Justicia

La nueva directriz de la Policía para atender marchas y bloqueos

Está basada en el respeto de los Derechos Humanos, pero también permite el establecimiento del orden público.

Imagen de referencia. Cortesía.

Imagen de referencia. Cortesía.(Colprensa)

Bogotá D.C.

El director de la Policía Nacional, general Henry Sanabria, definió los nuevos lineamientos en un documento de 10 páginas para el restablecimiento del orden público en 11 escenarios: manifestaciones públicas, huelgas, perturbación del transporte público, bloqueos, enfrentamientos entre hinchas del fútbol, asonadas, erradicación de cultivos ilícitos, minería ilegal, riñas, motines en cárceles e invasiones de tierras.

El alto oficial explicó que la Policía Nacional debe garantizar los derechos y las libertades públicas, pero enfatiza que se debe restablecer el orden público usando la ‘fuerza menos letal’ (Esmad) en cualquiera de los anteriores escenarios, acatando estrictamente la Constitución Política y las leyes.

Manifestaciones públicas

El general Sanabria ordenó que el acompañamiento de la Policía debe ser, en la medida, discreto, para que su presencia no sea aprovechada por los manifestantes para incitar al odio.

El director de la institución reiteró que los uniformados no deben marchar junto a las personas ni estar en lugares donde pueden ser blancos de ataques.

Ante esta situación, se contará con un equipo motorizado de la nueva Unidad Nacional de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO), que actuará de inmediato cuando se reporten actos de vandalismo.

El general señala que los policías no deben reaccionar a las injurias y calumnias de los manifestantes, porque “prima el derecho a la manifestación pública por encima del derecho al buen nombre que se afecta con las expresiones ofensivas, chocantes, impactantes, indecentes, escandalosas o excéntricas”.

Por otro lado, indica que, si la manifestación se torna violenta, se debe intervenir bajo el protocolo establecido por la UNDMO. Ahora, si en la concentración hay menores y jóvenes entre los 15 y 24 años, la primera intervención será de la Fuerza Disponible. Si la agresividad es alta, también interviene la UNDMO.

Huelgas

En este punto la intervención inicial será de la Fuerza Disponible cuando los niveles de agresividad aumenten y estará disponible para atender estas situaciones, de acuerdo al Código Sustantivo del Trabajo. Si la huelga es aprovechada para ocasionar desórdenes, intervendrá la UNDMO.

Perturbación en servicio de transporte público

Las autoridades locales y la Procuraduría serán los garantes del diálogo con los manifestantes, pero si hay una eliminación a la posibilidad de no existan otras vías para la movilidad, debe restablecer el paso, “incluso por la fuerza” y se deben identificar a sus líderes para su captura.

Igualmente, se aplicará los protocolos que establezca la UNDMO.

Obstrucción de vías o bloqueos

Si el bloqueo altera el funcionamiento de la vía y se atente contra la vida, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medioambiente o el trabajo, también se debe restablecer la movilidad incluso por la fuerza y capturar a sus promotores, si antes no sirvió el diálogo con las autoridades locales y Ministerio Público.

Enfrentamientos entre hinchas del fútbol

El director de la Policía establece en estas situaciones controles de embriaguez a la entrada de los estadios y sus alrededores. Asimismo, en primer lugar, actuará la Fuerza Disponible, pero si la agresividad aumenta entran las unidades especializadas del UNDMO.

La Policía Nacional acompañará el desplazamiento de las barras del fútbol para actuar en caso de disturbios.

Motines en cárceles

Ante estas situaciones, la Policía Nacional es clara en decir que es la encargada de la seguridad externa de los centros penitenciarios, pero cuando sea necesario intervenir al interior de estos, se debe pedir permiso y enviar una solicitud al director del Inpec o de la cárcel donde ocurran los hechos.

Ya sea al interior o exterior de las cárceles, se actuará con Fuerza Disponible y la UNDMO.

Invasión de tierras

Dice el documento que la Policía Nacional tiene la obligación de impedir o expulsar a los invasores de un bien público o privados después de las 48 horas de la ocupación.

Si el desalojo se torna violento, entrarán la Fuerza Disponible y unidades del UNDMO. Si los casos superan los seis meses, son competencia de los Inspectores de Policía y Jueces Civiles.

Cada comandante encargado deberá rendir un informe de cómo se actuó en estos casos de usurpación de inmuebles o tierras.

Ahora, en cuanto a las asonadas, la erradicación de cultivos ilícitos y en los lugares en los cuales se evidencia una explotación ilícita de yacimientos mineros, en donde se atente contra la vida e integridad de los uniformados, se deberá restablecer el orden, incluso por la fuerza, bajo el protocolo dispuesto por el UNDMO.

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