar y del peligro común o conducción en estado de ebriedad o drogadicción y su inclusión en el Proceso Inmediato, beneicia a la población porque permite no solamente procesos más rápidos con sentencias ejemplares, sino además también se da la disminución de incidencias que se ven relejadas en las estadísticas por el carácter disuasivo de la norma. 6.4.9 Si bien, a partir de la Reforma Procesal Penal se generó una mayor descongestión de casos, celeridad, transparencia, imparcialidad entre otras características que hacen posible una mayor satisfacción del usuario de justicia, (debido al uso de salidas alternativas o mecanismos de simpliicación procesal que permiten reducir el tiempo en que se brinda la respuesta penal, combatir la morosidad procesal penal y descongestionar el número de casos a la espera de juicio. Sin embargo, el Proceso Inmediato ha sido el mecanismo procesal “que menos se ha aplicado durante la vigencia de la reforma (apenas el 0.24% del total de denuncias ingresadas), impactando negativamente en el Sistema de Justicia Penal3. 6.5 En cumplimiento al D.S. N° 03-2016-JUS que modiica el cronograma de implementación del Código Procesal Penal, que dispone la vigencia de la referida norma a partir del 01 de julio del año 2017, se ha formulado y tramitado los requerimientos presupuestales para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal para los Distritos Judiciales de Lima Este, Lima Norte y el Callao, considerando que para dicho in es necesario S/. 152, 615,543.00 millones de soles, monto que beneiciará una población estimada de 5, 769,744 millones de habitantes en los referidos distritos judiciales. POBLACIÓN BENEFICIADA DISTRITO JUDICIAL POBLACIÓN Lima Este 2.704.001 Lima Norte 2.483.712 Callao 582.031 TOTAL POBLACIÓN 5.769.744 Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016 6.6 3 Se ha formulado y tramitado la demanda presupuestal para el fortalecimiento de los órganos jurisdiccionales del Nuevo Código Procesal Penal a nivel nacional, a excepción de los distritos recientemente implementados (Distritos Judiciales de Apurímac y Huancavelica, y a partir del 1° de julio de 2015 en Ayacucho y Junín, y desde el 01 de mayo de 2016 Ventanilla) considerando que para dicho in es necesario S/. 72,336,467.00 millones de soles, que permitirá: renovación de kits de audio, equipos de cómputo, impresoras y mobiliario de los órganos jurisdiccionales, la implementación de salas de audiencia, el fortalecimiento de los recursos humanos de los órganos jurisdiccionales, incrementar la resolución de casos en un 5% (actualmente está en 80%), alcanzar el 83% de audiencias realizadas (actualmente está en 78%), y reducir en un 3% el nivel de frustración de audiencia (actualmente el nivel es de 20%). Exposición de Motivos Decreto Legislativo N° 1194 27 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 6.7 Se elaboró y tramitó el proyecto de demanda presupuestal para la implementación del segundo tramo del NCPP en el Distrito Judicial de Ventanilla.- Se requirió al MEF la asignación de Presupuesto ascendente a S/. 7,704,471.00 para la implementación del segundo tramo del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Ventanilla, el mismo que permitió la creación y puesta en funcionamiento de 6 órganos jurisdiccionales adicionales a los ya existentes, a partir del 1° de mayo del 2016, implementación de seis (06) salas de audiencia adicionales, creación de 69 puestos cas para personal jurisdiccional y administrativo, incrementar la resolución de casos en un 5% (actualmente está en 80%), alcanzar el 83% de audiencias realizadas (actualmente está en 78%), reducir en un 3% el nivel de frustración de audiencia (actualmente el nivel es de 20%), lo que permitirá beneiciar a una población estimada de 490,255 habitantes. POBLACIÓN BENEFICIADA DISTRITO JUDICIAL POBLACIÓN Ventanilla 490.255 TOTAL POBLACIÓN 490.255 Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016 6.8 Para el cumplimiento de los requerimientos formulados en los ítems 6.5., 6.6. y 6.7 es necesario que el MEF asigne para el año iscal 2017 un presupuesto de S/. 232, 656,471.00 millones de soles conforme se precia el cuadro adjunto. PRESUPUESTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL NCPP-2017, SEGUNDO TRAMO DE VENTANILLA Y FORTALECIMIENTO DE OO.JJ. DEL NCPP DISTRITO JUDICIAL INVERSIÓN CALLAO LIMA ESTE S/ 152,615,534.00 LIMA NORTE VENTANILLA (2do tramo) S/ 7,704,471.00 FORTALECIMIENTO Y SOSTENIBILIDAD DE OOJJ DEL NCPP S/ 72,336,467.00 TOTAL 2017 S/ 232,656,471.00 Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016 6.9 Se elaboró la Guía de Consulta del PP 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal”, como herramienta de consulta para que los magistrados, funcionarios y personal del Nuevo Código Procesal Penal a nivel nacional tengan lineamientos sobre la entrega del producto, actividades y cumplimiento de indicadores y metas del mencionado programa presupuestal para su correspondiente monitoreo y evaluación. 6.10 Se ha realizado visitas de monitoreo y actividades de capacitación en el marco del Programa Presupuestal 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal” a 23 Distritos Judiciales a excepción de Arequipa, Cajamarca, Cusco, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Santa, Puno y Tacna 6.11 Se viene realizando el seguimiento, monitoreo y evaluación de la ejecución presupuestal del 28 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL Programa Presupuestal 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal” a nivel nacional. 7. 6.12 Se ha elaborado y sustentado los contenidos mínimos del Programa Presupuestal 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal” de los años 2014, 2015 y 2017 en lo que corresponde al producto asumido por el Poder Judicial. 6.13 Se ha consolidado las metas de producción de los productos e indicadores del Programa Presupuestal 0086 de las Cortes Superiores de Justicia para un mejor control de la entrega del producto. 6.14 Participación en reuniones de trabajo como integrante del Equipo Técnico del Programa Presupuestal 0086. ANÁLISIS AL EJERCICIO FISCAL 2017 7.1 Para el Ejercicio Fiscal 2017, el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) asignado al Poder Judicial dentro del mencionado Programa Presupuestal, fue de S/. 300,543,551.00 millones de soles, presupuesto que fue modiicado a S/. 328,774,380.00 millones de soles, distribuidos entre todos los distritos judiciales. 7.2 Se gestionó los recursos para la implementación del Código Procesal Penal en los distritos judiciales de Lima y Callao, (01 de julio de 2017 Lima Norte, Lima Este y Callao) y (01 de Julio de 2018 Lima, y Lima Sur) 7.3 Se capacitó a magistrados y personal de apoyo a la función jurisdiccional en los contenidos mínimos del Programa Presupuestal 0086 “Mejora de los servicios de justicia penal” que le corresponden al Poder Judicial, actividad alineada con el componente de capacitación. 7.4 Se garantizó el correcto uso de los recursos asignados al programa presupuestal por las autoridades administrativas de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, mediante el uso de Directivas y Talleres alineados a la programación de presupuesto. 7.5 Se Monitorea el avance en la ejecución financiera y cumplimiento de metas físicas y cumplimiento de indicadores de desempeño por los órganos jurisdiccionales del NCPP, alineados al programa presupuestal 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal” a nivel nacional, para lo cual se propone un cronograma de visitas de trabajo a las 33 Cortes Superiores de Justicia. 7.6 Se realizó la evaluación semestral del programa presupuestal para su correspondiente elevación al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y remisión al MINJUS y MEF. 7.7 Se formuló el Dimensionamiento de presupuesto para proyectos de mejora en la aplicación y fortalecimiento del Código Procesal Penal. 29 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 7.8 Se formuló el Dimensionamiento de demanda presupuestal para la creación e implementación de órganos jurisdiccionales especializados en Corrupción de Funcionarios. Atendiendo el informe del Componente de Monitoreo y Evaluación que recomienda la creación de 32 de órganos jurisdiccionales exclusivos y el fortalecimiento de 24 de ellos para el conocimiento de los procesos por corrupción de funcionarios en los diferentes distritos judiciales, se ha formulado el dimensionamiento presupuestal que asciende a S/. 20, 376,154.00 millones de soles, considerando para ello, la asignación de magistrados para los juzgados, personal jurisdiccional, mobiliario, equipo informático e implementación de 32 salas de audiencias. DISTRIBUCIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES PARA EL TRÁMITE DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS A CREAR E IMPLEMENTAR PROPUESTA DE CREACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONES DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS DISTRITO JUDICIAL CREACIÓN DE JUZGADO INVESTIGACIÓN PREPARATORIA CREACIÓN DE JUZGADO UNIPERSONAL JUZGADO DE INV. PREPARATORIA EN ADIC. DE FUNCIONES JUZGADO UNIPERSONAL EN ADIC. DE FUNCIONES CF CF CF CF TOTAL ANCASH 1 1 2 AREQUIPA 1 1 2 CAJAMARCA 1 1 2 CUSCO 1 1 2 DEL SANTA 1 1 2 HUAURA 1 1 2 ICA 1 1 2 LA LIBERTAD 1 1 2 LAMBAYEQUE 1 1 2 LORETO 1 1 2 PIURA 1 1 2 PUNO 1 1 2 SULLANA 1 1 2 TACNA 1 1 2 TUMBES 1 1 2 UCAYALI 1 1 2 AMAZONAS 1 1 2 APURÍMAC 1 1 2 AYACUCHO 1 1 2 CAÑETE 1 1 2 HUANCAVELICA 1 1 2 HUÁNUCO 1 1 2 JUNÍN 1 1 2 MADRE DE DIOS 1 1 2 MOQUEGUA 1 1 2 PASCO 1 1 2 SAN MARTIN 1 1 2 VENTANILLA 1 1 2 12 12 56 ETI PENAL TOTAL 16 Fuente: Gestoría Administrativa ETI Penal -2016 30 16 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 7.9 Se ha formulado y tramitado la demanda presupuestal para el fortalecimiento de los órganos jurisdiccionales del Nuevo Código Procesal Penal a nivel nacional, a excepción de los distritos recientemente implementados (Distritos Judiciales de Apurímac y Huancavelica, y a partir del 1° de julio de 2015 en Ayacucho y Junín, y desde el 01 de mayo de 2016 Ventanilla) considerando que para dicho in es necesario S/. 72,336,467.00 millones de soles, monto que permitirá: renovación de kits de audio, equipos de cómputo, impresoras y mobiliario de los órganos jurisdiccionales, la implementación de más salas de audiencia, el fortalecimiento de los recursos humanos de los actuales órganos jurisdiccionales incrementar la resolución de casos en un 5%(actualmente está en 80%), alcanzar el 83% de audiencias realizadas (actualmente está en 78%), la reducir en un 3% el nivel de frustración de audiencia (actualmente el nivel es de 20%). 7.10 Desarrollo de la Directiva de Ejecución de Presupuesto del PpR Penal, herramienta de trabajo que permitirá uniformizar criterios en los requerimientos, para el correcto uso de los recursos asignados en el Programa Presupuestal. 7.11 Taller de capacitación presencial (CSJ de Lima y Callao) y virtual (las 28 CSJ) sobre los contenidos mínimos del PpR Penal, dirigido a los Administradores del NCPP y personal responsable de la ejecución de presupuesto en coordinación con el MINJUS y MEF. 31 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 32 COMPONENTE NORMATIVO ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL EQUIPO NORMATIVO El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con fecha 8 de marzo del 2006, conformó la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, su inalidad fue la de fortalecer y consolidar el proceso de implementación del mencionado Código, realizando las actividades tendientes a viabilizar la Reforma Procesal Penal. El nuevo modelo procesal penal, orientado al sistema acusatorio garantista de carácter oral y público, introduce una serie de cambios en la organización y en las instituciones vinculadas con el proceso penal, pues redeine las fases del proceso y los roles de los sujetos procesales. Este proceso se caracteriza por su celeridad, eiciencia, eicacia y transparencia, garantizando el control ciudadano de las actuaciones de los operadores de justicia. En tal sentido, los esfuerzos del Equipo Técnico se dirigen a su total entrada en vigencia, a in de optimizar el servicio de Administración de Justicia, valiéndose para ello de sus diferentes componentes y mecanismos de gestión. La implementación del nuevo Código Procesal Penal, ha signiicado una fuerte inversión para el Estado, la que se ha ejecutado de manera ordenada, adoptándose las medidas pertinentes a nivel institucional para gestionar adecuada y eicientemente los fondos entregados. En la actualidad, en los Distritos Judiciales en los que se encuentra en vigencia (luego de un proceso gradual y planiicado de implementación, que permitió evaluar y gestionar los cambios) se expresó el compromiso de los diferentes órganos de la especialidad, entre juzgados y salas penales; así como de órganos de distinta materia como juzgados y salas mixtas y juzgados de paz letrados, que participaron asumiendo competencia con el nuevo ordenamiento procesal penal. Esta implementación signiicó la creación de órganos jurisdiccionales de atención exclusiva al nuevo Código Procesal Penal; así como de órganos jurisdiccionales liquidadores para culminar con la carga procesal sujeta al Código de Procedimientos Penales de 1940, que una vez disminuida permitió que se conviertan en dependencias de aplicación del nuevo Código Procesal Penal, superándose de esta forma todo tipo de inconvenientes. El devenir en el tiempo ha signiicado acumular experiencia en las diferentes sedes judiciales, lo que permitió lo siguiente: El intercambio, la difusión de las nuevas instituciones procesales, el cambio de actitudes y el desarrollo de nuevas competencias y destrezas que el nuevo modelo demanda, superándose paradigmas anteriores. Esta superación se ha plasmado en eiciencia y eicacia, por los diferentes órganos jurisdiccionales y áreas administrativas a nivel nacional que aplican el nuevo Código Procesal Penal. En este sentido, se advierte, por ejemplo, el nivel alcanzado en cuanto a la organización de audiencias, lo que ha permitido elevar el número de las que fueron realizadas y disminuir el número de las que se declararon frustradas; así como elevar la producción de resoluciones emitidas y disminuir la carga procesal de los diferentes órganos jurisdiccionales. Para obtener ese resultado, fue necesario contar con herramientas de gestión, tanto para el ámbito administrativo como jurisdiccional, que permitieran salvar los distintos obstáculos que se presentaron en el proceso de implementación del nuevo modelo procesal y generar tales logros. En contexto y con la participación del Componente Normativo del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, se han dictado diferentes resoluciones dirigidas a ello, como lo son por ejemplo: la Resolución Administrativa N° 62-2015-CE-PJ “Lineamientos para la Programación y Gestión de Audiencias en la Etapa de Juicio con el Código Procesal Penal”, la Resolución Administrativa N° 220-2016-CE-PJ “Cuadro de Términos de la Distancia y su Reglamento, el Reglamento del Despacho Judicial, la Guía del Administrador Judicial”, Resolución Administrativa N° 122-2016-CE-PJ “Lineamientos para la Ejecución de Actividades de 35 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL Capacitación de Órganos Jurisdiccionales Penales”. Además de estas el Reglamento de Costas y Costos Procesales; propiciándose, además, la creación del ETI Distrital Especial y CDI Especial, la Unidad de Gestión de Despacho de la Sala Penal Nacional, así como la implementación de la Coordinación Nacional de Flagrancia y otras más cuyas características y beneicios analizaremos seguidamente. 1. La Resolución Administrativa N° 62-2015-CE-PJ, “Lineamientos para la Programación y Gestión de Audiencias en la Etapa de Juicio con el Código Procesal Penal”. Tiene como inalidad optimizar la capacidad de producción de los órganos jurisdiccionales y el desarrollo del juicio con la celeridad debida y dentro de los plazos de ley. Para ello, se incorporó diferentes medidas con tales ines dirigidas a la distribución de la carga procesal, estimación de la duración del juicio, programación, cancelación y reprogramación de audiencias, juicios en establecimientos penitenciarios, supervisión de la programación de audiencias, notiicaciones, citaciones, elaboración de actas, entre otras. Todas ellas están dirigidas al cumplimiento de los estándares y metas de producción de los Juzgados Penales Unipersonales y Colegiados, aprobados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Dichas metas se han cumplido en la actualidad, esto es, se ha mejorado la organización de audiencias, la que es más expeditiva, elevándose el número de las que fueron realizadas y disminuyendo el número de las que se declararon frustradas, e incrementándose, adicionalmente, la producción de resoluciones emitidas y disminuyendo la carga procesal de los diferentes órganos jurisdiccionales. 2. La Resolución Administrativa N° 288-2015-CE-PJ, que aprobó el “Cuadro de Términos de la Distancia y su Reglamento”. Se constituyó en un documento normativo útil para los operadores de justicia y las partes que intervienen en un proceso judicial, pues aprobó la metodología a emplear para estimar los plazos procesales y coadyuvar al acceso a la justicia. En este documento constan las reglas y criterios que le sirven de sustento y de aplicación, tomando en consideración la modernización del parque automotor, la presencia de otros medios de transporte; así como la implementación de nuevas vías de comunicación. 3. La Resolución Administrativa N° 347-2015-CE-PJ, que Aprobó los siguientes instrumentos: el “Manual de Organización y Funciones (MOF)”, para los órganos jurisdiccionales que conocerán los procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción; el “Manual de Procedimientos Operativo (MAPRO)”, para los órganos jurisdiccionales que conocerán los procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción; el Modelo o Formato de Acta de Audiencia para cada uno de los estadios del proceso inmediato, para los órganos jurisdiccionales que conocerán los procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción; la Guía de Uso de Ingresos bajo el Decreto Legislativo N° 1194, que establece procedimientos obligatorios en el ingreso de la información requerida para los órganos jurisdiccionales que conocerán los procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, y dispuso diversas medidas Administrativas para los Distritos Judiciales en los cuales se aplica la totalidad del Código Procesal Penal. 36 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL Esta Resolución Administrativa se dictó en mérito a la emisión del Decreto Legislativo N° 1194, que reguló el Proceso Inmediato en casos de lagrancia y modiicó los artículos 446°, 447° y 448° del Código Procesal Penal, señalando que por su naturaleza el proceso inmediato está diseñado para casos que no revistan las características de complejidad o conexidad de delitos y que demandan celeridad y compromiso en la tramitación de tales procesos por parte de los operadores judiciales. Dentro de este contexto estableció dos escenarios: el primero circunscrito a los Distritos Judiciales en los que ya se implementó el Código Procesal Penal, en los que el conocimiento del proceso inmediato para casos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, estará a cargo de todos los órganos jurisdiccionales del Código Procesal Penal en adición a sus funciones, pero en las sedes donde exista más de un órgano jurisdiccional con la misma competencia y de la misma instancia, el conocimiento de esos procesos será por órganos jurisdiccionales a dedicación exclusiva. Por otro lado, en los Distritos Judiciales en los que aún no se implementó la totalidad del Código Procesal Penal, el conocimiento del proceso inmediato para casos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, estará a cargo de órganos jurisdiccionales a exclusividad designados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. La citada Resolución Administrativa dispuso en relación a las implementaciones del nuevo modelo procesal penal y del D.L. N° 1194, la creación de órganos jurisdiccionales exclusivos; así como determinó que órganos jurisdiccionales penales y/o mixtos conocerán en adición a sus funciones los mencionados procesos. Finalmente determinó que órganos jurisdiccionales se encargarán de liquidar los procesos penales tramitados bajo las reglas del antiguo modelo procesal penal. De la misma manera y considerando que el proceso inmediato constituye un mecanismo de simpliicación procesal, que prescinde de la etapa de investigación preparatoria e intermedia, se estableció el rol de los actores jurisdiccionales que conocerán de tales causas, quienes participaran de un procedimiento célere y de características diferentes. En tal sentido se consideró necesario la aprobación de un Manual de Procedimientos Operativo, para los órganos jurisdiccionales que conocerán los procesos por Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. En el mismo sentido y estando a esta diferente realidad, en las que el personal jurisdiccional y administrativo cumplirán funciones especíicas en el conocimiento de tales procesos, resultó necesario determinar las mismas para el cumplimiento de sus responsabilidades; por ello se dispuso la aprobación de un Manual de Organización y Funciones, para los mencionados órganos. Finalmente y ya en el área jurisdiccional, también se dispuso la aprobación de un Modelo o Formato de Acta de Audiencias, para cada uno de los estadios del proceso inmediato, pues a pesar de la vigencia del Código Procesal Penal, no se habían logrado establecer criterios únicos y homogéneos en cuanto a su aplicación, ni estandarizado un formato o modelo de acta, que permita plasmar el desarrollo de las diferentes audiencias a las que se contrae la norma procesal. Esto constituyó un avance en cuanto a conseguir criterios uniformes en el desarrollo de las audiencias y la forma de plasmarlas en un documento. Siguiendo con el proceso de implementación del Decreto Legislativo N° 1194°, y a efectos de realizar el seguimiento de la carga procesal que se tramitará como proceso inmediato, también se dispuso la 37 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL formulación de una Guía de Uso de Ingreso de Causas, que estableció procedimientos obligatorios, para lo cual se utilizarán aplicativos y/o formatos manuales también obligatorios, a efectos de determinar los índices de crecimiento de la carga procesal, discriminar las materias a que se reieren los procesos inmediatos y la duración de los mismos, hasta la emisión de la sentencia deinitiva. La mencionada información permitió utilizarla de diferentes maneras, no solo como aporte estadístico, sino también para tomar decisiones oportunas en beneicio de la actividad jurisdiccional. Es en atención a la información recabada y considerando las necesidades imperantes que se dictaron las Resoluciones Administrativas N° 149-2016-CE-PJ, 170-2016-CE-PJ, 197-2016-CEPJ, 199-2016-CE-PJ y 069-2017-CE-PJ, mediante las cuales se incrementaron diferentes órganos jurisdiccionales a nivel nacional, o se ampliaron la competencia de los ya existentes, para que, manteniendo la prioridad, conozcan de los procesos inmediatos a dedicación exclusiva. La última de estas resoluciones dictada este año, dispuso que los órganos jurisdiccionales a nivel nacional, (que conocen del proceso inmediato) tanto de primera como de segunda instancia, amplíen su competencia funcional para el conocimiento del proceso común a que se reiere el Código Procesal Penal, y/o procesos en liquidación bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940, sin que tal ampliación constituya dejar sin efecto la exclusividad señalada en la Resolución Administrativa N° 347-2015-CE-PJ, para la aplicación del Decreto Legislativo N° 1194. 4. Resolución Administrativa N° 122-2016-CE-PJ, “Lineamientos para la Ejecución de las Actividades de Capacitación de Órganos Jurisdiccionales Penales”. Este Instrumento reconoce que para un eiciente servicio en la impartición de justicia, resulta prioritario la permanente capacitación de jueces y personal jurisdiccional para el adecuado cumplimiento de sus funciones. En tal sentido, era necesario un documento que estandarice los procedimientos para todas las actividades académicas y regule la ejecución de las mismas. El contenido de la misma tiene como objetivo, un adecuado cumplimiento del plan de capacitación; así como el establecimiento de responsabilidades en cada nivel de competencia, las mismas que recaerá en la Administración del Módulo Penal bajo la Dirección de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Por ello su inalidad fue la implementación de módulos de capacitación en cada Corte Superior del país, que desarrollando planes anuales se regirán por tales pautas. 5. La Resolución Administrativa N° 154-2016-CE-PJ, Creó la Unidad de Gestión de Despacho para la Dirección Judicial del Proceso de la Sala Penal Nacional, y autorizó la conformación de la Comisión de Implementación Interinstitucional (CDI) en la Sala Penal Nacional. Mediante este documento se reconoció que la Sala Penal Nacional tiene competencia para procesos complejos a nivel nacional, que son distintos a los de cualquier otro Distrito Judicial del país. En ese sentido, necesita de las herramientas suicientes para desempeñar sus funciones de manera eicaz, por lo que se consideró necesaria la creación de la Unidad de Gestión de Despacho, como una unidad de trabajo dentro de la organización administrativa de la Sala Penal Nacional, pero en concordancia con el Manual de Organización y Funciones de los Órganos Jurisdiccionales Penales de las Cortes Superiores de Justicia, y bajo la supervisión del Administrador del Módulo Penal, que deberá dar cuenta al Magistrado Responsable de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal. 38 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL Por otro lado, se consideró pertinente la creación de la Comisión de Implementación Interinstitucional (CDI) en la Sala Penal Nacional, con la inalidad de facilitar la implementación del Código Procesal Penal, facultándose a la Magistrada Coordinadora y al Juez Superior Responsable de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Sala Penal Nacional, a que adopten las acciones pertinentes para su correspondiente implementación. 6. La Resolución Administrativa N° 220-2016-CE-PJ, “Guía del Administrador Judicial”. Documento que tomando en consideración el marco conceptual del Despacho Judicial bajo la vigencia del Código Procesal Penal, reconoce como actor importante al Administrador del Módulo Penal, quien necesita de un instrumento de fácil comprensión para el desempeño de su labor, que le sirva, además, como herramienta de capacitación y consulta permanente, optimizando sus capacidades. El Administrador, independientemente de la responsabilidad que le corresponde a cada trabajador del Módulo, es el encargado de supervisar y gestionar el nuevo Despacho Judicial Corporativo, por ello debe contar con niveles de calidad y competitividad que le permitan manejar los recursos humanos y logísticos con que cuenta, ofreciendo una atención integral a los órganos jurisdiccionales para el cumplimiento de sus funciones, este instrumento ha empoderado al mencionado funcionario en el ejercicio de su labor; estando en la actualidad sujeto a un mecanismo de evaluación sistemática, objetiva e integral en cuanto al desempeño de su labor durante su gestión, en las diferentes áreas involucradas en el nuevo despacho judicial, identiicando su rendimiento, capacidades y logro de las metas trazadas, como se advierte de la Resolución Administrativa N° 108-2017-CE-PJ. 7. La Resolución Administrativa N° 296-2016-CE-PJ, que Aprobó la Directiva N° 011-2016-CE-PJ, “Lineamientos de Aplicación del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal (ETI Distrital-CPP)”. Por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, se aprobó la Nueva Estructura Organizacional y Funcional de la Unidad Técnica1 Institucional de implementación del Código Procesal Penal, sin embargo, se advirtió que las diversas contingencias y situaciones presentadas en cada sede judicial, vinculadas a la implementación del nuevo modelo procesal, eran elevadas a conocimiento y solución del Equipo Técnico Nacional, sin considerar que tales conlictos debían ser resueltos inicialmente por el Equipo Técnico Distrital de cada sede como órgano de primera instancia. Por esas razones se consideró necesario tener un instrumento que establezca lineamientos especíicos, relacionados con las funciones y procedimientos a seguir por el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal en cada sede judicial del país. Esto permitió que las contingencias que se presenten, sean resueltas inicialmente en cada sede judicial. 8. La Resolución Administrativa N° 342-2016-CE-PJ, que dictó disposiciones para que el diligenciamiento de las notiicaciones judiciales puedan realizarse por vía telefónica, incluidas las tramitadas vía exhorto. Ante el alto índice de audiencias frustradas a nivel nacional, se advirtió que uno de los principales factores que la generaban (en atención a la variada geografía del país) era la imposibilidad o demora para transmitir las comunicaciones a los sujetos procesales en sus respectivos domicilios, pues las mismas se encontraban en zonas rurales y/o alejadas y/o de difícil acceso, o en áreas urbanas con serios problemas catastrales. Estas comunicaciones además, no eran tramitadas con la debida diligencia y oportunidad por los Jueces de Paz, quienes carecían de recursos para diligenciarlas. 39 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL Igualmente se advirtió que en las notiicaciones realizadas por las áreas de comunicaciones de los módulos penales, se incurrían en errores al consignar los datos de los sujetos procesales, a lo que se agregaba que el personal no era el suiciente, careciendo de medios logísticos y presupuestarios para sus respectivos desplazamientos. Por estas razones y a in de no afectar el derecho de defensa; así como el debido proceso por falta de notiicación o notiicación defectuosa, (considerando que la norma procesal permite que la notiicación del acto procesal también pueda realizarse por cualquier otro medio idóneo, que ponga en conocimiento de las partes de manera indubitable y efectiva el acto procesal pertinente) se dispuso la utilización de las herramientas tecnológicas más generalizadas, como es el medio telefónico, para que las partes del proceso conozcan oportunamente de los actos procesales dispuestos por el órgano jurisdiccional. A tal efecto debe interactuarse coordinadamente con el Juez de Paz de la localidad donde se enviará la comunicación, habilitándose la posibilidad de que los exhortos vía telefónica también puedan utilizarse en zonas rurales, convalidándose esta forma de actuación de acuerdo a la previsión contenida en el artículo 129°.2 del Código Procesal Penal. En la mencionada Resolución Administrativa se estableció el procedimiento a seguir; así como el empleo de formularios para consignar los datos requeridos que le den validez a la diligencia de notiicación y citaciones judiciales, entre ellas las que se tramitan vía exhorto. 9. La Resolución Administrativa N° 199-2015-CE-PJ, que aprobó el “Diseño Organizacional y Estructura de Cargos de la Unidad Técnica Institucional de Implementación del Código Procesal Penal del Poder Judicial”, incluyéndose dichos cargos en el Presupuesto Analítico de Personal, Cuadro de Asignación de Personal y en la Estructura Orgánica Institucional del Poder Judicial, con sus herramientas de gestión: Manual de Organización y Funciones y Reglamento de Organización y Funciones. Dispuso asimismo, que la Gerencia General del Poder Judicial adopte las acciones pertinentes a in de habilitar los recursos inancieros que demande la asignación de seis nuevas plazas y la implementación de la nueva estructura de plazas y cargos funcionales del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, manteniendo la permanencia del personal asignado a dicho Equipo Institucional. Para la mencionada asignación e implementación de la nueva estructura de plazas y cargos funcionales, del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, se consideró que ya se implementaron en el nuevo modelo procesal penal, 27 Distritos Judiciales de un total de 33, representando el 40% de la carga procesal penal a nivel nacional. Aún falta implementar el Código Procesal Penal en 6 Distritos Judiciales con esa fecha, que por sus índices de crecimiento poblacional y comisión de delitos, soportarán el 60% de la carga procesal a nivel nacional. Esto signiica mayor trabajo y responsabilidades y genera la necesidad de contar con los recursos y capital humanos necesarios, que permitan no solo continuar con la labor de implementación en atención al cronograma establecido, sino también cumplir para los próximos años con eiciencia y eicacia las labores de implementación, coordinación, gestión, monitoreo, difusión, capacitación y evaluación de todos los Distritos Judiciales; así como prestar atención a los mayores retos y compromisos que demandará la implementación del Código Procesal Penal. 40 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL Se consideró continuar con la participación del equipo de profesionales y técnicos ya asignados al Equipo Técnico, pues éstos ya han desarrollado los conocimientos y experiencia necesarias en la ejecución de la reforma procesal penal; así como incorporar nuevos profesionales para el logro de tales objetivos y resultados, que cuenten no solo con los conocimientos técnicos y experiencia necesarios, sino que a su vez posean experiencia, destreza y habilidades en el proceso de implementación del Código Procesal Penal. 10. La Resolución Administrativa N° 014-2017-CE-PJ, que aprobó el “Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República”. Este documento permitió constituir una forma de organización de trabajo moderno y eiciente, bajo el contexto de un Despacho Judicial Penal Corporativo, sustentado en la separación de las funciones jurisdiccional y administrativa, y elaborado conforme a los principios y normas del nuevo Código Procesal Penal. Este reglamento busca instalar un sistema de gestión de calidad y mejorar el servicio de justicia, caracterizado por la uniformidad, estandarización, predictibilidad y lexibilidad de los procedimientos establecidos; motivando a los jueces y al personal administrativo a superar cualquier situación no prevista o formalismo innecesario que impida el logro de los objetivos mencionados. Asimismo, delimitó las funciones y estableció las responsabilidades del área jurisdiccional y del área administrativa, la primera a cargo de los jueces en sus diferentes niveles, y la segunda a cargo y bajo supervisión del Administrador del Código Procesal Penal, e integrada por todo el personal que realiza las acciones administrativas de apoyo y soporte integral al área jurisdiccional, quienes trabajan en equipo utilizando las diversas tecnologías de información y comunicación en las diferentes etapas del proceso penal. 11. El Externo N° 907-2017-CE-PJ, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, desactivó la Coordinación Nacional para la Implementación de Órganos Jurisdiccionales de Flagrancia, Delitos de Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, que fuera constituida por Resolución Administrativa N° 314-2015-CE-PJ, y dispuso crear el Componente de Implementación de Órganos Jurisdiccionales de Flagrancia, Delitos de Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. La Coordinación Nacional para la Implementación de Órganos Jurisdiccionales de Flagrancia, Delitos de Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, fue constituida el 14 de octubre del 2015, y tuvo como sustento de creación el Decreto Legislativo N° 1194. En este año, mediante el Informe N° 006-2017-NOR-ST-ETI-CPP/PJ, elaborado por el Componente Normativo de la Secretaría Técnica de Implementación del Código Procesal Penal, se realizó un análisis del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales encargados de tramitar los procesos penales bajo las normas del citado Decreto; así como de la labor desarrollada por la citada Coordinación Nacional. Es así, que con la información proporcionada, el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, consideró pertinente solicitar que la referida Coordinación Institucional pase a integrar el mencionado equipo Técnico, como un componente especíico encargado del proceso inmediato. En ese contexto, se desactivó la Coordinación Nacional, y en su lugar, se creó el Componente de Implementación de Órganos Jurisdiccionales de Flagrancia, 41 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL Delitos de Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, como órgano integrante del Equipo Técnico Institucional. 12. La Resolución Administrativa N° 054-2017-CE-PJ, que aprobó el Plan Anual de Acciones 2017, del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. En cuanto al Componente Normativo, estableció los objetivos a desarrollar, para consolidar en los actores involucrados en la reforma judicial de las áreas jurisdiccional y administrativa, el conocimiento y desarrollo de las habilidades y destrezas necesarias, en el marco de los nuevos roles que les toca desempeñar en el funcionamiento de la nueva estructura organizativa y de gestión judicial, basados esencialmente en el desarrollo de audiencias, privilegiando la oralidad de los procesos. Entre los objetivos planteados y desarrollados, tenemos: El fortalecimiento de los conocimientos de los Jueces de la República, respecto al Código Procesal Penal, mejorando sus capacidades y destrezas y uniicando los criterios de interpretación para lograr eiciencia. Otro de los objetivos fue la elaboración de propuestas de reforma normativa en materia penal procesal penal y de ejecución penal. De igual manera mejorar las capacidades y elevar el desempeño de los Administradores, Subadministradores y personal administrativo. Asimismo identiicar las buenas prácticas en el manejo del Despacho Judicial, promoviendo su implementación en los distintos Distritos Judiciales y fortalecer las mejoras implementadas por el ETI Penal del Poder Judicial, con la inalidad de consolidar la reforma procesal penal a nivel nacional. Se estableció, además, las actividades que se deben realizar para lograr gradualmente los objetivos; así como la metodología a emplear. Aquí tiene mucha importancia el trato directo con los mencionados operadores del sistema de justicia, pues la elaboración de propuestas de reforma legislativa, la elaboración de tutoriales, las reuniones, conversatorios y encuentros a realizarse; así como las visitas de trabajo a las diferentes Cortes, se constituirán esencialmente (y como tiene que ser) en espacios de diálogo y debate libre, de intercambio de ideas y experiencias, que permiten acceder a las metas propuestas. 13. La Resolución Administrativa N° 108-2017-CE-PJ, que Aprobó el “Sistema de Medición de Desempeño Anual de los Administradores del Módulo Penal del Código Procesal Penal”. Este instrumento normativo tiene como sustento la Resolución Administrativa N° 220-2016-CEPJ, que aprobó la Guía del Administrador del Código Procesal Penal, en la que se mencionó que el Administrador se constituye en un funcionario con niveles de calidad y competitividad, para asumir el manejo y la gestión organizacional de los recursos humanos y logísticos puestos a su disposición, con capacidad de monitorear y hacer seguimiento mediante indicadores de desempeño, a las áreas de apoyo que integran el Módulo Penal, con la inalidad de optimizar la prestación y calidad del servicio de justicia. No obstante, no se había establecido ni deinido los indicadores de medición que permitieran la evaluación del desempeño del Administrador durante su gestión, en las diferentes áreas involucradas en el nuevo despacho judicial. 42 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL Dentro de este contexto, en la Resolución Administrativa N° 108-2017-CE-PJ, se señaló una serie de conceptos y planteó una evaluación especíica sobre la base de las diez áreas a cargo del Administrador, lo que permitió una medición sistemática, objetiva e integral del desempeño de dicho funcionario, identiicando su rendimiento, sus capacidades y el logro de las metas trazadas. Esta evaluación está a cargo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, a través de sus diversos componentes, quienes emitirán el informe correspondiente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, órgano que tomará la decisión correspondiente. 14. La Resolución Administrativa N° 110-2017-CE-PJ, que dispuso las acciones a adoptar por los órganos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Callao, que aún mantienen órganos jurisdiccionales a dedicación exclusiva para la tramitación de procesos con reos en cárcel. Desde el año 2014, se puso en debate la factibilidad de suprimir de las citadas Cortes Superiores de Justicia, la sub especialidad de Juzgados Penales para Procesos con Reos Libres y Procesos con Reos en Cárcel. La referida Resolución Administrativa reconoce que esta última sub especialidad, se circunscribe a aquellos procesos en los que el sujeto activo del delito tiene un mandato de detención. Los plazos procesales son perentorios y deben cumplirse y aplicarse con estricta observancia, pues caso contrario, podría ocurrir la excarcelación del imputado por el vencimiento del plazo de detención. Asimismo, la citada Resolución Administrativa meritúa las realidades y condiciones especiales de carga procesal de ambas subespecialidades y concluye que es necesario seguir contando, por ahora, con juzgados a dedicación exclusiva, como los Juzgados con Reos en Cárcel, para resolver los procesos con celeridad y obtener un pronunciamiento oportuno. En consecuencia, se mantienen vigentes ambas subespecialidades. Con la inalidad de optimizar el uso de los recursos logísticos y presupuestales, se dispuso el uso adecuado del Sistema de Administración de Registro de Audiencias (SIARA), para lograr una adecuada programación y uso de las Salas de Audiencias ubicadas en los Establecimientos Penitenciarios; así como la concurrencia de los jueces en la hora programada para las audiencias. Igualmente se dispuso el adecuado uso de las Salas de Video Conferencias que tiene cada sede judicial y la observancia del Decreto Legislativo N° 1206, especialmente la modiicatoria establecida en el artículo 72°, inciso 3 del Código de Procedimientos Penales, referida al valor probatorio, para los efectos del juzgamiento, de las diligencias actuadas a nivel policial con intervención del Ministerio Público y las practicadas por el propio iscal, con asistencia del defensor, que no fueran cuestionadas, las que no deberán repetirse una vez dictado el auto de procesamiento, salvo que su ampliación resulte indispensable. 15. La Resolución Administrativa N° 111-2017-CE-PJ, que aprobó la Directiva N° 002-2017-CE-PJ, “Directiva de Archivo de Expedientes Judiciales y/o Solicitudes en el Módulo Penal del Código Procesal Penal”. A través de la Resolución Administrativa N° 748-2006-MP-FN, de 21 de junio del 2006, el Ministerio Público, estableció el Reglamento de la Carpeta Fiscal. Sin embargo, el Poder Judicial no tenía un instrumento alguno que regule el mecanismo para archivar los expedientes judiciales, que se generen por la comunicación de investigación preliminar y/o inicio, conclusión de la investigación preparatoria, o ante solicitudes presentadas al órgano jurisdiccional por personas inmersas en investigaciones. 43 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL En ese contexto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dictó la citada Directiva, que estableció los lineamientos para el traslado del expediente judicial y solicitudes generadas dentro de la investigación preliminar y/o preparatorias, a in de uniformizar el procedimiento y criterios a seguir por los órganos jurisdiccionales a nivel nacional para archivar toda documentación y/o solicitudes que se generen en sede judicial, y los que conforman el expediente judicial, que se encuentre con mandato expreso de archivo provisional o deinitivo. Esto permitirá enviar los actuados correspondientes a la dependencia de archivo. 16. La Resolución Administrativa N° 112-2017-CE-PJ, que dejó sin efecto la Resolución Administrativa N° 034-2014-CE-PJ, en el extremo que dispuso excluir de la competencia para conocer los procesos de Habeas Corpus, a los jueces que conforman los Juzgados Penales Liquidadores, que en adición a sus funciones actúan como Juzgado de Investigación Preparatoria. El tema central, incide en la competencia de los Juzgados Penales Liquidadores en relación a los procesos de Habeas Corpus, pues por Resolución Administrativa N° 034-2014-CE-PJ, se les excluyó de este conocimiento. En la resolución, la autoridad administrativa consideró en comento, la Resolución Administrativa N° 288-2016-CE-PJ, que reguló la participación de los Juzgados Penales Liquidadores en el turno judicial, En cuanto señaló que tratándose de Juzgados Penales Liquidadores, sólo participarán del turno judicial penal los que en adición a sus funciones actúen como Juzgado de Investigación Preparatoria. Dicha participación se realizará, igualmente, en los Distritos Judiciales en los cuales no se encuentre vigente la totalidad del Código Procesal Penal. En ese contexto, aplicando los principios de concentración, celeridad y economía procesal, se concluyó que era contraproducente que se excluyera a los Juzgados Penales Liquidadores que en adición a sus funciones actúan como Juzgados de Investigación Preparatoria, del conocimiento de los procesos constitucionales de Hábeas Corpus. En tal sentido, se dejó sin efecto la Resolución Administrativa N° 034-2014-CE-PJ, en el extremo que dispuso la exclusión. Por tanto, los Juzgados Penales Liquidadores conocerán de los procesos constitucionales de Habeas Corpus, siempre que en adición a sus funciones actúen como Juzgados de Investigación Preparatoria. 44 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL COMPONENTE DE MONITOREO Y EVALUACIÓN 45 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 46 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 1. PRESENTACIÓN El Plan de Monitoreo y Evaluación es un instrumento de gestión de acuerdo con lo previsto en la “Nueva Estructura Organizacional y Funcional la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal”, aprobada por R.A. Nº 061-2013-CE-PJ. Así mismo, los distintos componentes de la Secretaría Técnica Institucional de Implementación del Código Procesal Penal elaboraron sus respectivos planes operativos 2017, documentos de gestión que contribuyen al fortalecimiento institucional, y que guardan estricta relación con el Plan de Desarrollo Institucional 2009 – 2018, los lineamientos de Política para el cambio estructural en el Poder Judicial elabora.das por el Acuerdo Nacional por la Justicia (ANJ), Plan Nacional de CERIAJUS y en las medidas de acción para la reestructuración del Poder Judicial propuestas hechas por el Presidente de este Poder del Estado. 2. MARCO LEGAL • • • • 3. Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y sus modiicatorias. Resolución Administrativa N° 0226-2012-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial. Resolución Administrativa N° 0227-2012-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, que aprueban la Nueva estructura organizacional y funcional la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. OBJETIVOS 3.1 OBJETIVO GENERAL  Asegurar y fortalecer la implementación del Código Procesal Penal y la aplicación del mismo en donde se encuentre total o parcialmente implementado. 3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS       Monitorear y asegurar la realización efectiva de audiencias. Monitorear y asegurar el cumplimiento de los estándares de producción. Monitorear, asegurar y Fortalecer procedimientos de los servicios judiciales enmarcados en el Código Procesal Penal. Proponer mejoras e innovaciones en el Sistema Integrado Judicial con el in de contar con información estadística en tiempo real. Proponer nuevos aplicativos como herramientas a la aplicación del Código Procesal Penal. Identiicar la información que se intercambia entre los demás actores de justicia y proponer automatizarla mediante la interoperabilidad. 47 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 4. ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente plan de monitoreo y evaluación comprenderá a los 33 Distritos Judiciales 5. RESPONSABLES El responsable de la ejecución del presente documento es el encargado del componente de Monitoreo y Evaluación, en apoyo la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, a través de la Secretaría Técnica Jurisdiccional. 6. ACTIVIDADES Las actividades que permitirán la ejecución del plan de monitoreo, son las siguientes: • • • • 7. Visitas in Situ a cada Distrito Judicial según cronograma. Levantamiento de información registrada en medios físicos y sistematizados, que debe ser proporcionada por las Cortes Superiores de Justicia y la Gerencia General, según corresponda. Procesar la información recopilada. Entrega de Base de Conocimiento al Presidente la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, para la toma de decisión. PAUTAS PARA EL DESARROLLO DE LAS VISITAS IN SITU 7.1 GRUPO DE COORDINACIÓN El Equipo Técnico Institucional de Implementación del CPP y su Secretaría Técnica Jurisdiccional, con los respectivos Equipos Técnicos Distritales 7.2 PÚBLICO OBJETIVO PARA LAS REUNIONES DE TRABAJO 7.2.1 INTEGRANTES DEL EQUIPO TÉCNICO DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CPP      7.2.2 INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CPP-CDI     48 Presidente de la Corte Superior de Justicia. Representante de los Jueces Superiores. Representante de los Jueces especializados del CPP. Representante de los Jueces de Paz Letrado. Administrador del Módulo Penal Presidente de la Corte Superior de Justicia. Representante del Ministerio Público. Representante de la Defensa Pública. Representante de la Policía Nacional del Perú. ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 7.2.3 INTEGRANTES DE LAS ÁREAS JURISDICCIONALES Y ADMINISTRATIVAS DEL MÓDULO PENAL DEL CPP    Magistrados del CPP (Salas Penales de Apelaciones, Juzgados Penales Unipersonales, Juzgados de la Investigación Preparatoria y Juzgados de Paz Letrados) Administrador y Sub-Administradores de los módulos penales. Personal Jurisdiccional y administrativo de los módulos penales. 7.3 PROCESOS EN ANÁLISIS Los procesos en estudio son los siguientes: 7.3.1 PROCESO DE DIGITALIZACIÓN  7.3.2 PROCESO DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA  7.3.3 Tiempo promedio de respuesta para la consulta de un expediente Tiempo promedio de respuesta para la lectura de un expediente % aprobación de la Atención al Público PROCESO DE REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS      7.3.6 % del personal de la Central de Comunicaciones que utilizan el SERNOT Tiempo promedio de programar la entrega de una notiicación Tiempo promedio de entrega de una notiicación al destinatario Tiempo promedio de entrega de una notiicación al destinatario en lugares alejados PROCESO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO    7.3.5 % de Órganos Jurisdiccionales que utilizan el SINOE PROCESO DE NOTIFICACIÓN POR LA CENTRAL DE COMUNICACIONES     7.3.4 % de Documentos digitalizados vs total de documentos ingresados % cumplimiento con el protocolo para la realización de audiencias % de Órganos Jurisdiccionales que dictan Sentencia íntegra en Audiencia. Cantidad promedio de sesiones de audiencia para llevar a cabo la Resolución de fondo (resuelve incidentes, emite sentencias) en Órganos Jurisdiccionales del NCPP. Uso de medios alternos en la de grabación de audiencias Medios de grabación de audiencias para casos emblemáticos. PROCESO DE RETORNO DE EXPEDIENTES DE SEGUNDA INSTANCIA (INDICADOR DE CALIDAD).  % de resoluciones conirmadas en relación al total de apeladas. 49 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 7.3.7 PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS     7.3.8 PROCESO DE PROGRAMACIÓN DE TURNOS JURISDICCIONALES   7.3.9 % de Órganos Jurisdiccionales que utilizan el SIJ vs el total de Órganos Jurisdiccionales del NCPP en el Distrito Judicial. % de Órganos Jurisdiccionales que registran Hitos Estadísticos. Cantidad de Interrupciones en los Sistemas de Información. % de solicitudes de ampliación de días para la asociación de audio y/o acta de audiencia al Sistema Integrado Judicial. Cantidad de expedientes ingresados fuera del horario laboral Cantidad de personas programadas para cubrir el turno vs funciones asignadas dentro del turno. PROCESO DE MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS A EQUIPOS INFORMÁTICOS   Cantidad de Programaciones de Mantenimientos Preventivos. Cantidad de Registro de Mantenimientos Correctivos. 7.3.10 PROCESO DE ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN DE LA BASE DE DATOS    Cantidad de Backup al mes de la Base de Datos. Tiempo promedio para la restauración de los Servicios Informáticos. % de incremento mensual de datos en los servidores. 7.3.11 PROCESO DE ACERCAMIENTO DE LA JUSTICIA A LA CIUDADANÍA.   Cantidad de Órganos Jurisdiccionales establecidos en zonas geográicas de difícil acceso. Cantidad mensual de Actividades del Programa “Justicia en tu comunidad” clasiicado por niveles de Acceso que cubre el Distrito Judicial ( Nivel A – Sede Central y dentro de la misma provincia de la Sede Central, Nivel B – Sedes periféricas a la Provincia de la Sede Central, y Nivel C – Sedes en alejadas a la Sede Central) 7.3.12 PROCESO DE DIFUSIÓN E INFORMACIÓN   Cantidad mensual de Notas de Prensa que contengan información del NCPP. % de Locales señalizados en su totalidad (N° de Oicinas, Mapa de Ubicación, Señalización de Traslado) 7.3.13 PROCESO DE REGISTRO DE QUEJAS    50 Cantidad de quejas registradas mensualmente ante la ODECMA. Cantidad de quejas registradas mensualmente en el Libro de Reclamaciones. Tiempo promedio de respuesta para la atención de una queja. 8. AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL IMAGEN N° 01: LÍNEA DE TIEMPO SOBRE EL AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL EN TODOS LOS DELITOS • Ica • Cañete • Puno • Madre de Dios • Ucayali • Cusco • Loreto • Junín • Santa • Tumbes • Huancavelica • Arequipa • Sullana • San Martín • Pasco • Ley • Tacna • Ayacucho • D. Leg. 1194 • Cajamarca • Huánuco • Piura • Lima 30076 • Apurímac • Ventanilla • Callao • Lima Norte • Lima Este • Lima Sur • Huaura • La Libertad • Moquegua • Lambayeque • Amazonas • Ley N° 29574 • Ancash 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 51 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL IMAGEN N° 02: GEOREFERENCIA DEL AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL PARA TODOS LOS DELITOS. 52 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL IMAGEN N° 03: LÍNEA DE TIEMPO DEL AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL SOLO PARA DELITOS POR CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS. IMAGEN N° 04: PORCENTAJE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL A NIVEL NACIONAL 13% 87% 9. INVERSIÓN PRESUPUESTAL La Inversión Presupuestal que el Poder Judicial ha realizado para la aplicación de la reforma procesal penal resulta de suma importancia a efectos de analizar posteriormente los resultados que se han obtenido a la fecha: 53 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL HISTÓRICO DE PRESUPUESTO OTORGADO AL PpR PENAL - PJ 278,904,261 232,656,471 132,505,686 103,502,273 52,521,456 30,000,000 27,320,266 21,355,463 14,024,246 34,016,105 17,605,844 4,382,235 2006 2007 2008 2009 2010 2011 Entregado 2012 2014 2015 2016 9,335,838 2017 2018 Solicitado Fuente: ETI-CPP-PJ 9,646,768 5,121,788 4,214,050 2,561,530 1,344,631 PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 1,492,256 1,307,964 BIENES Y SERVICIOS DJ CALLAO Fuente: Gerencia General del Poder Judicial 54 1,377,163 1,252,294 ACTIVOS NO FINANCIEROS DJ VENTANILLA SNEDCFP TOTAL ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 10. CANTIDAD DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES 10.1 ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENA ÓRGANOS JURISDICCIONALES ESPECIALIZADOS ADICIÓN Juzgados de la Investigación Preparatoria 309 137 Juzgados de Juzgamiento - Unipersonal 259 150 Juzgados de Juzgamiento – Colegiado 32 61 Salas Penales de Apelaciones 58 34 TOTAL 658 382 Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP Actualizado: Julio del 2017 IMAGEN Nº. 05 ÓRGANOS JURISDICCIONALES QUE APLICAN EL NCPP A NIVEL NACIONAL 350 309 300 259 250 200 137 150 150 100 61 34 32 50 58 0 Juzgados de la Investigación Preparatoria Juzgados de Juzgamiento Unipersonal ESPECIALIZADOS Juzgados de Juzgamiento – Colegiado Salas Penales de Apelaciones ADICION La implementación del Código Procesal Penal del 2004 no solo consideró la creación de órganos jurisdiccionales de atención exclusiva a la reforma procesal penal, si no que por razones de restricciones presupuestales y a in de no vulnerar el principio de acceso a la justicia, se tuvo que 55 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL apoyar en dependencias judiciales de otras materias, como las Salas Superiores Mixtas, los Juzgados Mixtos y Juzgados de Paz Letrado, etc. quienes cuentan con competencias territoriales en la geografía más agreste de nuestro país. Sin embargo, esta situación de adición de funciones no ha dado los resultados esperados en cuanto las exigencias del NCPP (en cuanto la celeridad). En este contexto, la Unidad del Equipo Técnico del Código Procesal Penal durante el presente ejercicio presupuestal ha venido contrarrestando esta deiciencia a través de la conversión de órganos jurisdiccionales penales liquidadores que sin descuidar el trascendente y no menos importante proceso de liquidación (una vez disminuida al máximo su carga procesal) han venido trasladándose como dependencias puras de aplicación del Nuevo Código Procesal Penal. 10.2 ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES ÓRGANOS JURISDICCIONALES ESPECIALIZADOS ADICIÓN Juzgados Penales Liquidadores 36 156 Salas Penales Liquidadoras 12 44 TOTAL 48 200 Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP Actualizado: A Julio del 2017 IMAGEN Nº. 06 ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES 156 160 140 120 100 80 60 44 36 12 40 20 0 1 Juzgados Penales Liquidadores 11. 2 Salas Penales Liquidadoras CARGA EXISTENTE EN DEPENDENCIAS JURISDICCIONALES DEL CPP 1940 En gráicos siguientes observaremos la carga procesal acumulada con el CPP de 1940 a nivel nacional. Debemos precisar que se ha considerado a las 228 dependencias jurisdiccionales penales que tienen a su carga el proceso de liquidación a nivel nacional; es decir no solo a aquellas que tienen dedicación única y exclusiva en la liquidación sino también a aquellos órganos jurisdiccionales que en adición de 56 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL funciones aún mantienen carga en materia penal bajo el Código de Procedimientos Penales. De ésta forma podemos tener una visión completa sobre la cantidad de expedientes que en el Perú aún se viene tramitando bajo los alcances del CPP de 1940. 11.1 PROCESOS PENALES LIQUIDADOS A NIVEL NACIONAL Dentro del proceso de liquidación resulta también necesario observar cifras que nos permitan evidenciar el avance que se ha realizado mediante el esfuerzo de órganos jurisdiccionales penales a nivel nacional para tramitar los procesos bajo el alcance del Código de Procedimientos Penales. Así tenemos que se ha logrado proyectar que concluirán con 15,852 expedientes del CPP 1940 al término de abril del año 2017, llegando a un acumulado total desde el año 2006 de 300,638 casos penales. PROCESOS LIQUIDADOS 2006 1,323 2007 2008 8,686 2009 15,636 2010 31,682 2011 43,499 2012 29,716 2013 35,234 45,966 2014 2015 2016 2017* 35,574 24,328 28,994 15,852 Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP Actualizado: Avance desde Enero a Abril del 2017 IMAGEN Nº. 07 PROCESOS LIQUIDADOS A NIVEL NACIONAL Título del gráico 50,000 45,000 45,966 43,499 40,000 35,000 35,234 31,682 30,000 35,574 29,716 28,994 25,000 24,328 20,000 15,636 15,000 10,000 5,000 0 15,852 8,686 1,323 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017* PROCESOS LIQUIDADOS 57 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL CANTIDAD DE PROCESOS LIQUIDADOS POR DISTRITO JUDICIAL EN EL PERIODO ENERO – ABRIL 2017 DISTRITO JUDICIAL CANTIDAD AMAZONAS 30 ANCASH 185 APURIMAC 173 AREQUIPA 34 AYACUCHO 713 CAJAMARCA 37 CAÑETE 17 CUSCO 1 HUANCAVELICA 32 HUANUCO 57 HUAURA 3 ICA 37 JUNIN 2554 LA LIBERTAD 22 LAMBAYEQUE 54 LORETO 188 MADRE DE DIOS 4 MOQUEGUA 0 PASCO 13 PIURA 158 PUNO 28 SAN MARTIN 38 SANTA 110 SULLANA 25 TACNA 12 TUMBES 15 UCAYALI 50 VENTANILLA 84 TOTAL 5,284 Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP Actualizado: Avance desde Enero a Abril del 2017 58 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 11.2 CANTIDAD DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES PENALES LIQUIDADORES SUBSISTENTES EN EL ÁMBITO NACIONAL CANTIDAD DE OOJJ POR DISTRITO JUDICIAL ESPECIALIZADO DISTRITO JUDICIAL ADICIÓN TOTAL JUZGADO SALA JUZGADO SALA JUZGADO SALA AMAZONAS 0 0 6 2 6 2 ANCASH 0 1 16 0 16 1 APURÍMAC 3 0 11 2 14 2 AREQUIPA 0 0 4 2 4 2 AYACUCHO 6 2 16 0 22 2 CAJAMARCA 2 0 8 2 10 2 CALLAO 8 4 0 0 8 4 CAÑETE 0 0 3 1 3 1 CUSCO 0 0 4 3 4 3 HUANCAVELICA 1 1 15 1 16 2 HUANUCO 1 0 2 2 3 2 HUAURA 0 0 0 1 0 1 ICA 0 0 4 2 4 2 JUNIN 7 2 11 3 18 5 LA LIBERTAD 0 0 5 2 5 2 LAMBAYEQUE 2 0 3 2 5 2 LIMA 0 0 0 1 0 0 LORETO 3 1 5 1 8 2 MADRE DE DIOS 0 0 4 0 4 0 MOQUEGUA 0 0 1 0 1 0 PASCO 0 1 1 1 1 1 PIURA 0 0 6 1 6 1 PUNO 0 0 7 3 7 3 SAN MARTIN 0 1 5 3 5 4 SANTA 0 0 3 2 3 2 SULLANA 0 0 2 1 2 1 TACNA 0 0 3 1 3 1 TUMBES 0 0 1 1 1 1 UCAYALI 0 0 3 2 3 2 VENTANILLA 3 0 7 2 10 2 TOTAL 36 12 156 44 192 56 Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP Actualizado: Julio del 2017 59 ORGANOS JURISDICCIONALES PENALES DEL CPP 2004 6 11 0 6 2 8 0 5 8 0 5 0 3 0 5 1 0 1 0 0 5 5 3 3 4 11 3 3 2 1 0 5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 4 3 4 4 0 0 3 1 11 8 658 0 0 0 0 0 0 259 32 Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP Actualizado: 31 de Mayo del 2017 58 7 106 0 0 0 1 0 5 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1 0 0 0 0 0 3 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 3 0 1 0 2 0 1 0 1 0 0 0 3 0 CORTE SUPREMA 0 0 0 0 24 0 54 4 13 2 5 6 6 0 2 6 0 6 2 1 0 2 0 0 1 0 0 5 4 1 1 3 11 5 2 1 1 1 4 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1 0 0 0 0 0 0 0 1 0 4 1 0 0 3 0 3 0 4 3 4 3 4 4 2 0 0 0 0 5 0 0 3 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 1 2 0 1 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1 1 0 0 0 0 0 0 2 0 2 1 0 1 0 1 2 1 0 1 1 0 0 1 1 0 0 0 0 0 0 0 1 1 1 2 1 1 1 0 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 22 31 16 18 14 21 1 12 20 4 13 7 15 11 16 10 5 4 3 1 10 9 9 5 11 31 14 9 6 9 3 9 9 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2 2 382 Juzgado Mixto en Adición JUP Juzgado Penal en Adición JUP 95 1 Juzgado Penal Liquidador en Adición Juzgado Penal Colegiado 6 4 4 2 5 4 0 1 3 0 0 0 4 5 3 2 0 0 0 0 0 0 0 0 3 3 0 1 0 0 0 0 4 Juzgado Penal Unipersonal en Adición Juzgado Penal Liquidador Juzgado Penal Liquidador en Adición JUP Juzgado de la Inv. Prep. En Adición Liquidador Sala Penal en Adición Sala de Apelaciones 0 0 0 0 0 1 0 0 1 0 0 0 2 0 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2 0 0 0 Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora 16 17 19 34 24 24 18 12 31 14 21 19 28 36 37 40 18 11 9 11 9 12 11 6 24 20 29 23 13 13 14 9 17 Sala Mixta en Adición Sala de Apelaciones 2 1 1 4 1 1 1 1 2 1 1 1 3 2 3 3 3 1 1 2 1 1 1 0 3 2 2 2 1 1 1 2 2 Sala Mixta en Adición Juzgado Penal Colegiado 1 1 1 2 1 1 1 0 2 0 2 1 2 3 2 2 0 0 0 0 0 1 0 0 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Sala Penal Liquidadora en Adición JCP o JPC adicion SPLq 6 7 7 18 8 10 5 6 13 6 6 8 10 14 16 17 9 5 3 4 3 5 5 3 9 7 13 8 5 3 4 2 6 SPA Juzgado Penal en Adición Juzgado Penal Colegiado 309 7 8 10 10 14 12 11 5 14 7 12 9 13 17 16 18 6 5 5 5 5 5 5 3 11 10 13 12 6 8 8 4 8 JCO Juzgado Penal Unipersonal en Adición Juzgado Penal Colegiado 1 SALA PENAL NACIONAL 2 SISTEMA NACIONAL DE CORRUP. TOTAL Sub - Total JUP Juzgado Mixto en Adición JIP Juz. Paz Letrado en Adición JIP Juzgado Penal en Adición JIP Juzgado Penal Colegiado AMAZONAS ANCASH APURIMAC AREQUIPA AYACUCHO CAJAMARCA CALLAO CAÑETE CUSCO HUANCAVELICA HUANUCO HUAURA ICA JUNIN LA LIBERTAD LAMBAYEQUE LIMA LIMA ESTE LIMA NORTE LIMA SUR LORETO MADRE DE DIOS MOQUEGUA PASCO PIURA PUNO SAN MARTIN SANTA SULLANA TACNA TUMBES UCAYALI VENTANILLA ADICION JIP Sala Penal de Apelaciones NCPP JCP SPA Juzgado Mixto en Adición Juzgado Penal Colegiado 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 DISTRITO JUDICIAL JUP Juzgado Penal Unipersonal N° JIP Juzgado de la Investigacion Preparatoria 60 IMAGEN Nº 08 ÓRGANOS JURISDICCIONALES QUE APLICAN EL NCPP A NIVEL NACIONAL 0 6 51 0 3 1 10 24 0 Sub Total ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 12. ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 12.1 DISTRITOS JUDICIALES IMPLEMENTADOS PARA TODOS LOS DELITOS Distritos Judiciales con el NCPPP al 100% Años 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017* Ingresos 2,624 6,320 16,698 33,667 64,374 93,183 100,306 106,153 146,862 185,943 225,504 70,213 Producción 567 3,606 8,633 18,777 40,424 68,387 67,990 80,886 122,150 141,554 185,384 58,179 % 22% 57% 52% 56% 63% 73% 68% 76% 83% 76% 82% 83% Fuentes: FEE- PJ , consolidado por el ETI-CPP (*)Actualizado: Avance desde Enero a Abril del 2017 IMAGEN Nº. 09 PROCESOS JUDICIALES CONCLUIDOS PROCESOS JUDICIALES CONCLUIDOS 90% 83% 82% 83% 80% 73% 76% 70% 57% 60% 63% 76% 68% 56% 50% 52% 40% 30% 20% 22% 10% 0% 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017* Fuente: FEE- PJ Gráico elaborado por el ETI Penal Actualizado: Proyectado a Abril del 2017 De los cuadros que preceden, es meritorio resaltar la eiciencia y eicacia que han mostrado las diferentes dependencias jurisdiccionales y áreas administrativas del Nuevo Código Procesal Penal en el ámbito nacional, en tanto se ha logrado alcanzar una producción procesal que en referencia a los ingresos de carga que se presentaron durante el año 2015 han avanzado el 76%. Esto es consecuencia del esfuerzo conjunto de Magistrados, servidores de apoyo jurisdiccional y administrativo ubicado en cada Sala Penal Superior y Juzgados Especializado del NCPP; así como de los mecanismos de control, monitoreo y evaluación realizada desde el Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal ETI Penal, pues durante todo el año hemos impulsado la misma política de trabajo en forma descentralizada mediante los ETIS Distritales en los siguientes rubros: 1. Sinceramiento de cifras en el FEE y el SIJ, mediante la comunicación directa con los Distritos Judiciales sobre problemas advertidos en los inventarios de expedientes; alcanzándolos a la Gerencia General para su actualización y corrección para próximos inventarios. 61 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 2. Programa intensivo de cursos tutoriales de Capacitación dirigidos a todos los Distrito Judiciales de país. Durante el año se logró llegar a las 33 Cortes Superiores de Justicia, con el desarrollo de eventos cuya metodología particular abordaba temas realmente necesarios en cada sede, en tanto los expositores (Magistrados con mejores prácticas en el modelo) realizaban un día completo de levantamiento de diagnóstico, para que al siguiente día lo aborden en sus exposiciones con temas desde la perspectiva de sus falencias o debilidades. Concluía el evento con un conversatorio que permitía el intercambio de experiencias y precisar dudas con el expositor sobre casos muy concretos, para inalmente suscribir un acta de acuerdo de buenas prácticas en adelante. 3. El seguimiento y monitoreo dispuesto desde el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, permitió que cada Juez Penal que asume la liquidación de proceso penales con el CPP de 1940 reportara de manera mensual ante el despacho del señor Consejero, Dr. José Luis Lecaros Cornejo, tanto su avance en la liquidación en cifras (aspecto cuantitativo), como la problemática que impide su mayor producción (aspecto cualitativo). Esto permitió corregir situaciones que venían afectando una debida producción y ha contribuido a un mayor avance (lo mismo ha ocurrido con los OOJJ del NCPP). 4. Trabajo constante de empoderamiento con los administradores del NCPP, como áreas impulsoras del sistema de agendamiento y realización de audiencias efectivas. En ese sentido, se ha venido trabajando sistemas de control de audiencias por resultados y ello ha originado una sana competencia entre los Distritos Judiciales, a in de alcanzar el menor porcentaje de frustración de audiencias (valor bandera de la reforma procesal penal), lo que indudablemente ha repercutido en el avance de procesos hasta su conclusión (mayor número de audiencias realizadas efectivamente – mayor número de casos penales resueltos en menor tiempo) 5. Se ha tomado como prioridad reforzar la etapa de juzgamiento en el país; por ello el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha tenido un papel muy importante en la creación de órganos colegiados exclusivos, mediante la conversión de juzgados penales liquidadores. 12.2 AUDIENCIAS REALIZADAS DESDE EL AÑO 2010 BAJO LOS ALCANCES DEL NCPP 2004 Considerando el nivel de organización que se requiere y los recursos que se tienen que desplegar para llevar a cabo una audiencia efectiva dentro de la reforma procesal penal, amerita conocer en la realidad nacional cuantas audiencias se llevan a cabo en un solo día, por ende cuantas de manera mensual, inalmente cuantas se han programado durante cada año desde el año 2010 a in de determinar el movimiento de todas las áreas del Código Procesal Penal. Así tenemos hasta Mayo del 2017 un total de 263,297 audiencias realizadas en los diferentes órganos jurisdiccionales del NCPP de las cuales se registró un 22% de frustración de audiencias a pesar de los esfuerzos desplegados, sin embargo el lujo de audiencias por día en el territorio nacional hasta Mayo del 2017 es de 2,394 audiencias diarias que van deiniendo diversos requerimientos penales. 62 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL AÑO Cantidad de Audiencias Realizadas Cantidad de Audiencias en el Mes (11) Cantidad de Audiencias en el día (22) Cantidad de Audiencias Frustradas Cantidad de Audiencias Atendidas Porcentaje de Audiencias Frustradas Porcentaje de Audiencias realizadas 2010 62,610 5,692 259 21,197 83,807 25% 75% 2011 108,023 9,820 446 40,901 148,924 27% 73% 2012 119,741 10,886 495 45,759 165,500 28% 72% 2013 161,843 14,713 669 64,546 226,389 29% 71% 2014 202,850 18,440 838 58,879 261,729 22% 78% 2015 405,323 36,848 1,675 119,023 524,346 23% 77% 2016 507,338 46,122 2,096 151,578 658,916 23% 77% 2017* 263,297 52,659 2,394 74,356 377,653 22% 78% TOTAL 1,567,728 576,239 2,447,264 Fuentes: Sistema Integrado Judicial – SIJ (*)Actualizado: Avance desde Enero a Abril del 2017 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% 75% 73% 72% 25% 27% 28% 1 2 3 71% 29% 4 Audiencias Frustradas 78% 77% 22% 23% 5 6 77% 23% 7 78% 22% 8 Audiencias Realizadas 63 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 13. DURACION DE PROCESOS PENALES 7 DÍAS DL 1194 Proc Inmed. JIP - JPU ó JPC 28 MESES 1° INSTANCIA INSTRUCCIÓN - JUZGAMIENTO (SALAS PENALES) Ordinario 23 MESES 1° INSTANCIA INSTRUCCIÓN - SENTENCIA (JUZGADOS PENALES) Sumario 0 64 JIP - JPU ó JPC 13 MESES Proceso Común 1940 2004 13.1 COMPARATIVO EN DURACIÓN DE PROCESO ENTRE EL ANTIGUO CÓDIGO Y EL NCPP 5 10 15 20 25 30 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL COMPONENTE DE FLAGRANCIA 65 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 66 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL COMPONENTE DE FLAGRANCIA 1. CUESTIONES PRELIMINARES A manera de introducción debe señalarse que el Decreto Legislativo número 1194, entro en vigencia el 29 de noviembre del 2015 y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitió la Resolución Administrativa número 347-2015-CE-PJ, a través de la cual se dictó lineamientos para el proceso de implementación de los órganos jurisdiccionales a cargo del proceso inmediato. El propósito de dicha norma fue brindar una respuesta irme, eicaz y pronta para luchar contra la delincuencia común, pues con anterioridad a la emisión de la norma estos procesos duraban mucho tiempo en resolverse. Actualmente, los delitos sometidos al proceso inmediato se resuelven en horas o en pocos días, lo que lo convierte en un proceso célere y eicaz, y acorde con los requerimientos de justicia penal que reclama la sociedad. 2. OBJETIVOS Desde la entrada en vigencia del citado Decreto Legislativo (2015) se ha implementado en los 33 Distritos Judiciales del país los órganos jurisdiccionales que conocen los procesos inmediatos: los que conocen a exclusividad o en adición de funciones, sean estos como Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados Unipersonales o Colegiados y Salas de Apelaciones. La responsabilidad de la gestión en este tópico se encuentra a cargo de la Secretaría Técnica de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y bajo el control y supervisión del señor doctor José Luis Lecaros Cornejo, juez Supremo Titular, miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y presidente de la Unidad del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. Actualmente, es esencial el monitoreo de la consolidación de los procesos inmediatos en el Perú. En ese sentido, la unidad de lagrancia programa y realiza visitas de monitoreo a las distintas Corte del país, con la inalidad de evaluar el funcionamiento del Código Procesal Penal en esos lugares e identiicar los aciertos, las necesidades y los problemas, para formular soluciones a corto, mediano y largo plazo. Dentro de ese contexto, en los primero seis meses de este año, entre otros, se ha realizado el monitoreo constante de los procesos inmediatos por delitos de lagrancia, pudiéndose advertir que registra un incremento desde su entrada en vigencia e implementación. Al 27 de junio del 2017, el número de procesos asciende a 81,344 requerimientos de incoación de proceso inmediato ingresados, es decir se mantiene en un promedio de 4,784 procesos mensuales. Se tiene además 84,805 procesados al 27 de junio del 2017, lo cual reairma su plena vigencia y efectividad en el juzgamiento y la descarga de procesos penales a cargo del Poder Judicial. En los primero seis meses del 2017, se registra un crecimiento en el número de ingresos a nivel nacional, ascendiendo la cifra a 28,769 requerimientos de incoación de proceso inmediato 67 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL ingresados, es decir con un promedio mensual de ingresos de 4,794 procesos desde el primero de enero del año en curso; existiendo 29,615 procesados al 27 de junio del 2017. Cabe resaltar que de las estadísticas reportadas correspondientes a ingresos se tiene que el Distrito Judicial de Lambayeque es la Corte en la cual se produjo el más alto índice de ingresos a nivel nacional durante los seis primeros meses del año en curso, con 3,876 requerimientos de incoación de proceso inmediato registrados al 27 de junio del 2017, contándose además 3,942 procesados. Acápite aparte es el alto promedio de ingresos que se registra en dicha Corte, pues según la información estadística desde el 01 de enero del 2017 hasta el 27 de junio del 2017, mantiene un promedio de 676 requerimientos de incoación de proceso inmediato mensuales. Esta cifra la mantiene como la Corte Superior de Justicia a nivel nacional con mayor índice de ingresos tiene el Proceso Inmediato. En los que respecta a producción las estadísticas sobre Proceso Inmediato alcanzo el número de 60,663 procesos resueltos, desde su entrada en vigencia el 29 de noviembre del 2015 hasta el 27 de junio del 2017, registrando un efectividad de 74.57 % requerimientos de incoación de procesos inmediatos ingresados que fueron resueltos, siendo el Distrito Judicial de Lima Sur, la que reporto un incremento considerable en el número de ingresos por requerimientos de incoación de proceso inmediato; con la salvedad de que el número de ingresos con la producción van de la mano, alcanzándose un índice de 99.1% de procesos ingresados que han sido resueltos dentro de los plazos indicados, lo cual merece destacarse. 3. ESTADÍSTICAS DE LOS PRIMEROS SEIS MESES DEL AÑO 2017, SOBRE INGRESOS VERSUS PRODUCCIÓN REPORTE NACIONAL DEL 01 ENERO 2017 AL 27 DE JUNIO DEL 2017 CANTIDAD DE PROCESOS REGISTRADOS POR DISTRITO JUDICIAL PROCESOS % PROCESOS LAMBAYEQUE 3876 ICA 2545 PIURA DISTRITO JUDICIAL PROCESADOS % PROCESADOS 13.473% 3942 13.311% 8.846% 2624 8.860% 1696 5.895% 1742 5.882% AREQUIPA 1470 5.110% 1525 5.149% LA LIBERTAD 1448 5.033% 1500 5.065% DEL SANTA 1275 4.432% 1304 4.403% LIMA ESTE 1248 4.338% 1269 4.285% LIMA 1241 4.314% 1319 4.454% HUANUCO 1113 3.869% 1133 3.826% HUAURA 1106 3.844% 1135 3.833% JUNIN 1059 3.681% 1069 3.610% CUSCO 1010 3.511% 1058 3.573% LIMA SUR 1006 3.497% 1064 3.593% LIMA NORTE 978 3.399% 1031 3.481% UCAYALI 902 3.135% 948 3.201% 68 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL TUMBES 816 2.836% 833 2.813% SULLANA 762 2.649% 769 2.597% LORETO 631 2.193% 669 2.259% CAJAMARCA 570 1.981% 584 1.972% PUNO 510 1.773% 520 1.756% TACNA 495 1.721% 501 1.692% CAÑETE 467 1.623% 469 1.584% AYACUCHO 405 1.408% 418 1.411% CALLAO 399 1.387% 409 1.381% ANCASH 385 1.338% 393 1.327% SAN MARTIN 227 0.789% 232 0.783% APURIMAC 216 0.751% 219 0.739% MADRE DE DIOS 215 0.747% 224 0.756% HUANCAVELICA 176 0.612% 176 0.594% MOQUEGUA 162 0.563% 168 0.567% VENTANILLA 145 0.504% 151 0.510% PASCO 128 0.445% 129 0.436% AMAZONAS 87 0.302% 88 0.297% TOTAL 28769 100.000% 29615 100.000% REPORTE NACIONAL DEL 01 ENERO 2017 AL 27 DE JUNIO DEL 2017 REGISTRO DE DELITOS A NIVEL NACIONAL DELITOS PROCESOS % PROCESOS PROCESADOS % PROCESADOS OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR 16892 58.716% 16892 57.039% DELITOS DE PELIGRO COMUN 6908 24.012% 6930 23.400% HURTO 1732 6.020% 2196 7.415% LESIONES 1195 4.154% 1244 4.201% ROBO 479 1.665% 616 2.080% VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD 388 1.349% 406 1.371% DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA 200 0.695% 214 0.723% RECEPTACION 154 0.535% 187 0.631% DELITO CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA 125 0.434% 133 0.449% CORRUPCION DE FUNCIONARIOS 111 0.386% 112 0.378% OFENSAS AL PUDOR PUBLICO 75 0.261% 76 0.257% FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS 49 0.170% 55 0.186% VIOLACION A LA LIBERTAD DE TRABAJO 39 0.136% 42 0.142% HOMICIDIO 39 0.136% 41 0.138% ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES 37 0.129% 41 0.138% DAÑOS 32 0.111% 40 0.135% DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES 31 0.108% 41 0.138% OTROS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO 31 0.108% 32 0.108% 69 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL 30 0.104% 31 0.105% DELITOS CONTRA LA FE PUBLICA 26 0.090% 28 0.095% VIOLACION DE DOMICILIO 25 0.087% 30 0.101% USURPACION 24 0.083% 46 0.155% CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA 15 0.052% 16 0.054% ATENTADOS CONTRA LA PATRIA POTESTAD 15 0.052% 15 0.051% LIBRAMIENTO Y COBRO INDEBIDO 14 0.049% 17 0.057% DELITOS MONETARIOS 14 0.049% 16 0.054% ABIGEATO 13 0.045% 28 0.095% EXTORSION 10 0.035% 13 0.044% VIOLACION DE LA LIBERTAD PERSONAL 9 0.031% 9 0.030% PROXENETISMO 8 0.028% 9 0.030% ATENTADOS CONTRA EL SISTEMA CREDITICIO 7 0.024% 7 0.024% DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA 6 0.021% 6 0.020% CONTRABANDO 6 0.021% 8 0.027% DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA 5 0.017% 5 0.017% DELITO COMETIDO POR FUNCIONARIO PUBLICO 5 0.017% 7 0.024% DELITO INFORMATICO 3 0.010% 3 0.010% ABORTO 3 0.010% 3 0.010% DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 2 0.007% 3 0.010% CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE COMUNICACIÓN Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS 2 0.007% 2 0.007% DELITOS CONTRA LA PAZ PUBLICA 2 0.007% 2 0.007% DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL 2 0.007% 2 0.007% TRAFICO ILICITO DE PERSONAS 1 0.003% 2 0.007% VIOLACION DE LA INTIMIDAD 1 0.003% 1 0.003% CONTRA EL PATRIMONIO 1 0.003% 1 0.003% INJURIA, CALUMNIA Y DIFAMACION 1 0.003% 1 0.003% CONTRA LOS DERECHOS INTELECTUALES 1 0.003% 5 0.017% DELITOS FINANCIEROS 1 0.003% 1 0.003% TOTAL 28769 100.000% 29615 100.000% FUENTE: SIJ Nacional 70 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 4.15% 1.66% 1.35% 4.08% 6.02% OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR DELITOS DE PELIGRO COMUN 58.72% 24.01% HURTO LESIONES ROBO PRODUCCIÓN MENSUAL DE LOS JIP–CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA DE ENERO A JUNIO DE 2017 SEDE ANSELMO BARRETO LEON SURCO SURQUILLO ORGANO JURISIDICCIONAL ENE FEB MAR ABR MAY JUN TOTALES 3° Juzgado de Investigación Preparatoria 85 53 102 92 159 254 745 4° Juzgado de Investigación Preparatoria 79 70 108 82 149 270 758 5° Juzgado Penal Unipersonal 0 0 43 45 38 33 159 6° Juzgado Penal Unipersonal 0 0 45 43 39 32 159 7° Juzgado Penal Unipersonal 48 31 0 0 0 0 79 8°Juzgado Penal Unipersonal 46 32 0 0 0 0 78 Juzgado Penal Colegiado 7 4 0 7 1 3 22 Juzgado de Investigación Preparatoria de Surco 21 23 48 38 32 39 201 Juzgado Penal Unipersonal de Surco 9 3 12 5 14 12 55 Juzgado de Investigación Preparatoria de Surquillo 30 19 38 31 34 52 204 Total 2460 (*)7° y 8° Juzgado Unipersonal cierre turno hasta el 31 de junio 71 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL PRODUCCIÓN MENSUAL DE LOS JUP-CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA DE ENERO A JUNIO DE 2017 SEDE ANSELMO BARRETO LEON SURCO SURQUILLO ORGANO JURISIDICCIONAL ENE FEB MAR ABR MAY JUN TOTALES 3° Juzgado de Investigación Preparatoria 31 87 44 53 64 36 315 4° Juzgado de Investigación Preparatoria 30 40 94 64 71 43 342 5° Juzgado Penal Unipersonal 1 3 2 16 25 18 65 6° Juzgado Penal Unipersonal 4 0 2 14 17 18 55 7° Juzgado Penal Unipersonal 13 21 38 23 31 17 143 (*) 8°Juzgado Penal Unipersonal 5 7 35 20 43 34 144 (*) Juzgado Penal Colegiado 1 3 1 0 1 3 9 Juzgado de Investigación Preparatoria de Surco 21 15 50 39 33 23 181 Juzgado Penal Unipersonal de Surco 8 2 12 7 10 8 47 Juzgado de Investigación Preparatoria de Surquillo 23 20 11 26 20 32 132 5° y 6° Juzgado Unipersonal a partir del 01 de marzo del presente año, asumió competencia para tramitar Procesos Inmediatos como Juzgado Unipersonal, antes formaban Colegiado a exclusividad. (*) 7° y 8° Juzgado Unipersonal con cierre turno hasta el 30 de junio. 4. ESTADISTICAS SOBRE EL PROCESO INMEDIATO AL AÑO Y MEDIO DE SU IMPLEMENTACIÓN PROCESOS REGISTRADOS POR DISTRITO JUDICIAL 72 DISTRITO JUDICIAL PROCESOS % PROCESOS PROCESADOS % PROCESADOS LAMBAYEQUE 10234 12.581% 10497 12.378% ICA 6983 8.585% 7191 8.479% PIURA 4781 5.878% 5056 5.962% LA LIBERTAD 4504 5.537% 4727 5.574% AREQUIPA 4127 5.074% 4307 5.079% DEL SANTA 3712 4.563% 3827 4.513% HUAURA 3471 4.267% 3606 4.252% LIMA 3430 4.217% 3747 4.418% LIMA ESTE 3305 4.063% 3426 4.040% CUSCO 3174 3.902% 3385 3.992% JUNIN 3049 3.748% 3088 3.641% HUANUCO 3019 3.711% 3093 3.647% TUMBES 2553 3.139% 2644 3.118% LORETO 2535 3.116% 2649 3.124% ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL LIMA NORTE 2471 3.038% 2650 3.125% UCAYALI 2301 2.829% 2475 2.918% SULLANA 2094 2.574% 2172 2.561% LIMA SUR 2031 2.497% 2228 2.627% CAJAMARCA 1773 2.180% 1828 2.156% PUNO 1762 2.166% 1814 2.139% ANCASH 1228 1.510% 1270 1.498% TACNA 1211 1.489% 1253 1.478% CAÑETE 1189 1.462% 1194 1.408% AYACUCHO 1157 1.422% 1226 1.446% CALLAO 1095 1.346% 1160 1.368% MADRE DE DIOS 1068 1.313% 1103 1.301% SAN MARTIN 632 0.777% 648 0.764% HUANCAVELICA 484 0.595% 488 0.575% APURIMAC 460 0.565% 468 0.552% MOQUEGUA 429 0.527% 458 0.540% PASCO 414 0.509% 421 0.496% VENTANILLA 379 0.466% 411 0.485% AMAZONAS 289 0.355% 295 0.348% TOTAL 81344 100.000% 84805 100.000% FUENTE: SIJ Nacional PROCESOS REGISTRADOS POR DELITOS A NIVEL NACIONAL DELITOS PROCESOS % PROCESOS PROCESADOS % PROCESADOS OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR 44907 55.206% 44907 52.953% DELITOS DE PELIGRO COMUN 20472 25.167% 20620 24.315% HURTO 5610 6.897% 7204 8.495% ROBO 2369 2.912% 3167 3.734% LESIONES 2232 2.744% 2368 2.792% VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD 1125 1.383% 1196 1.410% DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA 859 1.056% 945 1.114% CORRUPCION DE FUNCIONARIOS 594 0.730% 605 0.713% RECEPTACION 550 0.676% 665 0.784% DELITO CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA 484 0.595% 498 0.587% OFENSAS AL PUDOR PUBLICO 318 0.391% 322 0.380% HOMICIDIO 203 0.250% 207 0.244% FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS 170 0.209% 191 0.225% VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL 167 0.205% 170 0.200% DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES 128 0.157% 245 0.289% ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES 125 0.154% 159 0.187% OTROS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO 87 0.107% 91 0.107% 73 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL DAÑOS 86 0.106% 112 0.132% USURPACION 79 0.097% 174 0.205% DELITOS CONTRA LA FE PUBLICA 77 0.095% 82 0.097% EXTORSION 77 0.095% 98 0.116% VIOLACION A LA LIBERTAD DE TRABAJO 70 0.086% 81 0.096% ABIGEATO 56 0.069% 100 0.118% VIOLACION DE DOMICILIO 55 0.068% 62 0.073% DELITOS MONETARIOS 50 0.061% 61 0.072% CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA 47 0.058% 52 0.061% LIBRAMIENTO Y COBRO INDEBIDO 37 0.045% 41 0.048% PROXENETISMO 32 0.039% 42 0.050% ATENTADOS CONTRA LA PATRIA POTESTAD 32 0.039% 32 0.038% VIOLACION DE LA LIBERTAD PERSONAL 31 0.038% 42 0.050% DELITO COMETIDO POR FUNCIONARIO PUBLICO 23 0.028% 28 0.033% CONTRABANDO 20 0.025% 23 0.027% CONTRA EL PATRIMONIO 15 0.018% 17 0.020% DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL 15 0.018% 17 0.020% ABORTO 15 0.018% 19 0.022% ATENTADOS CONTRA EL SISTEMA CREDITICIO 13 0.016% 13 0.015% DELITOS CONTRA LA PAZ PUBLICA 12 0.015% 22 0.026% DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA 11 0.014% 11 0.013% DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA 10 0.012% 12 0.014% VENTA ILICITA DE MERCADERIAS 10 0.012% 10 0.012% EXPOSICION A PELIGRO O ABANDONO DE PERSONAS EN PELIGRO 10 0.012% 11 0.013% CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE COMUNICACIÓN Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS 9 0.011% 19 0.022% DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 9 0.011% 11 0.013% DELITO INFORMATICO 7 0.009% 8 0.009% DELITOS CONTRA EL DERECHO DE SUFRAGIO 6 0.007% 6 0.007% TRATA DE PERSONAS 5 0.006% 6 0.007% CONTRA LOS DERECHOS INTELECTUALES 5 0.006% 11 0.013% VIOLACION DE LA INTIMIDAD 4 0.005% 4 0.005% INJURIA, CALUMNIA Y DIFAMACION 4 0.005% 4 0.005% TRAFICO ILICITO DE PERSONAS 4 0.005% 6 0.007% DELITOS FINANCIEROS 3 0.004% 3 0.004% ELABORACION CLANDESTINA DE PRODUCTOS 2 0.002% 2 0.002% CONTRA LA TRANQUILIDAD PUBLICA 1 0.001% 1 0.001% CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES 1 0.001% 1 0.001% DELITOS COMETIDOS POR PARTICULARES 1 0.001% 1 0.001% TOTAL 81344 100.000% 84805 100.000% FUENTE: SIJ Nacional 74 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL DELITOS A NIVEL NACIONAL 1.38% 8.43% 2.91% OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR 6.90% DELITOS DE PELIGRO COMUN 55.21% 25.17% HURTO ROBO VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD REPORTE NACIONAL DE PROCESOS RESUELTOS 2015 - 2016 dic15 ene16 feb16 mar16 abr16 may16 jun16 jul16 ago16 sep16 oct16 nov16 AMAZONAS 4 6 15 15 15 12 12 16 11 24 18 3 Distrito Judicial nov-15 dic-16 ANCASH 10 11 10 16 26 20 36 37 42 61 66 48 32 APURIMAC 3 8 22 12 17 19 25 14 24 28 21 8 4 AREQUIPA 29 63 24 90 157 120 157 186 193 230 233 133 61 AYACUCHO 10 28 15 26 26 53 29 36 58 81 46 44 15 CAJAMARCA 5 35 49 62 79 48 91 75 105 101 108 67 4 65 2 16 36 40 32 35 63 38 44 31 7 CALLAO CAÑETE 8 16 10 16 26 17 26 28 45 54 64 53 26 CUSCO 38 66 51 81 107 138 142 141 207 217 170 107 33 34 83 45 121 131 163 178 168 172 187 177 118 25 10 9 12 19 15 12 13 22 11 18 21 3 DEL SANTA 1 HUANCAVELICA HUANUCO 9 77 32 94 112 119 152 126 150 169 149 106 17 HUAURA 38 71 104 140 153 131 177 156 197 207 162 131 53 ICA 67 109 76 194 195 279 281 206 290 342 384 294 32 JUNIN 15 22 82 116 79 104 126 119 149 155 180 115 27 LA LIBERTAD 27 110 93 197 163 152 161 163 174 229 217 141 27 LAMBAYEQUE 25 115 35 110 194 260 300 406 496 597 610 266 77 LIMA ESTE 17 58 58 56 81 106 111 124 113 172 173 133 104 LIMA NORTE 30 45 68 50 82 97 104 124 127 101 141 122 120 LIMA SUR 20 28 61 58 63 47 62 65 72 81 78 65 80 LORETO 17 48 16 50 42 87 77 76 67 85 107 34 MADRE DE DIOS 9 24 32 45 45 85 71 51 69 61 48 56 19 MOQUEGUA 6 19 21 18 23 21 12 10 25 30 20 13 8 PASCO 2 3 5 4 15 16 10 16 23 42 7 2 PIURA 43 70 33 150 159 182 152 188 234 261 320 187 50 PUNO 4 32 11 57 62 57 83 65 53 91 77 35 9 75 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL SAN MARTIN 4 10 11 11 12 16 18 21 18 30 34 19 5 SULLANA 15 26 10 46 47 64 79 89 111 144 150 88 30 TACNA 23 24 18 30 30 30 28 61 44 65 86 70 36 TUMBES 26 46 63 76 102 81 161 145 95 153 139 97 46 UCAYALI 11 26 41 49 47 62 53 93 73 152 130 135 59 VENTANILLA 1 7 15 22 7 11 15 14 21 22 17 12 14 550 1361 1132 2041 2341 2651 2979 3061 3536 4202 4229 2759 1025 Total 1 REPORTE NACIONAL DE PROCESOS RESUELTOS 2017 76 Distrito Judicial ene-17 feb-17 mar-17 abr-17 may-17 jun-17 AMAZONAS 11 15 15 11 24 12 ANCASH 68 113 147 96 98 19 APURIMAC 31 30 31 30 44 56 AREQUIPA 264 200 297 341 366 133 AYACUCHO 73 85 88 88 101 31 CAJAMARCA 127 87 125 135 118 88 CALLAO 48 36 73 49 67 25 CAÑETE 77 39 102 96 108 84 CUSCO 151 129 220 211 282 64 DEL SANTA 98 217 248 311 350 76 HUANCAVELICA 12 24 54 37 32 34 HUANUCO 97 166 237 168 213 131 HUAURA 184 183 239 191 260 162 ICA 369 380 598 551 769 272 JUNIN 153 227 263 204 228 167 LA LIBERTAD 286 241 253 298 445 274 LAMBAYEQUE 446 726 748 759 996 765 LIMA ESTE 174 167 240 221 308 122 LIMA NORTE 107 85 165 157 254 125 LIMA SUR 91 82 98 65 45 61 LORETO 81 65 216 189 165 35 MADRE DE DIOS 37 71 60 51 95 36 MOQUEGUA 22 20 21 25 27 18 PASCO 25 17 23 22 26 16 PIURA 364 312 99 105 229 271 PUNO 64 79 118 108 143 66 SAN MARTIN 30 23 27 38 36 14 SULLANA 124 146 101 116 255 127 TACNA 57 98 86 78 92 87 TUMBES 148 148 193 149 223 161 UCAYALI 75 106 129 73 171 87 VENTANILLA 14 28 22 15 12 17 Total 3908 4345 5336 4988 6582 3636 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL INGRESOS VS RESUELTOS 7000 6605 6582 6000 5336 4898 4837 4786 5000 4742 4187 4000 5065 4520 4887 4202 3931 5064 46144988 4333 4229 3959 3908 4345 4137 4271 3536 3000 2000 2041 2341 2979 3061 1361 1132 1025 868 550 1 16 INGRESOS 5. 2759 1707 1000 0 2651 4078 3636 RESUELTOS nov15 dic15 ene16 feb16 mar16 abr16 may16 jun16 jul16 ago16 sep16 oct16 nov16 dic16 INGRESOS 16 1707 4187 3931 4742 4898 4837 4786 4520 5065 4887 4333 3959 868 RESUELTOS 1 550 1361 1132 2041 2341 2651 2979 3061 3536 4202 4229 2759 1025 ene-17 feb-17 mar-17 abr-17 may-17 jun-17 INGRESOS 6605 4137 4614 4271 5064 4078 RESUELTOS 3908 4345 5336 4988 6582 3636 DETENCIÓN PRELIMINAR Y DETENCIÓN JUDICIAL EN FLAGRANCIA: Resulta de relevancia para el aianzamiento y fortalecimiento del proceso Inmediato que se tomen medidas pertinentes, a in de impulsar la adecuada aplicación de las normas existentes, como es el caso del Decreto Legislativo número 1298, que regula el tratamiento y la aplicación de la Detención Preliminar y la Detención Judicial en Flagrancia. En ese sentido, desde el punto de vista del Poder Judicial, es necesario que se efectivicen procedimientos técnicos, principalmente en el Sistema Informático Judicial (SIJ), a in de asegurar el adecuado tramite y registro de las solicitudes de Detención preliminar y Detención Judicial de Flagrancia, regulados en el Decreto Legislativo N° 1298 para el trámite de los Procesos Inmediatos. Sobre el particular se debe de precisar que el Decreto Legislativo N° 1298 regula la Detención Preliminar en los procesos penales tramitados de acuerdo al nuevo Código Procesal Penal, incluidos 77 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL los procesos inmediatos o por lagrancia delictiva – Decreto Legislativo N° 1194; siendo el caso que bajo los alcances de dicha norma se faculta al representante del Ministerio Público (Fiscal provincial penal) a in de que en el caso que habiendo realizado las investigaciones no obtenga los medios de prueba dentro de las 24 horas -plazo para incoar proceso inmediato, pueda solicitar dentro de las 12 primeras horas al Juez de la Investigación Preparatoria de Flagrancia, la Detención Preliminar del investigado hasta por 7 días, no siendo necesario que lo extienda por el total, sino por el plazo que considere pertinente y necesario para obtener sus medios de prueba y así llevar dicha causa como un Proceso Inmediato. La presidencia de la Unidad del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, solicitó a la administración del módulo penal de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional [Oicio Circular N° 24-2017-P-ETI PENAL-CPP/PJ], a in de que informen sobre la cantidad de Detenciones Preliminares en Flagrancia que fueron solicitadas por el Ministerio Público desde la entrada en vigencia de dicha norma, esto es el día 30 de enero del 2017, habiendo emitido informe a la fecha 29 Cortes en los términos expuestos en los referidos informes. En esa línea de ideas surge la necesidad de parte de las instituciones comprometidas con la administración de justicia en materia penal, esto es Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Ministerio del Interior, se de impulso a esta novísima institución como es el caso de la Detención Preliminar en Flagrancia, para lo cual a iniciativa del Ministerio de Justicia se conforma la Mesa de Trabajo para ver la problemática de la aplicación del Decreto Legislativo N° 1298 en los 33 Distritos Judiciales del país por los Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados Unipersonales o Colegiados de Flagrancia y Salas de Apelaciones. En tal sentido, a raíz de las tareas ijadas en la primera reunión de coordinación interinstitucional del Grupo de Trabajo constituidos en el “Seguimiento, monitoreo y evaluación del Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación del Decreto Legislativo N° 1298, que regula la Detención Preliminar y la Detención Judicial En Flagrancia”, a la que asistió el señor doctor Marco Antonio Palomino Valencia en su condición de Secretario Técnico de la Unidad Técnica Institucional de Código Procesal Penal y se tomó como primera medida de parte de la Secretaria Técnica a su cargo que se recabe la información antes mencionada, sobre la cual ha sido recogida en una pequeña base de datos a cargo del ingeniero Martin Cortegana Villegas, quien se encargó de procesar la información que el suscrito recabo y recopiló en los términos antes señalados. A través de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal se emitió el Oicio Circular N° 34-2017-ST-ETI PENAL/PJ mediante el cual se requirió a la administración del módulo penal de las 33 Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, a in de que dentro del segundo día cumplan con informar respecto a la aplicación de la Detención preliminar y la Detención Judicial en Flagrancia al amparo de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1298. Respecto a la información solicitada, se incidió en que el informe debía versar sobre la cantidad de requerimientos de Detención preliminar y Detención Judicial en Flagrancia presentados desde el 30 de enero del 2017, fecha desde la cual se encuentra en vigencia la referida norma en el territorio nacional. Las Cortes Superiores de Justicia cumplieron con remitir la información solicitada, en mérito de lo cual se brindó la información respectiva al Grupo de Trabajo Interinstitucional a cargo 78 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL del Ministerio de Justicia, el mismo que luego de su última reunión encargo al Poder Judicial que incorpore en el Sistema Integrado Judicial las opciones de registro y seguimiento de las solicitudes de Detención Preliminar y Detención Judicial en Flagrancia, con la inalidad de gestionar de mejor manera el trámite de las mismas y medir la cantidad de requerimientos presentados por el Ministerio Público. En mérito de ello la Secretaria Técnica de la Unidad del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, curso el oicio respectivo a la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial a in de que se efectivice dicho pedido en el más corto plazo, por lo que a la fecha ya se produjo las reunión de trabajo con dicho in, estando próximos a que se concrete dicha solicitud. 79 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 80 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL COMPONENTE DE CAPACITACIÓN 81 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 82 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL ÁREA DE CAPACITACIÓN 1. ANTECEDENTES Con fecha 08 de febrero de 2017, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa número 054-2017-CE-PJ, aprueba el “Plan Anual de Acciones del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal”. 2. ANÁLISIS 1. La Reforma Procesal Penal signiicó un cambio normativo hacia la reconducción constitucional de su normatividad y una transformación en la cultura jurídico-institucional. En efecto, la metodología del Nuevo Código Procesal Penal admite diversas alternativas procesales que excluyen o aceleran el juicio oral, para solucionar los conlictos penales (salidas alternativas y mecanismos de simpliicación procesal), pero además supone la puesta en marcha de un nuevo modelo de gestión, que se traduce en la implementación de despachos de carácter corporativo, innovación cuya funcionalidad depende de la continua retroalimentación por parte de los funcionarios a cargo. 2. Este cambio cultural, se traduce en el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal, aprobado en el año 2014 (mediante Decreto Supremo N° 003-2014-JUS). Dicho plan deine siete ámbitos de intervención a trabajar por cada distrito judicial, así tenemos: 2.1 2.2 2.3 2.4 2.5 2.6 2.7 3. El modelo de dirección a cargo de las Comisiones Distritales de Implementación. La uniicación normativa de la aplicación del Código Procesal Penal. El modelo de relación o alineamiento de la metodología de trabajo de los operadores. La adecuación de las estructuras de las instituciones al nuevo modelo. El mejoramiento de la gestión de los procesos. El uso de tecnologías de información y comunicación. La difusión interna y externa de los roles y beneicios del nuevo modelo procesal penal. En ese contexto, el Decreto Supremo N° 002-2016-JUS, que modiica el “Calendario Oicial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal” y oicializa el “Plan Interinstitucional de Capacitación y Difusión del Código Procesal Penal”, en las Disposiciones Complementarias Finales, estableció lo siguiente: Primera. El “Plan Interinstitucional de Capacitación y Difusión del Código Procesal Penal” es de aplicación obligatoria a nivel nacional en todos los órganos e instituciones involucradas en el proceso de reforma procesal penal. Segunda. La Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, asistirá técnicamente en coordinación con los Equipos Técnicos Institucionales de cada institución, a las Comisiones Distritales en el proceso de implementación a nivel local del “Plan Interinstitucional de Capacitación y Difusión del Código Procesal Penal”. 83 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 3. AVANCES DE LA LABOR EN EL PERIODO DE 2015-2017 En el transcurso del periodo 2015-2017, se ha logrado capacitar a un aproximado de 7500 personas entre Magistrados, Personal Jurisdiccional y Administrativo de la Especialidad Penal. Asimismo, se ha transmitido los certámenes de capacitación, a través de video conferencia (polycom), a las diferentes Cortes Superiores de Justicia, a nivel nacional. En los años 2015-2017, se ha logrado gestionar pasantías nacionales e internacionales, mediante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para las diferentes Cortes Superiores de Justicia del país. En ese sentido, los resultados que se vienen obteniendo en el Componente de Capacitación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, en favor del Estado en el servicio de Administración de Justicia Penal, buscando sensibilizar a la ciudadanía y los operadores, respecto de la necesidad de consolidar la Reforma Procesal Penal, son gratiicantes. En ese contexto podemos mencionar los siguientes eventos realizados: 2015 N° NOMBRE FECHA 17 de Abril de 2015 01 CURSO TALLER PRESUPUESTO POR RESULTADOS EN EL MARCO DE LA REFORMA PROCESAL PENAL 02 SEMINARIO INTERNACIONAL DE DERECHO PROCESAL PENAL RESPONSABLE PÚBLICO OBJETIVO CSJ Ancash - CSJ Callao (ETI Distrital) 200 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes. 15:00 – 18:00 horas Del 28 al 30 de Abril de 2015 CSJ Lima Este - ETI PENAL 15:00 – 18:00 horas EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA” Del 15 de Mayo al 30 de Junio de 2015 03 CURSO FORMADOR DE FORMADORES 08:00 – 13:00 horas 200 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes. ETI PENAL - AMAG 38 participantes (Magistrados de las CSJ, a nivel nacional) Ancash - CSJ Callao (ETI Distrital) 200 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes. 14:00 – 18:00 horas 04 05 06 CURSO DE CAPACITACIÓN ESPECIALIZADO EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL PASANTIA INTERNACIONAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR CURSO SOBRE SIMPLIFICACIÓN PROCESAL Y PROCESOS ESPECIALES EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL 17 de Julio de 2015 15:00 – 18:00 horas CSJ Lima Sur - ETI PENAL Del 31 de Agosto al 04 de Septiembre de 2015 Del 26 de Agosto al 05 de Octubre de 2015 08:00 – 13:00 horas República de Panamá / República de Costa Rica ETI PENAL - AMAG EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA” 25 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de la CSJ de Lima Sur) 150 participantes (Magistrados de las CSJ, a nivel de Lima y Callao) 14:00 – 18:00 horas 07 EL SISTEMA DE COOPERACIÓN JUDICIAL INTERNACIONAL EN MATERIA PENAL 84 Del 17 de Octubre al 13 de Noviembre 15:00 – 18:00 horas Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Callao / CSJ La Libertad / CSJ La Lambayeque / CSJ Piura) 150 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes. ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 08 09 10 11 12 TALLER DE CAPACITACIÓN: ENTRADA EN VIGENCIA DEL PROCESO INMEDIATO EN CASOS DE FLAGRANCIA (D.LEG. N° 1194) “I TALLER PARTICIPATIVO: FORMADORES DEL ETI PENAL” SEGÚN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL (D.LEG. N° 957) CURSO-TALLER “CAPACITACIÓN PARA MAGISTRADOS Y PERSONAL JURISDICCIONAL DE LOS NUEVOS JUZGADOS EXCLUSIVOS DE FLAGRANCIA EN APLICACIÓN DEL D.LEG.N° 1194” CURSO-TALLER “CAPACITACIÓN PARA MAGISTRADOS Y PERSONAL JURISDICCIONAL DE LOS NUEVOS JUZGADOS EXCLUSIVOS DE FLAGRANCIA EN APLICACIÓN DEL D.LEG.N° 1194” “EL PROCESO INMEDIATO EN FLAGRANCIA: A QUINCE DÍAS DE LA APLICACIÓN DEL D.LEG. N° 1194” Del 30 de Octubre al 28 de Noviembre de 2015 15:00 – 18:00 horas ETI PENAL EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA” Del 26 al 27 de Noviembre de 2015 ETI PENAL 08:00 – 17:00 horas GRAN “HOTEL BOLIVAR” 09 de Diciembre de 2015 Defensa Pública - ETI PENAL 15:00 – 18:00 horas EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA” Del 15 al 18 de Diciembre de 2015 15:00 – 18:00 horas ETI PENAL EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA” / SALA N° 333 (Palacio de Justicia) 17 de Diciembre de 2015 CSJ Lima - ETI PENAL 17:00 – 19:00 horas EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA” 150 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de las CSJ, a nivel de Lima y Callao) 38 participantes (Magistrados de las CSJ, a nivel nacional) 300 participantes (Defensores Públicos de los Distritos Judiciales de Lima, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Ventanilla y Callao) 150 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de las CSJ, a nivel de Lima y Callao) 200 participantes (Jueces, Fiscales, Procuradores, Abogados y Asistentes Fiscales y/o Jurisdiccionales) 2016 13 14 15 16 17 18 19 CONFERENCIA “EL PROCESO INMEDIATO SEGÚN EL D.LEG. N° 1194” I CONGRESO INTERNACIONAL DE FLAGRANCIA II CONGRESO INTERNACIONAL DE FLAGRANCIA III CONGRESO INTERNACIONAL DE FLAGRANCIA “I ENCUENTRO DE ADMINISTRADORES, SUB ADMINISTRADORES Y AGENDADORES DE AUDIENCIA DEL NCPP” “II TALLER PARTICIPATIVO: FORMADORES DEL ETI PENAL” SEGÚN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL (D.LEG. N° 957) CONFERENCIAS POR LA IMPLEMENTACIÓN DEL NPP (VENTANILLA) Del 11 al 15 de Enero de 2016 CSJ Lima - ETI PENAL 15:00 – 18:00 horas EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA” Embajada Británica - ETI PENAL 500 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de las CSJ, a nivel de Lima y Callao) ETI PENAL - CNF 500 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de las CSJ, a nivel de Lima y Callao) ETI PENAL - CNF 500 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de las CSJ, a nivel de Lima y Callao) Del 27 al 29 de Enero de 2016 15:00 – 18:00 horas Del 08 al 09 de Marzo de 2016 15:00 – 18:00 horas Del 11 al 12 de Abril de 2016 15:00 – 18:00 horas Del 13 al 15 de Abril de 2016 ETI PENAL 08:00 – 18:00 horas Centro de Convenciones “ROMERO” Del 21 al 22 de Abril de 2016 ETI PENAL 08:00 – 18:00 horas HOTEL WINMEIER Del 21 al 22 de Abril de 2016 15:00 – 18:00 horas 200 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) CSJ Ventanilla - ETI PENAL AUDITORIO “MEJOR ATENCIÓN AL CIUDADANO” 95 participantes (Personal administrativo, a nivel nacional) 38 participantes (Magistrados de las CSJ, a nivel nacional) 200 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) 85 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 20 21 COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE JUSTICIA COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE JUSTICIA Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Puno) 50 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Ventanilla) 50 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) 07 de Abril de 2016 15:00 – 18:00 horas 13 de Abril de 2016 15:00 – 18:00 horas ETI PENAL – CNF 22 I SEMINARIO INTERNACIONAL DE PROCESO INMEDIATO Del 09 al 12 de Mayo de 2016 CSJ Lima – CSJ Lima Sur 15:00 – 18:00 horas CSJ Lima Norte – CSJ Lima Este 500 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de las CSJ, a nivel de Lima y Callao) CSJ Callao – CSJ Ventanilla 23 24 25 25 26 27 28 29 30 I CICLO DE CONFERENCIAS SOBRE EL SISTEMA ACUSATORIO, DERECHO PROBATORIO Y PROCESO INMEDIATO Del 19 al 20 de Mayo de 2016 COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE JUSTICIA 16 de Junio de 2016 COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE JUSTICIA 23 de Junio de 2016 COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE JUSTICIA 15 de Julio de 2016 CURSO-TALLER EN MATERIA DE INFORMÁTICA Y ESTADÍSTICA (OCMA) PASANTÍA INTERNACIONAL DE LOS FORMADORES DEL ETI PENAL (Ecuador) PASANTÍA INTERNACIONAL DEL ETI PENAL – ETI DISTRITAL (Costa Rica) CURSO FORMADOR DE FORMADORES PARA EL REFORZAMIENTO DE HABILIDADES DE FACILITACIÓN PARA EL APRENDIZAJE CONFERENCIA MAGISTRAL INTERNACIONAL “LOS RETOS DE LA ORALIDAD Y LOS NUEVOS MODELOS DE GESTIÓN JUDICIAL” ETI PENAL - CNF 500 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de las CSJ, a nivel de Lima y Callao) Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Cusco) 50 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Tacna) 50 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) Defensa Pública - ETI PENAL (CSJ Lima) 50 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) OCMA - ETI PENAL 80 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo de la OCMA) República de Ecuador - ETI PENAL 13 participantes (Formadores del ETI PENAL) República de Costa Rica - ETI PENAL 20 participantes (Personal del ETI PENAL - ETI DISTRITAL) ETI PENAL - AMAG 30 participantes (Formadores del ETI PENAL) 15:00 – 18:00 horas 15:00 – 18:00 horas 15:00 – 18:00 horas 15:00 – 18:00 horas Del 22 al 23 de Agosto de 2016 15:00 – 18:00 horas Del 21 al 26 de Agosto de 2016 08:00 – 18:00 horas Del 11 al 16 de Septiembre de 2016 08:00 – 18:00 horas Del 25 al 27 de Noviembre de 2016 08:00 – 13:00 horas 14:00 – 18:00 horas ETI PENAL 14 de Octubre de 2016 CSJ Lima Sur 15:00 – 18:00 horas EDICIO “CARLOS ZAVALA LOAYZA” ETI PENAL 31 VI CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO PROCESAL PENAL Del 21 al 22 de Octubre de 2016 CSJ Piura 08:00 – 18:00 horas COLEGIO DE INGENIEROS DE CD-PIURA 32 PASANTIA INTERNACIONAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR 86 Del 21 al 25 de Noviembre de 2016 CSJ Lima Sur - ETI PENAL 08:00 – 18:00 horas República de Argentina (Córdova) 500 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) 500 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) 15 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de la CSJ de Lima Sur) ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 33 34 PASANTIA INTERNACIONAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE IV CONGRESO INTERNACIONAL DE FLAGRANCIA Del 21 al 23 de Noviembre de 2016 CSJ Lima Norte - ETI PENAL 08:00 – 18:00 horas República de Ecuador (Huaquillas) Del 28 al 30 de Noviembre de 2016 ETI PENAL - CNF 15:00 – 18:00 horas 18 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de la CSJ de Lima Norte) 500 participantes (Magistrados y Personal Jurisdiccional de las CSJ, a nivel de Lima y Callao) 2017 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 “II ENCUENTRO DE ADMINISTRADORES, SUB ADMINISTRADORES Y AGENDADORES DE AUDIENCIA DEL NCPP” CURSO-TALLER DE CAPACITACIÓN SOBRE LOS CONTENIDOS DEL PpR PENAL Del 15 al 18 de Marzo de 2017 08:00 – 18:00 horas Hotel&Resorts “VILLA SOL” (Lunahuaná,Cañete,Lima) Del 29 al 30 de Marzo de 2017 ETI PENAL 08:00 – 18:00 horas Corte Suprema (Lima) ETI PENAL CURSO-TALLER EN MATERIA DE INFORMÁTICA Y ESTADÍSTICA (OCMA) Por deinir CURSO VIRTUAL DE PROCESO INMEDIATO: EN CASOS DE FLAGRANCIA (D.LEG. N° 1194) Del 06 de Marzo al 28 de Abril de 2017 CURSO POR LA ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD FLAGRANCIA EN LA CSJ CAJAMARCA (PLAN PILOTO) Corte Suprema (Lima) 15:00 – 18:00 horas CSJ Cajamarca CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL DE APOYO A LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL (ADMINISTRATIVO) Del 05 de Junio al 14 de Julio de 2017 COOPERACIÓN JUDICIAL INTERNACIONAL Y POLÍTICAS DE JUSTICIA (MINJUS) Por deinir CONFERENCIAS MAGISTRALES POR LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL NCPP PASANTÍA INTERNACIONAL (COLOMBIA) Sub Gerencia de Capacitación ETI PENAL Del 10 de Abril al 19 de Mayo de 2017 CURSO-TALLER DE O.J. EN ADICIÓN DE FUNCIONES (FLAGRANCIA) ETI PENAL Del 30 al 31 de Marzo de 2017 CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL DE JUECES CAPACITADORES (FORMADORES DEL ETI PENAL) CURSO-TALLER DE NUEVOS JUZGADOS EXCLUSIVOS (ANTICORRUPCIÓN) ETI PENAL 132 participantes (Personal administrativo, a nivel nacional) 60 participantes (Personal administrativo, a nivel nacional) 38 participantes (Magistrados de las CSJ, a nivel nacional) 1500 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) 200 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) ETI PENAL Por deinir Consejo Ejecutivo ETI PENAL Por deinir Consejo Ejecutivo ETI PENAL Por deinir MINJUS Del 06 al 07 de Abril de 2017 ETI PENAL 15:00 – 18:00 horas Corte Suprema (Lima) Del 27 al 28 de Abril de 2017 ETI PENAL 15:00 – 18:00 horas Corte Suprema (Lima) Del 12 al 16 de Junio de 2017 ETI PENAL 15:00 – 18:00 horas CSJ Callao Del 19 al 23 de Junio de 2017 ETI PENAL 08:00 – 18:00 horas Consejo Ejecutivo 150 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) 150 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) 350 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) 12 participantes (Personal del ETI PENAL - ETI DISTRITAL) 87 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 47 DIPLOMATURA DE ESPECIALIZACIÓN EN EL NCPP Del 13 de Julio al 22 de Noviembre de 2017 15:00 – 18:00 horas PASANTÍA INTERNACIONAL (ECUADOR) 48 49 50 CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO PROCESAL PENAL (2017) CURSO DE HABILIDADES BLANDAS (COACHING) 88 ETI PENAL Por deinir AMAG Del 20 al 24 de Noviembre de 2017 ETI PENAL 08:00 – 18:00 horas Consejo Ejecutivo Del 16 al 20 de Octubre de 2017 ETI PENAL 08:00 – 18:00 horas CSJ San Martín Por deinir ETI PENAL 12 participantes (Personal del ETI PENAL - ETI DISTRITAL) 1500 participantes (Jueces, Personal Jurisdiccional y Personal Administrativo, Abogados y Estudiantes) Por deinir ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL COMPONENTE DE DIFUSIÓN 89 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 90 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL COMPONENTE DE DIFUSIÓN 1. OBJETIVOS Entre las principales funciones del componente de Difusión de la Unidad del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal (ETI-Penal), se encuentra el de informar y difundir los avances y beneicios que trae consigo la implementac ión del Nuevo Código Procesal Penal, que ya entró en vigencia en 29 Cortes Superiores de Justicia, siendo el último el Distrito Judicial del Callao. La información que elaboramos va dirigido a distintas personas: magistrados, personal jurisdiccional, administrativo del Poder Judicial (comunicación interna) y el público en general (comunicación externa); así como a los integrantes de los organismo adjuntos, como los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos, del Interior y el Ministerio Público. 2. ACTIVIDADES CORRESPONDIENTES A LOS PRIMEROS SEIS MESES DEL PRESENTE AÑO Entre las principales actividades desarrolladas el presente año se encuentran: La implementación del segundo tramo de Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Ventanilla (con un presupuesto ascendente a S/ 5,120, 788.00 soles) y la Implementación del Nuevo Código Procesal en la Corte Superior de Justicia del Callao, con un presupuesto ascendente a S/4,214,050.00 soles. Para lograr los objetivos trazados, el componente de Difusión, previa coordinación con el Secretario Técnico de la Unidad del ETI-Penal, en los primeros seis meses del presente año ha realizado las siguientes actividades: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Elaborar las notas de prensa. Editar los videos, que son difundidos a través de una serie de herramientas comunicativas, al correo institucional del ETI-Penal, la página web del Poder Judicial, página web del ETI-Penal, Facebook, Twitter, Blog, Google+ y Youtube. Esta herramienta esta vinculada con las actividades institucionales que realizamos en el ente, que contiene información y tutoriales (de enseñanza en tópcios vinculados al Código Procesal Penal). Elaborar de forma quincenal un boletín interactivo. Este documento digital constituye un trabajo innovador en el Poder Judicial, que más adelante detallaremos. Elaborar elaborado tripticos y dipticos, que continen información del Nuevo Código Procesal Penal y especialmente del Proceso inmediato (delitos de lagrancia). La elaboración de la revista de ETI-CPP. La elaboración de una agenda anual que contiene un directorio con los números telefónicos de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, anexos del Palacio de Justicia, el mapa de la implementación progresiva del Código Procesal Penal, el Flujograma del Proceso Inmediato y el lujograma del Proceso común. Todos estos trabajos son subidos a las plataformas de la páginas web del ETI-Penal, el Facebook, Twitter, Google+ y Youtube. A continuación paso a detallar las características y beneicios de cada una de las herramientas informativas que utiliza el componente en mención, los seguidores y el público objetivo a quien va dirigido. 91 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL A. FACEBOOK Esta es una de las herramientas informativas con la que trabajamos y actualmente tenemos un gran números de seguidores. Por ejemplo, el Facebook del ETI-Penal, tiene 10,364 “me gusta” en cuando a las notas informativas. En la última nota periodistica publicada, vinculada a la implementación del Nuevo Código Procesal en la Corte Superior de Justicia del Callao (mes de julio de 2017), ésta fue vista por 5,697 personas. 10, 364 me gusta 5,697 personas En la página del Facebook del ETI-Penal (además de publicar notas informativas) tambien realizamos enlaces en vivo, que tienen bastante acogida. En ese contexto, el lunes 3 de julio del presente año, se realizó la ceremonia de la implementación del Nuevo Código Procesal en la Corte Superior de Justicia del Callao. Ese día, se realizaron tres enlaces de vivo y cada una tuvo aproximadamente 3,365 visitas y 687 reproducciones (adjunto pantallazos). 2,234 personas alcanzadas y 367 reproducciones 92 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL En la páginas del Facebook del ETI-Penal se publican, además, comunicados, fe de erratas, saludos institucionales, se informan sobre las constantes visitas de monitoreo a las diferentes Cortes de todo el país, que realizan el personal del ETI-Penal. Esas visitas tienen como finalidad verificar los avances del Nuevo Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales donde ya se encuentra implementado. Asimismo, se rebotan las noticias más importantes pubicadas por las oficinas de imágen de las distintas Cortes Superiores de Justicia de todo el Perú, con las cuales se tiene una coordinación constante. Entre los seguidores en Facebook, contamos con empresas publicas y privadas, entre los que podemos mencionar a TVPerú, el Programa Tus Derechos, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), el Ministerio del Interior; entre otros. B. PÁGINA WEB DEL ETI-PENAL A inicios de este año, el componente de Difusión del ETI-Penal relanzó su nueva página web, con una edición mucho más moderna e interactiva, y cuenta con secciones bien establecidas, donde se informa de las actividades que realiza la institución. Hay una sección donde se publican los videos; así como también los acuerdos, normas modificatorias, normas de implementación, casaciones, estadísticas y directorios. Los usuarios que visitan la página web del ETI-Penal pueden conocer también quienes conforman dicho organismo y bajo que Decreto Legislativo se promulgó el Nuevo Código Procesal Penal (NCP). Por último, contamos con una ventana interactiva, que informa a los usuarios de los comunicados y resoluciones más importantes. 93 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL C. PÁGINA WEB DEL PODER JUDICIAL Y PUBLICACIONES EN MEDIOS LOCALES La gran mayoría de las notas de prensa y comunicados importantes, redactados por el componente de Difusión del ETI-Penal, son publicados, previa coordinación con la oicina de la Dirección de Imagen de la Corte Suprema, en la página web del Poder Judicial. La coordinación con dicha oicina es permanente, no solo para la elaboración de notas de prensa, sino también para los informes especiales, los cuales son publicados en la página web de la Corte Suprema, como en su Facebook, Twitter y revistas institucional. Gracias a esa coordinación, varias activiades del ETI-Penal han sido publicadas en varios medios de comunicación nacional. 94 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL D. TWITTER-PENAL El Twiter del ETI-Penal se creó en el mes de enero de este año. Durante ese tiempo, al igual que en el Facebook, se realizan publicaciones permanentes de todas las actividades que realiza la institución. Entre nuestros seguidores contamos con abogados, académicos, la Defensoría de Derechos Humanos de la Familia y la Academia de la Magistratura. E. BLOG Y GOOGLE+ DEL ETI-PENAL El componente de Difusión del ETI-PENAL trabaja con las herramientas del BLOG y Google+, a las que nos podemos conectar a través de la páginas del Google, contando con varios visitantes. Una ventaja con que cuente este aplicativo es que, una vez publicada la información, solo con “googlear” el nombre de la actividad que ha realizado el ETI-Penal, esta se puede visualizar inmediatamente, en términos técnicos se señala que la noticia ya se encuentra en la nube informativa. 95 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL F. CORREO INSTITUCIONAL DEL ETI-PENAL A traves del groupwise o el corrreo institucional que maneja el ETI-PENAL, y que llega a todos los servidores de justicia del Poder Judicial a nivel nacional, se difunden también las notas de las actvidades que realiza el organismo. 96 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL G. YOUTUBE. El componente de Difusión del ETI-Penal, tiene una página de Youtube, donde se publican todos los videos de las actividades realiza la institución; así como también videos tuturiales. En esta plataforma tenemos cientos de visualizaciones. H. BOLETÍN INTERACTIVO ETI-PENAL Entre las heramientas de difusión, y una de las más importantes, con que cuenta el ETI-Penal, es el boletín interactivo. Se trata de un trabajo innovador (creado este año 2017), pues el lector puede acceder a la información con solo tocar un botón e ir a la información que le interesa. Además, se cuida el medio ambiente y es super económico, cero papel. La segunda edición del BOLETIN se encuentra también en la página web de la Academia de la 97 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL I. DÍPTICO DE FLAGRANCIA Este año 2017, también se mejoró la diagramación e información que contenía el anterior díptico relacionado a la ley de Flagrancia, el cual es remitido a todas las Cortes Superiores de Justicia del país para su debida difusión. J. ELABORACIÓN DE VIDEOS El Componente de Difusión del ETI-Penal elaboró un video respecto a la etapa de un juicio oral, cuyo objetivo principal es fomentar las buenas prácticas y los resultados positivos que conlleva la correcta aplicación de la Resolución Administrativa 062-2017-CE-PJ. Este material audiovisual cumple con el objetivo de convertirse en un material de referencia para su importante gestión laboral diaria. 98 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL K. EDICIÓN DE REVISTAS El componente de Difusión elaboró tres publicaciones: la edición número 2 de la Revista ETI-Penal, que contiene un balance de gestión del año 2016 del ETI-Penal, el Compendió de Publicaciones, Resoluciones Administrativas, propuestas por los componentes de ETI-Penal y aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) y la Guía del Administrador, que como su nombre lo dice es una guía que explica el rol de un administrador penal en el Nuevo. 99 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 100 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL FOTOS DE ACTIVIDADES ETI-CPP 101 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL 102 REFORMA PROCESAL PENAL VIDEOCONFERENCIA SOBRE PRESUPUESTO PORETI-PENAL RESULTADO -(PpR) CON LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS 103 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL INAUGURACIÓN DE NUEVAS SEDES EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA - SEGUNDO TRAMO 104 - REFORMA PROCESAL PENAL PASANTE ABOGADA FRANCESA ETI-PENAL VISITÓ ETI-PENAL 105 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL PASANTÍA A LA RAMA JUDICIAL DE COLOMBIA 106 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL MESA DE DIÁLOGO DEL D.L 1348 SOBRE EL ADOLESCENTE INFRACTOR 107 ETI-PENAL PLENO - REFORMA PROCESAL PENAL JURISDICCIONAL NACIONAL PENAL Y PROCESAL PENAL 108 ETI-PENAL - REFORMA PROCESAL PENAL ENTREVISTA DE ELECCIÓN DE FORMADORES DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL 109 ENTREVISTA VISITAPROCESAL PREVIA PENAL A LA IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL ETI-PENAL -DE REFORMA PENAL EN EL DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO 110 ETI-PENAL REFORMA PROCESAL PENAL CURSO TALLER POR LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL NCPP EN- LA CORTE SUPERIOR DEL CALLAO 111 ENTRADA EN VIGENCIA DEL NCPP EN EL DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO II ENCUENTRO DE ADMINISTRADORES, SUBADMINISTRADORES, AGENDADORES DE AUDIENCIA Y COORDINADORES DE CAUSA DEL NCPP PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE MEDIDA DE INCAUTACIÓN ENTRE EL PODER JUDICIAL Y LA SUNARP