Diferencias entre fauna silvestre, fauna exótica y fauna doméstica

Diferencias entre fauna silvestre, fauna exótica y fauna doméstica


Colombia es uno de los países con mayor biodiversidad del mundo. Cuenta con gran variedad de fauna silvestre en todo su territorio. Para construir a la preservación de esta riqueza se han establecido 59 zonas protegidas como Reservas Naturales, de la cual una de ella es el Parque Nacional Natural los Farallones, se encuentra en territorio de Santiago de Cali. En el objetivo de cuidar la casa común y establecer un pacto inteligente con la naturaleza es indispensable cuidar y preservar los animales que hacen parte de este ecosistema; la falta de conocimiento y reconocimiento de la fauna autóctona, lleva a cometer errores algunas veces fatales que perjudican el entorno natural, por ello el Departamento Administrativo del Gestión del Medio Ambiente, DAGMA, explica cada uno de los conceptos.


¿Qué es Fauna Silvestre?


Según la Ley 611 del 2000, por la cual se dictan normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática, “se denomina al conjunto de organismos de especies animales terrestres y acuáticas, que no han sido objeto de domesticación, mejoramiento genético, cría regular o que han regresado a su estado salvaje”.


La fauna silvestre son todas las especies que están dentro del territorio nacional, que viven sin ninguna intervención del hombre, por lo cual no han tenido cambios genéticos o de modificación. En Cali se encuentra algunas especies de animales silvestres: serpientes, nutrias, zorros, zarigüeyas, iguanas, murciélagos, ardillas, pericos, loros cabeciazul, azulejos, pingua entre otras aves.


El Dagma ha designado un grupo interdisciplinario con suficiente conocimiento de normativa ambiental relacionada con la fauna silvestre, con el fin de fortalecerla ejecuciones de cada acción de control y vigilancia realizada en las zonas urbanas de Santiago de Cali, paralelamente el Dagma presta el servicio y valoración de la fauna silvestre que ingresa al hogar de paso velando siempre por la protección de las especies. 


Normativa Aplicada:

  • Decreto Ley 2811 de 1974 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente” 
  • Ley 99 de 1993 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones”.
  • Ley 1333 de 2009 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.”
  • Resolución 2064 de 2010 “Por la cual se reglamentan las medidas posteriores a la aprehensión preventiva, restitución o decomiso de especímenes de especies silvestres de Fauna y Flora Terrestre y Acuática y se dictan otras disposiciones”.
  • Decreto 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible"
  • Resolución N° 4133.010.21.0.1435 de 06 de diciembre de 2019. ¨POR LA CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE GANATIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPOSABILIDAD A CARGO DE LOS TENEDORES DE FAUNA SILVESTRE Y EXÓTICA DE SANTIANGO DE CALI¨.

El grupo de Fauna Silvestre-Dagma es el encargado de realizar IVC a la tenencia ilegal de fauna silvestre, también de dar permisos de aprovechamiento a empresas que realicen comercialización de fauna silvestre, solicitud a rescates de especies silvestres, atención y recepción de fauna silvestre en el Hogar de Paso del DAGMA (Ubicado en la avenida 2N No.36ª-40, Vivero Municipal).


¿Qué es fauna Exótica?


Se entiende por fauna exótica, la especie o subespecie taxonómica, raza o variedad cuya área natural de dispersión geográfica no se extiende al territorio nacional ni a aguas jurisdiccionales, y si se encuentra en el país, es como resultado voluntario o involuntario de la actividad humana. Algunas especies exóticas son invasoras y amenazan los ecosistemas, hábitats o especies endémicas con daños económicos o ambientales. En otras palabras, son animales traídos con fines personales o económicos como leones, zorros, cebras, lagartos geckos, erizos, etc.


Aclaramos que el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente- Dagma, basados en la normativa la entidad ambiental presta sus servicios al atendimiento de fauna silvestre, sin embargo, considerando la falta de un cuerpo especial para atender fauna exótica, el DAGMA presta la atención y la disposición final de fauna exótica presente en Santiago de Cali. A su vez si no presenta lo dispuesto en el Decreto 1076 de 2015 y se encuentra animales exóticos los decomisamos y los entregamos al Ministerio del medio Ambiente y Desarrollo Sostenible dejando en disposición para el cuidado y la conservación de dicha especie.

 
¿Qué es una fauna doméstica?  


Se denomina fauna domestica la especie en cuyo proceso evolutivo ha influido el ser humano para satisfacer sus necesidades. Además, son especies que han tenido modificaciones genéticas para la tenencia del hombre (Ley 165 de 1994: Convenio de las Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica).


Comprende las especies sometidas a procesos de domesticación, la cual se realiza con 4 objetivos particulares:

  • Animales destinados a consumo para alimentación como fuente de proteína (vacas, cerdos, aves de corral, ovejas, cabras, conejos, curíes, etc.), (Para los procesos de producción la entidad encargada es ICA y para los alimentos de carnes que requieran salubridad, la entidad encargada es la Secretaria de Salud Pública).
  • Animales utilizados para trabajo (caballos, bueyes, llamas, etc.) (Entidad encargada Policía Metropolitana de Cali de las áreas de protección animal y ambiental)
  • Animales de compañía a manera de mascotas (algunos de los anteriores, además perros, gatos, aves ornamentales, hámster, etc.). 
  • Algunas especies han sido domesticadas (hibridadas: cepas) con fines de investigación científica: rata parda (Rattus norvegicus) y ratón (Mus musculus).


El Dagma notifica que la Secretaria de Salud Pública Municipal y el Centro de Zoonosis, se encarga de la vigilancia, prevención y control de los animales domésticos, ellos tienen como objetivo principal la protección y el bienestar de la fauna doméstica, quien son considerados seres sintientes, lo cuales luchan por la tenencia adecuada de los mismo.


Con este boletín informativo se pretende enseñar los conceptos de fauna a la ciudadanía, con el fin que sean aliados en prácticas ambientales sostenibles, a fin de preservar la biodiversidad de nuestro territorio, para nuestro medio ambiente.


Los ciudadanos que requieran reportar la presencia de fauna Silvestre. Siendo la única competencia del DAGMA como hemos dicho anteriormente, se pueden comunicar a la línea Eco 524 05 80 o escribir al correo electrónico faunasilvestre@cali.gov.co, recuerda que la fauna es una responsabilidad de todos.


 


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Fecha de publicación 01/05/2020
Última modificación 01/05/2020

Versión 7.0.1

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